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Misa Triptico by MRN
En España el matrimonio civil estuvo prohibido desde 1564 a 1870, siendo el matrimonio religioso el único considerado legítimo, hasta su aprobación en 1870 con la Ley Provisional de Matrimonio Civil. A partir de 1875 el matrimonio civil fue considerado algo excepcional, pero legal. Durante la Segunda República, de 1931 a 1939, con el establecimiento de la aconfesionalidad del Estado; se adoptó un sistema de matrimonio civil obligatorio.
En 1939, con el franquismo, se consideraron nulos los matrimonios civiles que habían tenido lugar durante el periodo republicano, y el matrimonio civil solamente pasó a admitirse en caso de que los dos contrayentes fuesen de una religión distinta de la católica o hiciesen apostasía.
Con la constitución de 1978; que establece de nuevo la aconfesionalidad del Estado, dejó de ser necesario certificar el abandono de la Iglesia para poder contraer matrimonio civil.
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https://drive.google.com/file/d/1bUZ4I0dr5cB3KFxTtUDq08dOzEC4ngXy/view