En España el matrimonio civil estuvo prohibido desde 1564 a 1870, siendo el matrimonio religioso el único considerado legítimo, hasta su aprobación en 1870 con la Ley Provisional de Matrimonio Civil. A partir de 1875 el matrimonio civil fue considerado algo excepcional, pero legal. Durante la Segunda República, de 1931 a 1939, con el establecimiento de la aconfesionalidad del Estado; se adoptó un sistema de matrimonio civil obligatorio.
En 1939, con el franquismo, se consideraron nulos los matrimonios civiles que habían tenido lugar durante el periodo republicano, y el matrimonio civil solamente pasó a admitirse en caso de que los dos contrayentes fuesen de una religión distinta de la católica o hiciesen apostasía.
Con la constitución de 1978; que establece de nuevo la aconfesionalidad del Estado, dejó de ser necesario certificar el abandono de la Iglesia para poder contraer matrimonio civil.
Si le interesa ver películas religiosas completas puede visitar el canal "cine religioso";
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Añade un comentario