Blog del Profesorado de Religión Católica

Novedades en Religión y Escuela

lunes, 23 de junio de 2025

2025-06-29 Pasatiempos Religiosos para esta semana

 


Accede a todos los pasatiempos y más juegos en este enlace: https://profesoradoreligion.blogspot.com/p/juegos-educativos.html

Nuestro compañero Evaristo Fernández Viejo, sigue elaborando pasatiempos religiosos para cada semana. Cliquea en el siguiente enlace para su descarga: 


Pasatiempos Religiosos para esta semana

 

Está comprimido en un archivo .zip, por lo que deberás descomprimirlo para ver todos los pasatiempos que contiene.

domingo, 22 de junio de 2025

El OLRC exige respeto a la libertad religiosa y educativa

 

El Observatorio para la Libertad Religiosa exige respeto a la libertad religiosa y educativa en Cataluña ante los ataques contra la asignatura de Religión

Observatorio para la Libertad Religiosa
●     En el Parlamento catalán se ha aprobado una moción contra un colegio católico

●     “En Cataluña, como en otras partes de España, llevamos años documentando campañas delaicismo beligerante y marginación de la Religión del ámbito público”, remarca la presidenta del OLRC

El Observatorio para la Libertad Religiosa y de Conciencia (OLRC) denuncia públicamente la creciente hostilidad institucional hacia la asignatura de Religión en Cataluña y exige al Parlamento Catalán y a los grupos políticos el respeto del derecho fundamental de los padres a educar a sus hijos conforme a sus convicciones.

Por una parte, Cataluña en Común, que forma parte de Sumar, ha presentado una moción en el Parlamento catalán en la que muestran su rechazo “al intento de grupos ultracatólicos reaccionarios de adoctrinamiento al alumnado”. 

La moción ha sido aprobada con los votos a favor del PSOE, Junts, ERC, la CUP y el mencionado Cataluña en Común.

Moción contra la materia

Esta moción es la respuesta a la decisión de un colegio católico de Tarrasa que, tras el cambio de dirección, ha aumentado de una a dos horas la asignatura de Religión y, fuera de esta materia, realiza oraciones con los alumnos en la capilla.

Por otra parte, la coordinadora de Sumar en Sant Cugat del Vallès ha comenzado una campaña contra un grupo de padres que han elegido la asignatura de Religión católica en la escuela pública Collserola.

Campaña contra los padres

María García, presidenta del OLRC, ha declarado: “Estamos asistiendo a una campaña de desprestigio y presión institucional contra la asignatura de Religión y contra las familias que, ejerciendo un derecho constitucional, optan por esta formación para sus hijos. 

El respeto a la libertad religiosa y al derecho de los padres a educar según sus convicciones está blindado por el artículo 16 de la Constitución y por tratados internacionales. 

Exigimos al Parlamento catalán y a todos los responsables públicos que cesen las campañas de señalamiento y garanticen los derechos fundamentales de todos los ciudadanos, sin discriminación por motivos de fe”.

Laicismo beligerante

García añade: “En Cataluña, como en otras partes de España, llevamos años documentando campañas de laicismo beligerante y marginación de la Religión del ámbito público”.

El OLRC recuerda que la asignatura de Religión es una opción reconocida legalmente y amparada por la Constitución y los acuerdos internacionales, y que los poderes públicos tienen la obligación de respetar y facilitar su ejercicio. 

“La aconfesionalidad del Estado —apunta García— no significa hostilidad hacia la Religión, sino respeto y garantía para los creyentes”.

Por todo ello, el Observatorio para la Libertad Religiosa pide a la sociedad civil que se una a la campaña para exigir al Parlamento catalán que respete la asignatura de Religión y el derecho de los padres a elegir la educación de sus hijos, sumando su firma a la petición disponible en la web del Observatorio: https://libertadreligiosa.es/peticion/respeto-a-la-libertad-religiosa-y-educativa-en-cataluna/

CONTACTO:

María García, presidenta del OLRC: 668512223

Correo electrónico: olreligiosa@libertadreligiosa.es

El Observatorio para la Libertad Religiosa y de Conciencia (OLRC) es una asociación civil registrada en el Ministerio del Interior en 2006 que defiende el derecho de los ciudadanos a participar en la vida pública sin ser difamados o discriminados por sus convicciones morales y religiosas.

sábado, 21 de junio de 2025

CCOO denuncia que la Junta ha decidido incrementar el tiempo dedicado a la asignatura de Religión en Educación Infantil

 

Denuncian que la Junta incrementará las horas de religión en educación infantil desde septiembre

Pablo Fdez. Quintanilla

La Federación de Enseñanza de CCOO de Andalucía ha encendido las alarmas tras denunciar que la Junta ha decidido incrementar el tiempo dedicado a la asignatura de Religión en Educación Infantil. Según el sindicato, a partir del curso 2025/26, todos los centros deberán impartir un mínimo de 90 minutos semanales de esta materia en el segundo ciclo de Infantil.

La decisión ha sido calificada como un retroceso educativo y un movimiento que, en palabras del sindicato, “no responde a necesidades pedagógicas, sino a claros intereses ideológicos”. CCOO acusa directamente al Gobierno de Juan Manuel Moreno Bonilla de imponer esta medida sin diálogo previo ni justificación normativa clara.

La forma en la que se ha comunicado la decisión también ha generado malestar. Los centros educativos recibieron la orden a través de un mensaje interno en Séneca, sin instrucciones oficiales ni explicaciones detalladas. Una fórmula poco habitual para un cambio de esta magnitud, que además deja en el aire muchas dudas entre el profesorado y los equipos directivos.

A modo de justificación, la Administración habría recurrido —de forma extraoficial— a una antigua normativa: la Orden Ministerial del 3 de noviembre de 1993. Una referencia que CCOO tacha de desfasada, ya que, según argumentan, no tiene sentido aplicar un criterio educativo de hace más de tres décadas en un contexto social y pedagógico completamente diferente.

"Un viaje al pasado"

"Es un viaje al pasado sin explicación alguna", ha criticado con contundencia el sindicato, que también denuncia que esta imposición rompe el principio de autonomía de los centros y otorga un protagonismo desmedido a una materia que, consideran, “entorpece la neutralidad ideológica y la laicidad que deben caracterizar a la escuela pública”.

Para CCOO, la decisión es un paso más en la hoja de ruta del Ejecutivo andaluz para reforzar contenidos religiosos en detrimento de una educación plural y libre de adoctrinamiento. No es una medida técnica, insisten, sino una apuesta por un modelo educativo claramente condicionado por posturas conservadoras.

Ante este escenario, el sindicato ha exigido a la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional que rectifique cuanto antes. Piden un modelo de gestión transparente y dialogado, que priorice el interés educativo por encima de cualquier ideología o presión externa.

Fuente: https://www.lavozdelsur.es/actualidad/educacion/denuncian-junta-incrementara-horas-religion-en-educacion-infantil-septiembre_336643_102.html

miércoles, 18 de junio de 2025

Jornadas de Teología: "Cristo, ayer, hoy y siempre"

 Os hago llegar la información que adjunto, por si alguno de vosotros quiere participar.

Cliquea la imagen para ampliar. 



 

¿Debemos hacerlo? Educar en terreno fértil

Catherine L’Ecuyer  es doctora en Educación y Psicología e investigadora y autora de varios libros y artículos sobre educación. Miembro honorífico de Montessori, colabora con el grupo de investigación  Mente-Cerebro de la Universidad de Navarra y es directora del posgrado en Educación Clásica y Humanidades de la Fundación CLE.

Por  RUBÉN PRIETO  CHAPARRO

Catherine responde en esta entrevista a preguntas como:

¿Qué tiene que ver educar en el asombro y la realidad con las grandes escuelas constructivistas  y conductistas? 

¿Qué papel tienen que desempeñar las humanidades, en concreto la religión, para retomar  una visión conjunta de los saberes?

¿Por qué destacas más una educación clásica en contraposición a métodos más mecanicistas o constructivistas? 

¿De qué manera podemos fomentar con nuestros  alumnos  un diálogo abierto sobre los desafíos y las oportunidades que presenta la tecnología teniendo en cuenta la dimensión espiritual de la persona?

¿Cómo podemos utilizar los recursos y las herramientas digitales de manera ética y responsable en nuestra enseñanza de la religión,  de tal manera  que nos ayude en nuestra labor docente?

¿Qué consejo darías a los profesores de Religión para equilibrar el uso de la tecnología y la enseñanza?

¿Cuál es el impacto de la sobreestimulación y el exceso de pantallas en la vida espiritual de los niños? ¿Qué técnicas recomiendas para promover el silencio y la reflexión en un entorno educativo? ¿Cómo podemos enseñar a nuestros alumnos a valorar la atención plena en un entorno cada vez más digital?  ¿Cómo pueden los profesores integrar la interioridad? 

Descubre sus respuestas aquí

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Sentencia novedosa: reconocen los años trabajados por una profesora de religión sin estar dada de alta en la Seguridad Social


M.S
  1. Reconoce los años trabajados sin estar dada de alta 
    • No contabilizaban para su pensión 
      • Acceder a la jubilación anticipada 
        • Precedente para otros profesores 
          Profesores de religión de APPRECE.
          Profesores de religión de APPRECE.

          El Sindicato APPRECE consigue una sentencia pionera para una profesora de religión en Valladolid que logra jubilarse anticipadamente gracias al reconocimiento de años trabajados y no cotizados. 

          "La Asociación Profesional de Profesores de Religión en Centros Estatales (APPRECE) ha logrado una importante victoria judicial para los profesores de religión", destaca a Religión Confidencial Rosario Alvarez Rivera, Presidenta de APPRECE en la Comunidad de Castilla y León. 

          Reconoce los años trabajados sin estar dada de alta 

          En una sentencia novedosa, un tribunal ha reconocido los años trabajados por una profesora de religión de primaria de Valladolid entre 1984 y 1998, periodo en el que no se le dio de alta en la Seguridad Social, permitiéndole acceder a la jubilación anticipada a los 64 años.

          Hasta 1999, los profesores de religión en primaria que prestaron sus servicios antes de esa fecha no eran dados de alta en la Seguridad Social, a pesar de haber trabajado para la Administración. Fue solo con un pronunciamiento expreso del Tribunal Supremo que se empezó a reconocer la cotización de esos años.

          No contabilizaban para su pensión 

          A pesar de que estos profesionales tienen sus servicios reconocidos por el Ministerio de Educación, Cultura y Formación Profesional (MEFP), al momento de su jubilación, se encuentran con que esos años no se contabilizan para su pensión.

          "Sin embargo, gracias a los procedimientos judiciales impulsados por APPRECE y las continuas reclamaciones, se ha logrado que estos años se reconozcan para efectos de pensión de jubilación, abriendo la puerta para que más docentes puedan ver mejoradas sus condiciones de jubilación", señala Rosario Alvarez. 

          Acceder a la jubilación anticipada 

          El caso que ahora ocupa a APPRECE es el de una profesora de religión en primaria que, si hubiera cotizado por todo el tiempo trabajado, habría podido acceder a la jubilación anticipada a los 64 años. No obstante, al no contar con los años cotizados, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) le denegó esta posibilidad.

          Gracias al trabajo de APPRECE, se consiguió que, a través de la vía judicial, se reconocieran esos años no cotizados entre 1984 y 1998, lo que le ha permitido acceder a la jubilación anticipada.

          Precedente para otros profesores 

          La sentencia, ya firme, reconoce el derecho de la profesora a que se contabilicen esos años de servicio a efectos de su jubilación anticipada voluntaria, lo que marca un precedente importante para otros profesores de religión en situación similar.

          Desde la  Asociación Profesional de Profesores de Religión en Centros Estatales (APPRECE),  manifestamos que “esta sentencia es un gran paso hacia la justicia para muchos de nuestros compañeros que han trabajado con dedicación durante años, pero que por diversas circunstancias no vieron reflejados esos años en su cotización a la Seguridad Social. Gracias a esta victoria, logramos un precedente que permitirá que más profesores puedan acceder a sus derechos de jubilación anticipada.”

          APPRECE continúa trabajando en la defensa de los derechos laborales y sociales de los profesores de religión en centros públicos promoviendo acciones legales y reclamaciones para conseguir el reconocimiento de los años no cotizados y mejorar las condiciones laborales de estos profesionales.

          Fuente: https://www.elconfidencialdigital.com/religion/articulo/iglesia-estado/sentencia-novedosa-reconocen-anos-trabajados-profesora-religion-estar-dada-alta/20250206054118051603.html

          El TSJCyL reconoce el derecho a paro del profesorado de religión cuando sufran una reducción «drástica» de su jornada

          El TSJ de Castilla y León reconoce el derecho de los profesores de Religión al paro sustitutorio reducción de jornada

          Marta Santín

          El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha dictado una sentencia que marca un antes y un después en la protección laboral de los profesores de Religión en la enseñanza pública. 

          1. Recurso interpuesto por una profesora de Religión 
            • Interpretación flexible de la legislación laboral 
              • Trato desigual de los profesores de Religión 
                • Abre las puertas a otros docentes de Religión 

                  El alto tribunal reconoce que, cuando un docente de esta materia sufre una reducción sustancial de jornada de un curso escolar a otro, tiene derecho a acceder a la prestación por desempleo —conocida como “paro sustitutorio”— aunque mantenga una relación contractual activa con la administración.

                  Recurso interpuesto por una profesora de Religión 

                  La resolución se produce a raíz del recurso interpuesto por la profesora Yolanda Arias Vallejo, con el respaldo del sindicato APPRECE. La docente, con contrato indefinido desde 2007, vio reducida su jornada lectiva de 36,67 a 21,80 horas semanales (una disminución del 58,13 %) a partir del curso 2022-2023. A pesar de esta reducción drástica, el SEPE denegó su solicitud de desempleo parcial, aduciendo que no se había producido una extinción formal del contrato de trabajo.

                  La primera instancia, en el Juzgado de lo Social n.º 5 de Valladolid, falló en contra de la profesora. Sin embargo, el sindicato decidió recurrir la sentencia, y finalmente el TSJCyL ha dado la razón a la demandante, reconociendo que existe derecho a la prestación en los casos en que se reduzca drásticamente la jornada ordinaria de trabajo, tal y como recoge el artículo 267 de la Ley General de la Seguridad Social.

                  Interpretación flexible de la legislación laboral 

                  En su argumentación, la Sala recuerda que la relación laboral de los profesores de Religión es “especial y objetivamente diferenciada”, como ha reconocido reiteradamente el Tribunal Supremo. Cita la sentencia del TSJ de Baleares de 14 de diciembre de 2017, entre otras, para justificar que en estos casos debe aplicarse una interpretación flexible de la legislación laboral, teniendo en cuenta la peculiaridad del colectivo.

                  La resolución también señala que, según el artículo 262 de la Ley General de la Seguridad Social, tienen derecho a la prestación “quienes, pudiendo y queriendo trabajar, pierdan su empleo o vean reducida su jornada ordinaria de trabajo”. Así, establece que no es necesaria la extinción del contrato si hay una reducción “temporal o definitiva” de jornada que suponga una merma efectiva de ingresos.

                  Trato desigual de los profesores de Religión 

                  Para APPRECE, sindicato que ha acompañado a la docente durante todo el proceso, esta sentencia representa un hito en la lucha por la igualdad de derechos del profesorado de Religión: “Con esta sentencia, ya firme, se reconoce que los profesores de Religión no pueden ser tratados de manera desigual y que tienen derecho a protección frente a reducciones drásticas de jornada, como cualquier otro trabajador”, afirma Mª del Rosario Álvarez Rivera, Presidenta de APPRECECYL

                  La organización sindical denuncia que, hasta ahora, la interpretación del SEPE venía siendo desigual en las distintas provincias de Castilla y León, con casos como el de Valladolid donde sistemáticamente se denegaban las solicitudes de prestación por desempleo a este colectivo.

                  Abre las puertas a otros docentes de Religión 

                  APPRECE celebra esta victoria judicial como un paso decisivo hacia el reconocimiento pleno de los derechos laborales del profesorado de Religión, y subraya que continuará trabajando para garantizar que este fallo siente jurisprudencia en todo el territorio nacional.

                  Esta sentencia no solo afecta a la docente demandante, sino que abre la puerta a que otros profesionales en situación similar puedan reclamar sus derechos. Se espera que sirva de referencia para los juzgados de lo social y para las administraciones públicas educativas en futuras situaciones de reducción de jornada lectiva.

                  Fuente: https://www.elconfidencialdigital.com/religion/articulo/iglesia-estado/tsj-castilla-leon-reconoce-derecho-profesores-religion-paro-sustitutorio-reduccion-jornada/20250617061013052902.html

                  Nueva victoria judicial de los profesores de Religión

                  El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) reconoce su derecho a paro cuando sufran una reducción «drástica» de su jornada 

                  Juan Luis Vázquez Díaz-MayordomoENVIAR POR CORREO

                  El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha reconocido el derecho de los profesores de Religión a acceder a la prestación por desempleo, conocida como paro sustitutorio, cuando sufran una reducción sustancial de su jornada laboral de un curso escolar a otro.

                  La resolución se produce tras el caso de una profesora de Religión de Valladolidque vio reducida «drásticamente» su carga lectiva, lo que supuso una pérdida significativa de ingresos, detalla la Asociación Profesional de Profesores de Religión en Centros Estatales (Apprece) a través de un comunicado.

                  Ante la negativa del SEPE a reconocer su derecho a esta prestación —«algo que sí se concedía en otras provincias de Castilla y León», dice la sentencia— la asociación recuerda que interpuso una demanda que fue desestimada en primera instancia por el Juzgado de lo Social. No obstante, Apprece decidió continuar el proceso judicial y presentó un recurso ante el TSJCyL, que finalmente ha dado la razón y ha reconocido «el derecho de la docente a percibir el paro sustitutorio en estas circunstancias».

                  «Esta sentencia sienta un precedente clave para todos los profesores de Religión en la Comunidad, especialmente en provincias donde hasta ahora se venía denegando sistemáticamente esta prestación», añade la asociación que valora el fallo judicial, al considerarlo «un paso decisivo en la defensa de los derechos laborales» de estos docentes que que han sufrido «una situación de discriminación en función de la provincia en la que trabajan».

                  «Con esta sentencia, ya firme, se reconoce que los profesores de Religión no pueden ser tratados de manera desigual y que tienen derecho a protección frente a reducciones drásticas de jornada, como cualquier otro trabajador», añade el comunicado.

                  Fuente: https://alfayomega.es/nueva-victoria-judicial-de-los-profesores-de-religion/

                  martes, 17 de junio de 2025

                  Duro golpe del Supremo a miles de empleados públicos: no podrán recuperar años trabajados sin cotizar

                  Una sentencia del Tribunal Supremo dejará en la sombra a miles de trabajadores, según el abogado laboralista Cristo Llurda.

                  Una reciente sentencia del Tribunal Supremo ha supuesto un revés para miles de trabajadores del sector público, que prestaron servicios sin estar dados de alta en la Seguridad Social, es decir, sin cotizar. Ahora, décadas después, deseaban regularizar su situación.

                  No obstante, el fallo, dictado el pasado 5 de mayo de 2025 (STS 1941/2025), establece con claridad que no es posible reconocer cotizaciones de forma retroactiva cuando no se ingresaron las cuotas correspondientes y ha prescrito el plazo para reclamarlas.

                  El caso: una profesora de religión sin alta y sin cotizar

                  La sentencia parte del caso de una profesora de religión que trabajó para el Ministerio de Educación entre 1987 y 1993. Durante todo ese periodo, según consta en la resolución, nunca fue dada de alta en la Seguridad Social ni se realizaron cotizaciones por su parte.

                  Años después, solicitó que ese tiempo de servicio fuera incorporado a su vida laboral como cotizado, argumentando que existió una relación laboral efectiva y documentada con la Administración.

                  Sin embargo, el Supremo ha rechazado esta petición. Tal y como ha explicado el abogado laboralista Cristo Llurda Faro, que ha analizado el caso, la negativa del tribunal se apoya en dos fundamentos normativos clave.

                  • El artículo 102.2 de la LGSS (1994): las altas extemporáneas no tienen efecto retroactivo, salvo si se han ingresado las cuotas.
                  • El artículo 35 del Reglamento de Afiliación (RD 84/1996): solo si hubo una actuación inspectora con acta definitiva y se ingresaron las cuotas, puede retrotraerse el alta al inicio del período de liquidación.”.

                  ¿Qué implica esta sentencia para otros empleados públicos?

                  Este fallo del Tribunal Supremo, tiene implicaciones importantes para otros muchos trabajadores que en su día prestaron servicios a la Administración sin regularización formal.

                  Para todos ellos, esta sentencia lanza un mensaje contundente: si no se cotizó en su momento, ya no hay forma de corregir la omisión. Tal como ha resumido el propio letrado Cristo Llurda: “El tiempo trabajado sin alta se borra de la historia laboral. El Estado no tiene responsabilidad patrimonial por no dar de alta. El derecho prescribe… pero la injusticia permanece.”

                  Sin duda, esta sentencia crea un ambiente de incertidumbre para trabajadores de sectores sindicales y jurídicos. Y es que, años después, descubren que no tienen derecho a pensión, subsidios o jubilación anticipada por la falta de cotizaciones.

                  El Tribunal Supremo ha aplicado la ley de manera estricta, aunque el fallo abre un debate profundo sobre la falta de protección a trabajadores públicos en situaciones de falta de gestión administrativa.

                  Fuente: https://islapasion.net/senus/noticias/duro-golpe-supremo-empleados-publicos-recuperar-anos-trabajados-cotizar/

                  Sigue la apuesta de Enseñanza por fomentar la matriculación en clase de Religión

                  La clase de religión se ofrece en los colegios e institutos para cualquier alumno interesado en conocer mejor la religión católica. En infantil y primaria basta con matricularse el primer año que se va a la escuela y se renueva automáticamente, salvo que se pida cambiar.

                  En la Enseñanza Secundaria Obligatoria y el Bachillerato han de matricularse en la asignatura de religión cada curso. Normalmente las matrículas se hacen en junio.

                  En el siguiente enlace se pueden conocer los materiales elaborados por la Comisión episcopal de enseñanza https://meapuntoareligion.com/ y https://www.youtube.com/watch?v=QIBmE6lDAq4&t=2s

                  Esta información también se puede facilitar a lo largo del año, en catequesis, reuniones de bautismos, día del maestro, etc.

                  A los profesores de religión, colegios e institutos ya se le ha facilitado desde la delegación de enseñanza en los encuentros que han finalizado estos días. Y es que entre finales de mayo y comienzos de junio se han realizado en diversas zonas de la diócesis reuniones de maestros de religión. En ellas se ha tratado de la celebración del Jubileo, revisión y propuestas de formación y otras actividades, información sobre las oficinas de protección a menores y sobre la situación administrativa actual en las diversas autonomías.

                   

                  Fuente: https://diocesisplasencia.org/sigue-la-apuesta-de-ensenanza-por-fomentar-la-matriculacion-en-clase-de-religion/

                  Fragmentos del mensaje del papa por el día mundial de los pobres

                   Mensaje del Santo Padre León XIV para la IX Jornada Mundial de los Pobres (16 de noviembre de 2025), con el lema “Tú, Señor, eres mi esperanza” (Sal 71, 5)

                  Sólo he seleccionado tres párrafos que me parecen substanciales.

                  Es una regla de la fe y un secreto de la esperanza que todos los bienes de esta tierra, las realidades materiales, los placeres del mundo, el bienestar económico, aunque importantes, no bastan para hacer feliz al corazón. Las riquezas muchas veces engañan y conducen a situaciones dramáticas de pobreza, la más grave de todas es pensar que no necesitamos a Dios y que podemos llevar adelante la propia vida independientemente de Él. Vuelven a la mente las palabras de san Agustín: «Sea Dios toda tu presunción: siéntete indigente de Él, y así serás de Él colmado. Todo lo que poseas sin Él, te causará un mayor vacío.» (Enarr. in Ps. 85,3)”.

                  La esperanza cristiana, a la que remite la Palabra de Dios, es certeza en el camino de la vida, porque no depende de la fuerza humana sino de la promesa de Dios, que es siempre fiel. Por eso, los cristianos desde los orígenes quisieron identificar la esperanza con el símbolo del ancla, que da estabilidad y seguridad. La esperanza cristiana es como un ancla que fija nuestro corazón en la promesa del Señor Jesús, quien nos ha salvado con su muerte y resurrección y que volverá de nuevo en medio de nosotros. Esta esperanza sigue señalando como verdadero horizonte de vida el «cielo nuevo» y la «tierra nueva» (2 P 3,13) donde la existencia de todas las criaturas encontrará su sentido auténtico, pues nuestra verdadera patria está en el cielo (cf. Flp 3,20).

                  La ciudad de Dios, en consecuencia, nos compromete con las ciudades de los hombres. Estas deben, desde ahora, comenzar a parecerse a ella. La esperanza, sostenida por el amor de Dios derramado en nuestros corazones por medio del Espíritu Santo (cf. Rm 5,5) transforma el corazón humano en tierra fértil, donde puede brotar la caridad para la vida del mundo. La Tradición de la Iglesia reafirma constantemente esta circularidad entre las tresvirtudes teologales: fe, esperanza y caridad. La esperanza nace de la fe, que la alimenta y sostiene, sobre el fundamento de la caridad, que es madre de todas las virtudes. Y de la caridad tenemos necesidad hoy, ahora. No es una promesa, sino una realidad a la que miramos con alegría y responsabilidad: nos compromete, orientando nuestras decisiones al bien común. Quien carece de caridad no solo carece de fe y esperanza, sino que quita esperanza a su prójimo”.

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                  Un abrazo.

                  Guillermo Raigón
                  En calidad de Afiliado de Amazon, obtengo ingresos por las compras adscritas que cumplen los requisitos aplicables