Blog del Profesorado de Religión Católica

Novedades en Religión y Escuela

miércoles, 18 de enero de 2012

Exposición ‘La Sábana Santa’ en Málaga


Francisco Aranda, Delegado episcopal de Hermandades y Cofradías y Director de Bienes Culturales de la Diócesis de Málaga, es el encargado de presentar, en el marco de la Feria Internacional de Turismo (FITUR), la exposición ‘La Sábana Santa’, que se podrá visitar en la Catedral de Málaga entre los meses de febrero y mayo.
La exposición, realizada en sistema audio-guía digital en seis idiomas, contará con doce salas que se instalarán en el trascoro de la Catedral de Málaga, y cuyo objetivo es adentrar al visitante en la historia de Jesús de Nazaret. A través de piezas de arte, monedas y códices, la exposición desvela los datos documentados científicamente que certifican el recorrido de la famosa reliquia hasta llegar a Turín (Italia), donde se encuentra en la actualidad.
SALA FORENSE Y CIENTÍFICA
Dos salas (la sala forense y la sala científica) revelan los estudios llevados a cabo hasta ahora por los máximos expertos en la materia sobre el estudio de la Sábana Santa y la imagen que contiene.
En la sala forense, el espectador asistirá a un análisis en 3D que permitirá conocer aspectos de la tortura y muerte del hombre que fue envuelto en la sábana. Asimismo, el visitante podrá contrastar información de los distintos elementos forenses de la Sábana Santa. En esta sala también se muestran los estudios forenses de otra pieza clave: el Santo Sudario que, según la tradición, se conserva en la Catedral de Oviedo; los análisis realizados por el EDICE, órgano formado por forenses y científicos de distintas disciplinas, avalan estos estudios. Ambos objetos son comparados y analizados conjuntamente en un estudio científico-forense, proporcionando interesantes datos sobre su portador.
En la sala científica se trata de explicar la formación de la imagen aparecida en la sábana, que la ciencia ha dictaminado como la formación inexplicable de una imagen a través de la energía transmitida por un cuerpo, lo que en el cristianismo se vincula con la Resurrección de Jesús. Todos estos datos han sido fielmente documentados y adaptados a su sistema expositivo, que permite el entendimiento de esta compleja investigación, en parte realizada por un equipo de 33 científicos de la NASA.
En la exposición los visitantes podrán acceder a tres piezas únicas: la recreación a escala real del sepulcro en el que pudo ser enterrado Jesús, según los estudios realizados en Tierra Santa por el arqueólogo Florentino Díez; el facsímil de la Sábana Santa, realizado para esta exposición por el laboratorio de Turín bajo la autorización del papa Benedicto XVI, cuya  imagen y estructura es exacta en todos y cada uno de sus detalles al original y el cuerpo del hombre de la sábana santa, pieza clave realizada por el prestigioso imaginero Juan Manuel Miñarro, estudioso de la Sindone y miembro del EDICE.
Málaga será la primera ciudad del mundo y la única de toda Andalucía en acoger esta exposición que posteriormente se desplazará a otras ciudades de Europa y América.

martes, 17 de enero de 2012

Enseñanza Religiosa Escolar

En relación a las noticias recientemente publicadas en los distintos medios locales y nacionales, sin entrar en las cuestiones jurídicas de un contrato que había vencido, y sin intención alguna de valorar resoluciones judiciales que deben seguir su propio curso, desde los conocimientos que me aporta el estudio y la docencia de la ERE (Enseñanza religiosa Escolar) como materia académica, considero oportuno hacer algunas aclaraciones en torno a la polémica surgida en estos días.

Para ser profesor de religión además de reunir los mismos requisitos de titulación exigibles, en el respectivo nivel educativo, a los funcionarios docentes tal como se especifica en la LOE (Ley Orgánica de Educación) y poseer la DECA (Declaración Eclesiástica de Competencia Académica), es imprescindible contar con la “misio canonica”, que consiste en un envío o mandato expreso del obispo diocesano.

Dar clase de religión católica no es un derecho que nadie pueda apropiarse al margen de la Iglesia. Al contrario, es la Iglesia la única que tiene el derecho y el deber de transmitir la fe respondiendo con fidelidad al mandato que ha recibido del Señor “Id y enseñad” (Mt 28, 19). Por eso la enseñanza de la religión cristiana solo se puede llevar a cabo válidamente si uno ha sido enviado a realizar esta tarea. A partir de ese momento el vocacionado adquiere el compromiso y la obligación de cumplir escrupulosamente con el encargo o la misión recibida.

Cuando unos padres católicos reclaman legítimamente que sus hijos reciban en la escuela enseñanza religiosa, se les ha de garantizar no solo la ortodoxia de los contenidos sino también la idoneidad del modelo que los presenta o propone. Resulta del todo imposible hacer creíble lo que no se vive. Defender lo contrario llevaría al enaltecimiento de la hipocresía, dando pábulo a la praxis del famoso adagio de base bíblica “Haced lo que yo os diga…”. Lo verdaderamente extraño es que haya personas que quieran hacer bandera de esto.

La dimensión eclesial de la fe es uno de los contenidos curriculares más elementales en en el aprendizaje de los principios y fundamentos religiosos. En efecto, no se puede separar a Cristo de la Iglesia, como nos recordaba Benedicto XVI en Cuatro Vientos, porque acabaríamos mostrando una imagen falsa de Él. Si se prescinde del cauce por donde fluye, desde los orígenes, el mensaje auténtico no tendríamos garantía alguna de veracidad. Es inadmisible, y a todas luces, un sinsentido, pretender enseñar religión desde posiciones contrarias a la Iglesia.
Cualquiera que tenga unas nociones básicas de eclesiología sabe que es el obispo de cada diócesis el único que tiene potestad para autorizar a enseñar en nombre de la Iglesia. Esta autorización no es definitiva sino que puede ser revocada si en algún momento dejan de cumplirse las condiciones exigidas en relación a la recta doctrina o al testimonio de vida, siendo capitales las consideraciones de índole moral y religioso.

La concesión de la “missio canonica” es, por tanto, competencia exclusiva del Prelado y ningún tribunal civil puede impedir que la retire ni obligarle a mantenerla, so pena que esté entre sus aspiraciones el cambiar la toga por la mitra. Otra cosa es que el Estado llegue a permitir que un profesor imparta clases de religión prescindiendo de la “misio canonica” pero, en ese caso, la Iglesia no reconocería en ellas la fe católica.

En el caso que nos ocupa concurren dos derechos fundamentales: el derecho laboral, que en el marco de la ley civil puede no estar condicionado por elemento alguno de discriminación, y el derecho a la libertad religiosa, que en el mismo marco de la ley civil tampoco puede limitarse imponiendo algo que la Iglesia ni ninguna confesión religiosa puede aceptar, como es que la autoridad civil designe, de una u otra forma, quién ha de enseñar la religión.

La sentencia del Tribunal Constitucional no pretendía conculcar el derecho de libertad religiosa, por eso la sentencia del tribunal almeriense que le siguió era recurrible ya que primaba el derecho laboral sobre el de libertad religiosa. Ahora la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía deja sin amparo el derecho a la libertad religiosa. En consecuencia, estamos ante un conflicto de derechos no resuelto por la nueva sentencia, que puede y debe ser recurrida ante la Corte Europea de Derechos humanos. El derecho a la libertad religiosa es un derecho fundamental e irrenunciable, pues de él depende la entera concepción de la vida de una persona, que determina en última instancia toda su conducta.

Artículo de opinión de Juan Antonio Moya Sánchez
Profesor de Enseñanza Religiosa Escolar en
El Instituto Superior de Ciencias Religiosas de Almería.

lunes, 16 de enero de 2012

Novela, En el corazón


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Cristina_Santos_Garca_En_el_corazn_a_200Nuestra Gran Amiga Cristina Santos García, ha escrito su primera Novela “En el corazón”, y desde ese lugar desde donde nació, a lo largo de noches y noches de ordenador, el fruto de esa fantástica historia servirá para colaborar con nuestra Fundación.

Desde el 2 de enero de 2012 se puede adquirir un ejemplar, en la sección de libros de El Corte Inglés, donde, parte de los beneficios de la venta de su novela, los donará a Fundación Luis Olivares.

Por solo 15 € estarás colaborando para que los niños enfermos de cáncer sigan siendo niños.

GRACIAS DESDE EL CORAZON
William Petterson, es un joven y atractivo actor británico que con tan solo treinta años ya conoce las mieles de éxito, pero aún le queda lo más inportante por conocer: el amor....
Entrevista con la autora en La opinión de Málaga

http://fundacionluisolivares.org
fundacionluisolivares@gmail.com
Málaga

Fundación Luis Olivares cumple la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal, y posee código de inscripción nº 2110481727 del Registro General de Protección de Datos. Su dirección de correo está incluida en nuestra base de datos con el fin de seguir ofreciéndole información que consideramos de su interés. Le recordamos que puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de sus datos a través de la dirección fundacionluisolivares@gmail.com con el asunto baja.

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Historia: Completando la creación



En la semana pasada, aprendimos que Dios creó el mundo. ¿Ustedes se acuerdan de lo que Él creo en el primero y en el segundo día? Espere la participación) En el primer día Él creó la luz, en el segundo creó el cielo.

A cada día, Dios creaba cosas nuevas y maravillosas. En el tercer día Él dijo: Que las aguas debajo del cielo se junten en un solo lugar, para que aparezca la porción seca. Dios llamó a la porción seca de tierra, y a las aguas que había juntando llamó de mar. La tierra produjo plantas e hierbas que daban semillas de acuerdo con su especie, y los árboles produjeron frutos.

En el cuarto día, Dios dijo: haya luces en el cielo, ellas brillaran, iluminaran a la tierra y marcaran los días, los años y las estaciones del año. ¡Qué grande sabiduría! Dios pensó en todo. La luz que más brillara durante el día, y el menor por la noche. El mayor fue llamado de Sol y el menor de Luna. Las estrellas también fueron creadas en aquel día. Dios vio que eso también era bueno, y la tierra iba quedando cada vez más bonita, y Él se agradaba de sus creaciones.

En el otro día Dios creó a los animales que vivieron en el mar: peces, ballenas, tiburones y otros animalitos del mar. Él dijo también: Y vuelen las aves sobre el cielo, y aparecieron las aves.

Los animales terrestres, los domésticos, que criamos en nuestras casas; los salvajes, los que viven en zoológicos o en las selvas y aquellos que viven arrastrándose por el piso, fueron todos creados en el sexto y el último día de la creación. Los animales viven sueltos, pastando, corriendo, nadando o volando.

Dios bendijo a los animales, para que aumentasen el número de sus especies y se llenara la tierra con sus hijitos. ¡Qué bueno! La tierra estaba lista, tan linda con árboles, plantas, frutas riquísimas; pero faltaba algo en aquel lugar para que lugar fuese bendecido. Y Dios resolvió hacer su última creación, pero lo hablaremos la próxima semana.

Amiguitos, Dios creó toda la tierra usando solamente el poder de Su palabra e hizo todo con mucho placer y satisfacción. Él es Poderoso, creador de todo, y todas las cosas están sobre Su dominio debajo de Su poderosa mano. Por eso, niños, debemos cuidar de la naturaleza, de los animales y de todo ser viviente, pues todo es creado de nuestro Dios.



Trabajitos:


  

  

  

  

  

  

Manualidades del Arca de Noe




El versiculo de la semana.




Una maqueta para contar la historia de Noe.

Colaboración: EBI - Jardines de Morelos

NARRATIVA sugerente PARA TODOS.

Hay libros que nos descubren viniéndose delante de nuestras pupilas. Nos hacen atentos, nos invitan a leerlos y a comunicarlos.
Los que vienen a continuación son algunos de estos intrusos enriquecedores.

Sobre la eficacia del amor, la prosa sobria y poderosa de Ruta Sepetys en “Entre tonos de gris”, una historia conmovedora llena de valentía.

Sobre nuestra propia historia. Cuatro relatos de Manuel Longares en “Las cuatro esquinas” que nos transportan de 1940 hasta nuestros días.  Este libro ha sido premiado por el Gremio de Libreros de Madrid.

 Personajes que cautivan aún más. Pedro Miguel Lamet nos ha escrito de nuevo.

Con “El místico” nos trasladó al Siglo de Oro de la mano de Juan de Yepes, el poeta más sublime de la lengua castellana y reformador del Carmelo al lado de Santa Teresa de Jesús: San Juan de la Cruz, el místico.

Con “El último jesuita” nos acercó a la España de la Ilustración recogiendo, con amenidad y rigor histórico la dramática persecución contra la Compañía de Jesús.

 Ahora nos sorprende con  un acercamiento novelado al cuarto evangelista. En “Las palabras vivas” nos ofrece las “Confidencias de Juan, el discípulo predilecto” de Jesús de Nazaret.

Esta obra es continuidad natural de “El retrato”, la fascinante novela que recoge los últimos descubrimientos del Jesús histórico.

Novedad en Paulinas, coincide su publicación con la consolidación de la presencia de la editorial en Andalucía a través de Emaús Distribuciones, una empresa especializada que posibilita la presencia efectiva de una amplia e interesante bibliografía.

 Y RECUERDE:

PPC regala por la compra de libros de su fondo, desde un importe de 21 euros, un precioso peluche con cascabel que va a encantar a los pequeños de la familia, del que puede disponer en Renacer, su librería de proximidad y en cualquier otra librería que trabaje con la editorial. Hasta agotar existencias de peluches en cada librería.

También Librería Renacer tiene un obsequio para usted. Con su próxima compra de libros del mes de enero, llévese un práctico calendario 2012.

Puede disponer del modelo  “Delia 2012, 12 marcadores de lectura” para todas las compras que superen los 9,95 euros.

Si su compra supera los 24,95 euros puede disponer de una gama más amplia de calendarios como obsequio (Calendario mariano Edibesa 2012, Calendario Delia 2012 con 12 fotomensajes,  Calendario 2012 Santos o Virgen Delia 2012, Calendario 2012 Pripimar de la Virgen de Nazaret con imán para frigo).

Usted ya disfruta de una bonificación como cliente-suscritor. Este obsequio es un plus asociado a su ficha de cliente.

Obsequios hasta agotar las unidades disponibles.

Un saludo cordial. Enrique Ortigosa
Para más información www.libreriarenacer.com







Ana García-Mina Freire

En la Universidad P. de Comillas:

La violencia contra las mujeres en la pareja.

Gracias a la incansable labor, al progresivo aumento de recursos, y a la reiterada denuncia que desde diferentes ámbitos de la vida social se está realizando en torno a la violencia contra las mujeres, hoy podemos decir que ésta ha dejado de ser una realidad legitimada, silenciada y privada para convertirse en una problemática social, de salud pública. Motivados por esta convicción y exigencia social se ha elaborado este manual que pretende ofrecer una formación integral que dote de los conocimientos y de las herramientas necesarias para la detección, intervención y prevención de la violencia de género en la pareja.. Este libro está dirigido a aquellas y aquellos profesionales que directamente están trabajando en esta problemática, como otras personas que quieren informarse desde una mirada integradora e interdisciplinar.

El ajuste trabajo-familia desde una perspectiva de género.

La progresiva incorporación de la mujer al mercado laboral, ha ido acompañada de una alteración de la organización familiar tradicional y de los roles femeninos y masculinos. Por ello se ve necesaria una reflexión que contribuya a determinar las circunstancias que... inciden, tanto de manera beneficiosa como perjudicial, en el bienestar de las mujeres y de los varones, que mantienen un trabajo remunerado y que intentan conciliar las esferas laborales y familiares, valorando posibles acciones concretas que desde los dos ámbitos se pueden llevar a cabo para facilitar un ajuste satisfactorio.

Cuestiones de género en el fenómeno de las migraciones.

A pesar del protagonismo que las mujeres tienen en el fenómeno migratorio, este colectivo apenas ha sido objeto de estudio no sólo para los investigadores sino, en general, para el conjunto de las sociedades de acogida. Dado que las migraciones de finales de siglo se... caracterizan por el fuerte incremento de la presencia femenina se ve necesario una reflexión que contribuya a tener una visión más ajustada de este colectivo y haga presente sus necesidades, recursos y peculiaridades, de cara a una mayor integración y atención.
Género y desigualdad. La feminización de la pobreza.

De los 1.300 millones de personas que viven situaciones de pobreza, el 70% son mujeres. De los 900 millones de personas analfabetas, 2/3 son mujeres. La tasa de actividad femenina es menor que la masculina, al igual que la remuneración y que su participación en las... decisiones económicas y políticas. Por todo ello, es necesario crear un foro en el que se pueda analizar y debatir las distintas formas de desigualdad vividas por la smujeres, en distintos ámbitos de la vida pública y privada.

Violencia y género.

La violencia contra las mujeres cobra en la actualidad una enorme importancia, con resultados irreparables en una proporción dramáticamente alta. Dada la transcendencia que este fenómeno tiene en el contexto familiar, núcleo de la socialización de los individuos, se hace necesaria una reflexión que contribuya a tener una visión de esta situación, que abarque las dimensiones, tanto sociológicas como psicológicas.

En CCS:

Psicología y catequesis.

Selección de situaciones, problemas o aspectos concretos de los niños y adolescentes que forman los grupos de catequesis. Ayuda al catequista a comprender lo que está en juego de la persona humana y le da pistas para un correcto acto educativo.

En Narcea:

Desarrollo del género en la feminidad y la masculinidad.

Este libro es una respuesta a la confusión generalizada que hay en el uso del término género, clarificando su significado y su desarrollo en la feminidad y la masculinidad. Para ello se describen y analizan las circunstancias que han dado lugar al importante conjunto de estudios, teorías y metodologías sobre las características personales y sociales que modelan y o condicionan la vida de mujeres y varones, en la condición esencial de su ser.

La bibliografía que a usted le interesa en
www.upcomillas.es / www.editorialccs.com / www.narceaediciones.es
www.libreriarenacer.com

domingo, 15 de enero de 2012

Las ideas claras... y el chocolate espeso (aclarando conceptos)


 A colación de las distintas noticias y polémica surgida por la reciente sentencia del TSJA en el caso de Resurrección Galera, adjunto dos artículos publicados en el magnífico blog: RELIGIÓN EN NAVARRA, 
 que seguramente nos ayuden a aclarar conceptos y tener las ideas claras al respecto.

Con el fin de aclarar conceptos sobre la idoneidad de los profesores de Religión Católica reproducimos algunos apartados del libro 50 preguntas a la enseñanza de la Religión Católica en la escuela.
24.- ¿Qué es lo que identifica a un profesor de religión?
El profesor de religión es una persona preparada académicamente con una titulación igual o equivalente a la del resto de los profesores, con un estudio de la teología y didáctica de la religión católica adecuado a la etapa en la que va a impartir las clases y con una misión canónica que el Obispo de la diócesis le otorga, por la cual el profesor participa en el ejercicio de la potestad de la Iglesia que tiene de enseñar la doctrina católica. Dicha misión canónica supone un acto de confianza del obispo en el profesor creyente católico cuya vida es consecuente con la fe que profesa y que va a enseñar en sintonía con su pastor, en sintonía con la Iglesia a la que pertenece y en sintonía con el Evangelio, teniendo en cuenta la edad de los alumnos, el ámbito escolar y las circunstancias sociales y culturales de su entorno.
25.- ¿Por qué la Iglesia propone a los profesores de religión católica y después los nombra y paga el Estado?
La Iglesia Católica, o bien, otra institución según la confesión religiosa de que se trate, es la única competente para determinar cuál es el profesor idóneo para impartir su enseñanza. El Estado, a su vez, es quien puede nombrar a los profesores en la escuela pública, ya que los colegios públicos son del Estado y él es el que posee las competencias de nombramiento de profesores en la escuela pública.
Son dos competencias que deben de hacerse compatibles, pues el Estado está obligado a impartir en sus colegios la enseñanza religiosa que demanden los padres y a su vez él no puede establecer quiénes puedan ser idóneos para impartirla por ser esta materia competencia de las distintas confesiones.
Para garantizar este derecho de los padres, el Estado solicita a la Iglesia los profesores necesarios para que estaenseñanza se imparta en sus colegios. Es el Estado quien
debe pagar este servicio como lo hace con cualquierenseñanza que se imparte en los centros públicos.
31.- ¿Por qué a un profesor de religión no se le renueva la propuesta anual basándose, no en una infracción académica, sino en un hecho de vida que no es consecuente con la doctrina y moral católica que enseña en sus clases?
Hay que tener en cuenta que el profesor de religión no es sólo un profesional competente en cuanto que posee los conocimientos adecuados y sabe enseñarlos. En esta asignatura lo que se enseña es en nombre de una institución que le envía para transmitir fielmente lo que ella cree y vive. Por ello, es un acto de confianza en favor de una persona concreta y de la cual la Iglesia se fía de que va a impartir, no sus saberes individuales, sino los saberes y vida de la Iglesia Católica en cuyo nombre enseña. Por ello, se exige además de un conocimiento sobre esta materia, una identificación con lo que se imparte y una sintonía con quien le envía, la Iglesia. Una vida acorde con lo que enseña.
No es la enseñanza de la religión católica una formación aséptica como puede ser la de las matemáticas, aunque en toda enseñanza está implicado el profesor con su propia vida. En éste más que en otros, su autoridad depende mucho de su identificación con lo que enseña.
La enseñanza de la religión católica es transmisión de conocimientos, pero también es transmisión de una vida que el mismo Señor ha entregado a la Iglesia, su Cuerpo, como salvación para todos los que crean en Él.
La Iglesia Católica está firmemente convencida de que las personas idóneas para impartir la enseñanza de la religión católica no sólo han de ser fieles a su doctrina de un modo teórico, sino que deben manifestar una coherencia de vida que no entre en contradicción con ella, máxime en actuaciones que, en contra de lo que a veces se dice, tienen una dimensión jurídica y social pública.



De acuerdo con la normativa concordataria y canónica, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y el Real Decreto 696/2007, de 1 de junio, por el que se regula la relación laboral de los Profesores de Religión, para ser designado profesor de religión católica por la Administración Educativa correspondiente, se deberán reunir los siguientes requisitos y condiciones:
A/. Por Acuerdo de la LXXXIX Asamblea Plenaria de la Conferencia Episcopal Española de 27 de abril de 2007, es necesario haber obtenido la Declaración Eclesiástica de Competencia Académica (DECA), expedida por la Comisión Episcopal de Enseñanza y Catequesis.
Para obtener la Declaración Eclesiástica de Competencia Académica el solicitante debe estar en posesión de las titulaciones académicas correspondientes, y, además, reunir los siguientes requisitos:
Partida de Bautismo.
Para Educación Infantil y Educación Primaria 300 horas lectivas mínimas. Los contenidos de las horas que se incrementan con relación a la regulación anterior (120), serán cubiertos por el programa de los tres cursos actuales de “Formación Complementaria”.
La Comisión Episcopal de Enseñanza y Catequesis podrá establecer las convalidaciones oportunas.
La Declaración Eclesiástica de Idoneidad, hasta ahora vigente, otorgada a los profesores de religión católica, se entiende como Declaración Eclesiástica de Competencia Académica.
Este Acuerdo de la Conferencia Episcopal entrará en vigor al comienzo del curso escolar 2007/08.
B/. Declaración Eclesiástica de Idoneidad, expedida por el Ordinario diocesano de la localidad donde se pretenda impartir clase de religión. Como requisito previo hay que estar en posesión de la Declaración Eclesiástica de Competencia Académica.
La expedición de la DEI supone recta doctrina y testimonio de vida cristiana. Está basada en consideraciones de índole moral y religiosa, criterios cuya definición corresponde al Obispo diocesano.
La DEI puede ser revocada por el Ordinario diocesano cuando deje de cumplirse alguna de las consideraciones por las que se concedió y no tendrá validez en otras diócesis.
C/. Propuesta del Ordinario diocesano (missio canonica), a la Administración Educativa, del profesor que considere competente e idóneo para un centro escolar concreto. Supone que está en posesión de la DECA y de la DEI.
La propuesta será para cada año escolar, conforme con el art. III del Acuerdo sobre Enseñanza y Asuntos Culturales.
La propuesta del Ordinario diocesano a la Administración educativa equivale a la DEI y a la missio canonica.

Recursos bíblicos

DIOS PRUEBA EL AMOR DE ABRAHAM.
 LA PROMESA DE DIOS PARA CON ABRAHAM
 LA HISTORIA DE JESÚS DE NAZARET

Recursos para el día de la paz 2

Un mundo mejor... entre TODOS
 Haz una corona de corazones con citas bíblicas para San Valentín
 ¿PODEMOS AYUDAR A QUE EXISTA LA PAZ ?
 Matisyahu - One day
 LA PAZ

Recursos para el aula y pastorales, eventos y recursos TIC

La Misa explicada a los mas chicosNos encontramos(...)
 ¡Vamos a pescar!
 27 Enero: San Enrique de Ossó, Patrono de los Catequistas Españoles
 Reflexión: Es el Señor quien nos busca
 2º Domingo del Tiempo Ordinario
 Reflexión para el Evangelio de cada día
 Hermano Sol, Hermana Luna
 Reflexión: ¿Qué andamos buscando?
 Evangelio del día y reflexión, 15 enero
 Reflexión al evangelio para cada día de la semana
 2º Domingo T.O.
 ¿QUIEN HA IDO HOY A MISA?
 1ª COMUNION:SET VITRAL.
 1ª COMUNION: SET BENDICIONES.
 HACER TARJETAS DE COMUNIÓN.
 DIBUJOS MICO.
 DIBUJOS MICO.
´DIBUJOS MICO.
 SAGRADO CORAZÓN DE JESÚS.
Una mujer se convierte por primera vez en hermana mayor de una cofradía en Sevilla
 El Consejo de Europa condena la ley húngara sobre libertad de conciencia y religión
 Haití a los dos años del terremoto
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 PENTECOSTÉS, Jesús se queda con nosotros
  Formación para Padres
CATEDRAL DE SANTIAGO DE COMPOSTELA
ABECEDARIOS PARA COLOREAR

Madrid. Conferencia ‘Derechos económicos y sociales hoy’
Madrid. Conferencia ‘La dialéctica sufrimiento-consolación en los relatos de Job babilonios y bíblico’
Zaragoza. Charla ‘Cristología feminista: el estado de la cuestión’
Manresa (Barcelona). Curso ‘La vida cristiana como peregrinaje’
Burlada (Navarra). Ejercicios espirituales para seglares
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FORMACIÓN SEGUNDO TRIMESTRE

Presentación en Málaga de "El álbum de Javi"


Queridos Compañeros/as!!
Os adjunto invitación de la presentación de "El álbum de Javi" en Málaga.
Será el próximo martes día 17 de enero 2012 a las 19.00 h. en el Salón de actos del Colegio-hogar "San José de la Montaña" de Málaga (Avda. Dr. Gálvez Ginachero nº 4). 
 Un cordial saludo


“El álbum de Javi” se presenta en Málaga

“El álbum de Javi” se presentará en Málaga el 17 de enero de 2012, martes, a las 19 h., en el Salón de actos del Colegio-hogar "San José de la Montaña" (Avda. Dr. Gálvez Ginachero nº 4). Estarán presentes los dibujantes malagueños Patxi Velasco y Poe Ortega, la presidenta de ACCAM, Sor Puri Díaz, y uno de los autores, Fernando Cordero ss.cc.

“El álbum de Javi” es un cuento dirigido a todos los públicos que nos relata la vida de un niño que, en su corta trayectoria, tenía aseguradas todas las cartas para el fracaso y la exclusión. Sin embargo, gracias a la ayuda que otras personas le prestan su historia se verá transformada. El libro ha sido editado por la Fundación SM, con una cuidada maquetación de S&R Comunicación.

Carmen Pellicer, teóloga y pedagoga, presenta así a Javi en la introducción: “Nuestro personaje, y su historia personal llena de aventuras a veces demasiado duras para ser aceptadas o comprendidas por los que le rodean, se convierte en el centro de un relato con final feliz, como deberían ser todas las vidas infantiles en el mundo real”.

Con 38 páginas y 8.000 ejemplares, el cuento quiere aportar su granito de arena a las actividades de ACCAM (Asociación Andaluza de Centros Católicos de Ayuda al Menor). A través de 10 capítulos, cada uno de ellos con ilustraciones a todo color de Patxi Velasco y Poe Ortega, se nos narra la historia de un menor, Javi, con el hilo conductor de su álbum de fotografías en el que el va recogiendo los mejores recuerdos de su difícil existencia. El desarrollo se lleva a cabo entre las ciudades de Cádiz y de Málaga, aunque aparecen otros lugares geográficos como Jerez de la Frontera, Ronda o Zahara de la Sierra.

“Como magos de las palabras, Fernando Cordero ss.cc. y Martín Varela -autores del cuento-, van sacando de su tierra, sus amigos, sus recuerdos, y su experiencia de fe, los rostros, las actitudes y los testimonios que hacen de la historia de Javi ese relato feliz y esperanzado. Nos regalan la historia de un niño que consigue cambiar su destino gracias a la generosidad y el compromiso de los que se cruzan en su camino. Nos llaman a comprenderle pero también nos comprometen a seguir creyendo que está en nuestras manos hacer un mundo mejor”, afirma Carmen Pellicer en la introducción.

El relato está cargado de momentos de humor, escenas entrañables y párrafos de elevada emoción. Tanto los ilustradores como los autores han querido colaborar gratuitamente con su trabajo a la excelente labor que los centros de menores de la Iglesia están realizando en Andalucía. Además, ha sido una experiencia de lo más divertida y gratificante, dada la amistad y el compromiso de los que han intervenido en este proyecto.

Los cuentos están disponibles en las sedes de ACCAM, al precio de 6 euros, en horario de mañana. También se podrán adquirir al finalizar la presentación en Málaga.

ACCAM Sevilla: c/ Faustino Alvarez 23-25    41002-Sevilla  Tlf. 955265947  o   678 110808

ACCAM Cádiz: c/ Medina Sidonia 11  7º B    11012-Cádiz  Tlf. 956921107   o   678 110827
Correo electrónico: info@accampa.org

El Principado convoca un concurso de traslados para docentes de Religión

El proceso afectará a un colectivo de más de 200 profesores que piden un convenio que regule sus condiciones sociolaborales
El mismo día en el que se conocía que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) desestimaba el recurso del Obispado de Almería y confirmaba la sentencia favorable a la profesora de Religión Resurrección Galera, despedida por casarse con un divorciado, y obligaba al Ministerio de Educación a indemnizarla, en Asturias se producía también un triunfo de los docentes de una asignatura que, denuncian, está «discriminada»: el BOPA publicaba una resolución de Consejería de Educación y Universidades por la que «se convoca procedimiento para la cobertura de necesidades existentes en los centros públicos de la comunidad autónoma del Principado de Asturias por los profesores que imparten la enseñanza de las religiones contratados con carácter indefinido».
Se trata del «primer concurso de traslados para los docentes de Religión asturianos», confirmó ayer el portavoz del sindicato independiente ANPE, Gumersindo Rodríguez, quien precisó que «verán así cumplidas sus aspiraciones de movilidad» entre los 240 centros educativos de la región en los que se imparte la materia a un total de 42.091 alumnos. Una matrícula que desciende año tras año.
La convocatoria de la Consejería de Educación supone el último paso en un proceso que arrancó en 2008 para dar cumplimiento a un real decreto de 2007 en el que se regulaba la relación laboral de estos profesores -que no son funcionarios, sino personal laboral- con la Administración.
La continuación de ese proceso se produjo dos años más tarde, en 2010, cuando se detectaron necesidades de profesorado de Religión que no estaban cubiertas por personal contratado con carácter indefinido, por lo que procedió a convocar un concurso de traslados para cubrirlas. Pero aquella convocatoria fue finalmente impugnada.
Ahora, este concurso que, según informó la consejería, afecta a más de 200 profesores, «no cambiará su estatus laboral, ya que seguirán siendo indefinidos, pero mejorarán sus condiciones laborales y servirá para que, por ejemplo, se tengan en cuenta los años de docencia de la materia para los traslados y para que los afectados por un ERE puedan obtener una plaza si cumplen los requisitos».
Reunión con la consejera
Así las cosas, la próxima batalla de los docentes será reclamar de un convenio con el Principado que regule sus condiciones sociolaborales. Y eso, a pesar de que, además de la Declaración Eclesiástica de Idoneidad (DEI) que expide el Arzobispado, para ejercer como docente de la asignatura es necesario tener la licenciatura en Ciencias Religiosas o en Teología o estar en posesión de otra licenciatura y ser diplomado en esos estudios.
«Estábamos ansiosos por tener este concurso de traslados, que es un paso más en el camino hacia la equiparación con el resto del profesorado, pero ahora queremos dejar de estar en tierra de nadie. En un limbo en el que nunca sabemos a qué atenernos», denunció también ayer Antonio Cabeza, portavoz de los docentes asturianos de la materia, agrupados en la plataforma Religión en la Escuela.
Según explicó el representante del profesorado, «el pasado 23 de septiembre se produjo una reunión con la consejera, Ana Isabel Álvarez, para avanzar en ese terreno». Y, al parecer, la respuesta de la titular de Educación fue positiva. 


Comienza la propaganda electoral, pero, como en la publicidad... "yo no soy tonto"

Desde ayer, todos los medios digitales se hacen eco de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), en una sentencia sobre la que no cabe recurso, ha dado la razón a Resurrección Galera, la profesora de Religión a la que no se le renovó el contrato en 2001 tras casarse por lo civil con un divorciado, por lo que deberá recibir el salario que dejó de percibir en este tiempo.

El Constitucional reconoció el pasado mes de abril el derecho de la profesora a no sufrir discriminación por sus circunstancias personales, así como a la libertad ideológica y a la intimidad personal y familiar, y anuló una sentencia de diciembre de 2001 del juzgado de Almería y otra de abril 2002 de la Sala de lo Social del TSJA, que habían desestimado las demandas de la docente contra el Obispado de Almería.

Esto es, tras una sentencia del Juzgado de lo social nº 3 de Almería y otra del mismo TSJA, ahora vuelve a sentenciar el propiio TSJA de forma distinta (obligada por la sentencia del Constitucional); donde dije "digo", ahora digo "diego". Justo pocos días después de la convocatoria de elecciones para la Comunidad de  Andalucía. ¿No es demasiada coincidencia? Y todos los medios afines a la izquierda, preparados para contraatacar a la Iglesia (que asocian a la derecha) porque si no, cómo entender que el mismo día de la sentencia ya aparece a diestro y siniestro la noticia... De paso, reunimos y agrupamos los votos de la Izquierda... ¿Por qué no dan el mismo despliegue publicitario al convenio que ha firmado la Junta de Andalucía de colaboración con Cáritas?... Recuérdese que aunque lo omitan en las noticias referentes a este convenio, Cáritas es una ONG Cristiana y Eclesial, esto es, de la Iglesia.

Datos que apoyan la tesis de propaganda política:

- La cantidad de fotos publicadas de esta profesora con representantes políticos del PSOE e IU hasta acompañada por estos en su presencia en el Congreso de los Diputados.
- Reveladora la síntesis final de algunos artículos:  "Mientras, la consejera andaluza de Igualdad, Micaela Navarro afirmó ayer que este fallo del tribunal es un "paso adelante importantísimo en la libertad individual"." (¿No era asunto de la Consejería de Educación? ¿No debería aparecer las declaraciones de dicha Consejería?... ¡Qué bien le hubiera venido a la consejera de Igualdad que la profesora de Religión se hubiera casado con otra mujer!... ¡Cuántas páginas se hubieran escrito!) Por otro lado, el presidente Griñán sí ha declarado rápidamente que es el Ministerio quien debe pagar (ya no es del PSOE, sino del PP)
-" Y añade que la problemática es "surrealista"."habla de "problematica surrealista" y que el tema no deja de ser "curioso"... como si se tratara de un asunto de hace pocos meses y no lo hubieran tratado nunca ni hubiera pasado temas del profesorado de religión por sus salas... y sus manos... Cuando ya sentenciaron en contra
- "Con esto, Romes ha planteado que tras este largo proceso y a la vista de su resultado "los políticos deberían plantearse cambiar" el sistema de contratación de los docentes de Religión y replantearse "el acuerdo entre la Santa Sede y el Estado Español", que a su parecer "es la piedra angular" de este asunto, ya que las contrataciones que realiza el Estado vienen determinadas por una propuesta previa del Obispado que, finalmente, tiene su aplicación en los centros públicos de la Junta de Andalucía, en este caso."
(Esto es lo importante, no que la pareja se alegra que se haya hecho justicia, o que le den la razón, o se afiancen derechos fundamentales y no discriminación... Lo importante es que hay que cambiar los Acuerdos y que la Religión se "saque" de las escuelas, como plantea IU al respecto: http://www.20minutos.es/noticia/1275347/0/, PSOE, CEAPA, Europa Laica y corrientes laicistas... (Curiso que el marido alemán entre en política y presente el mensaje de estos partidos, que ya lo van realizando desde hace tiempo, y curioso que sea 20 minutos quien más noticias haya publicado al respecto tras una única nota de prensa de la Agencia EFE)
- "La misma no habla de "despido nulo" porque no existía "relación laboral" pero recuerda que los profesores de religión disfrutarán de los derechos fundamentales y legales que como trabajadores tienen reconocidos en nuestro ordenamiento "de manera irrenunciable"." (Si no hay despido nulo, ¿cómo se puede condenar a pagar una indemnización??? Piense en cualquier empresa privada que con la crisis despide de forma ajustada a derecho (despido no nulo) a unos trabajadores... Va a pagar la empresa una indemnización por despido nulo sin serlo???...

 Hay que conocer la nueva sentencia del TSJA sede en Granada para poder ofrecer una opinión responsable, no como hacen algunos periodistas que escriben sin leerla siquiera. De ahí que únicamente remita opiniones a lo publicado en distintos artículos ya que no poseo dicha sentencia.
Habrá que esperar a las declaraciones del Obispado de Almería y el Ministerio de Educación de al respecto... Mientras tanto, si es de derecho, nos alegramos por aquellos quienes se les ven reconocidos, sobre todo, tras tanto trabajo, esfuerzo y dinero empleado. No me extrañaría que hasta apareciera alguna organización sindical que se "aplicara" el mérito de la sentencia conseguida...

Documentación:

Sentencia Juz. Social Almería (núm. 3) 213/2011, de 3 de mayo (Creo que hace referencia a otra profesora)

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍACON SEDE EN GRANADA - SALA DE LO SOCIAL 

Sentencia nº 51/2011 de Tribunal Constitucional, 12 de Mayo de 2011

 


sábado, 14 de enero de 2012

Caso Resurrección Galera: Sentencia nº 51/2011 de Tribunal Constitucional, 12 de Mayo de 2011

Sentencia nº 51/2011 de Tribunal Constitucional, 12 de Mayo de 2011
STC 051/2011
El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por don Pascual Sala Sánchez, Presidente, don Eugeni Gay Montalvo, don Javier Delgado Barrio, doña Elisa Pérez Vera, don Ramón Rodríguez Arribas, don Manuel Aragón Reyes, don Pablo Pérez Tremps, don Francisco José Hernando Santiago, doña Adela Asua Batarrita, don Luis Ignacio Ortega Álvarez y don Francisco Pérez de los Cobos Orihuel, Magistrados,
ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de amparo núm. 3338-2002, promovido por doña Resurrección Galera Navarro, representada por la Procuradora de los Tribunales doña Isabel Cañedo Vega y asistida por el Letrado don Francisco Escobar Esteban, contra la Sentencia dictada el 13 de diciembre de 2001 por el Juzgado de lo Social núm. 3 de Almería en autos por despido núm. 881-2001, y contra la Sentencia de 23 de abril de 2002 de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (con sede en Granada), dictada en el recurso de suplicación núm. 486-2002 interpuesto contra la anterior. Han intervenido el Ministerio Fiscal, el Abogado del Estado, el Letrado de la Junta de Andalucía y el Obispado de la diócesis de Almería, representado por la Procuradora de los Tribunales doña María Rodríguez Puyol y asistido por el Letrado don Luis Docavo Alberti. Ha sido Ponente el Magistrado don Manuel Aragón Reyes, quien expresa el parecer del Tribunal.
I. ANTECEDENTES
1. Por escrito que tuvo entrada en el Registro General de este Tribunal el 29 de mayo de 2002, la Procuradora de los Tribunales doña Isabel Cañedo Vega, actuando en nombre y representación de doña Resurrección Galera Navarro, interpuso recurso de amparo contra las resoluciones judiciales citadas en el encabezamiento de la presente Sentencia.
2. Los hechos relevantes para el examen de la pretensión de amparo son los siguientes:
a) Doña Resurrección Galera Navarro había venido prestando servicios como profesora de religión católica (educación infantil y primaria), a propuesta del obispo de Almería, en diversos centros escolares públicos, desde el curso académico 1994/1995. En mayo del año 2001 se le comunicó a la señora Galera por el delegado diocesano de enseñanza de Almería que no sería propuesta como profesora de religión y moral católica para el siguiente curso escolar (2001/2002), por haber contraído matrimonio civil con un divorciado el 1 de septiembre de 2000, toda vez que tal decisión no se juzga coherente con la doctrina de la Iglesia católica respecto del matrimonio. El delegado diocesano remitió al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte con fecha 8 de junio de 2001 la relación de profesores de religión de enseñanza primaria que, habiendo prestado servicios como tales en el curso escolar 2000/2001, no son propuestos para el siguiente curso, relación en la que figuraban doña Resurrección Galera Navarro y otra persona. De conformidad con dicha propuesta, el Ministerio no suscribió con la señora Galera contrato de trabajo para la prestación por ésta de servicios como profesora de religión para el curso 2001/2002.
b) La señora Galera formuló demanda por despido ante la jurisdicción social contra el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, la Consejería de Educación y Ciencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía y el Obispado de Almería, demanda que fue turnada al Juzgado de lo Social núm. 3 de Almería (autos núm. 881-2001) y en la que se solicitaba que su no renovación como profesora de religión para el curso académico 2001/2002 se considerase como un despido y que el mismo se declarase nulo por vulneración de sus derechos fundamentales (con las consecuencias legales inherentes a tal declaración), toda vez que su no inclusión en la propuesta del Obispado para la contratación de profesores de religión y moral católica en el referido curso obedece exclusivamente al hecho de haber contraído matrimonio civil, lo cual supone un trato discriminatorio prohibido por el art. 14 CE, así como una violación de su derecho a la intimidad personal y familiar (art. 18.1 CE).
c) El Juzgado de lo Social dictó Sentencia el 13 de diciembre de 2001 desestimando la demanda planteada por carecer de acción la demandante, toda vez que el Juzgado entiende que no ha existido despido alguno, sino meramente una terminación del contrato suscrito el 1 de septiembre de 2000 por vencimiento del plazo de vigencia pactado en la cláusula sexta de dicho contrato, esto es, una extinción de contrato de trabajo por expiración del tiempo convenido [art. 49.1 c) de la Ley del estatuto de los trabajadores].
Tras recordar el régimen derivado del Acuerdo entre la Santa Sede y el Estado español de 3 de enero de 1979, sobre enseñanza y asuntos culturales, razona el Juzgado que nos encontramos ante una relación laboral de naturaleza temporal pero objetivamente especial, pues ha sido establecida así en un tratado internacional, quedando fuera por ello del régimen de la Ley del estatuto de los trabajadores (en adelante LET). De la normat...
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