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Novedades en Religión y Escuela
martes, 5 de junio de 2018
Pasapalabras Historia de la Iglesia 1
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lunes, 4 de junio de 2018
HORARIOS DE RELIGIÓN DE INFANTIL Y PRIMARIA PARA EL PRÓXIMO CURSO 2018-2019
viernes, 1 de junio de 2018
Tras haber ganado en Andalucía, el sindicato de profesores de Religión da las claves para vencer en otras comunidades
Se trata de una sentencia que anula la parte de la orden que dejaba en manos de los directores de los colegios a reducir las horas de religión en Primaria.
Según ha podido saber Religión Confidencial, el sindicato de profesores de Religión APPRECE, que es el único que defiende en su totalidad a los maestros de esta asignatura, ha ido de la mano con los obispos en este asunto, no así como otros sindicatos.
Se ha echado de menos un apoyo explícito adheriéndose a las demandas para hacer más presión y trabajar juntos en la misma dirección como se ha hecho con otros asuntos laborables como el derecho a los sexenios.
Así mismo, APPRECE ha presentado a las diócesis andaluzas distintos iinformes sobre la asignatura de religión y los derechos que les asisten.
Cómo ganar los recursos
Fuentes del sindicato de profesores desvelan a RC que en algunas comunidades autónomas se está perdiendo la batalla de las horas lectivas de la asignatura de religión porque no se presentan correctamente las alegaciones.“En ocasiones se apela al derecho de los padres a educar a sus hijos conforme a sus principios, o al principio de libertad protegida en la Constitución. Estos puntos son insuficientes. Los recursos estarán bien fundamentados y presentados, con amplias posibilidades de ganar, si se alega desde el punto de vista de los contratos entre el ministerio de Educación y el profesor de religión”, indican las mismas fuentes.
En esta línea, insisten en que los recursos también deben tener en cuenta quién es la entidad contratada y quien es el empleador. En el caso de Andalucía, quien contrata a un profesor de religión es el ministerio de Educación y, por lo tanto, la Junta no tiene potestad de conceder a los directores de los institutos y colegios públicos, decidir si reducen o no las horas lectivas.
Por úultimo, fuentes del sindicato sostienen que en APPRECE hay fundamentos legales y argumentos razonables para promover una escuela de todos y para todos en una convivencia pacífica.
Fuente: https://www.religionconfidencial.com/iglesia-estado/Andalucia-sindicato-profesores-Religion-comunidades_0_3158084190.html
jueves, 31 de mayo de 2018
Pasapalabras Palestina en tiempos de Jesús 2
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Pasapalabras Palestina en tiempos de Jesús 1
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SENTENCIA DEL TSJA ANULANDO LA PARTE DE LA ORDEN QUE INVITABA A LOS DIRECTORES A REDUCIR LAS HORAS DE RELIGIÓN EN PRIMARIA
EL TSJA (SEDE SEVILLA) SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. SECCIÓN TERCERA. RECURSO Nº 366/15
Parte actora: Archidiócesis de Granada y Sevilla y las diócesis de Córdoba, Jaén, Málaga, Cádiz-Ceuta, Huelva, Almería, Asidonia-Jerez y Guadix-Baza.
Parte demandada: la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía.
Parte interesada: la Asociación Profesional de Profesores de Religión en Centros Estatales (APPRECE)
Objeto del Recurso: determinar la conformidad o disconformidad a derecho de la Orden de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía de 17-03-2015 (BOJA de 27-03-15) que desarrolla el curriculo de educación primaria en Andalucía en lo relativo a la configuración y CARGA LECTIVA de la asignatura de religión.
El RECURSO DE APPRECE SE CENTRA EN LA POSIBILIDAD DE LOS DIRECTORES PARA REDUCIR LAS HORAS DE RELIGION, QUE OTORGABA LA ORDEN ANULADA.
Fallo de la Sentencia: Que debemos estimar, y estimamos, el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la Orden citada en el primer fundamento de derecho de esta sentencia, que declaramos nula, condenando a la Administración expresamente en costas.
¿Por qué sólo recurrieron la Orden, las 10 Diócesis andaluzas y el Sindicato APPRECE?...
a) Que responda cada uno de los sindicatos que dicen que defienden al profesorado de religión...
b) APPRECE tiene su opinión, pero se la reserva, de momento, para disfrutar de que en el Estado de Derecho, sea la Justicia la que te diga que estás más cerca de la Ley, que otros...
¿Todos los Recursos son iguales?. NO.
a) Hay quien recurre para que se oferten obligatoriamente las enseñanzas de religión y sean de libre opción para el alumnado, porque opinan que la oferta no está asegurada.
b) Y hay quien piensa que la oferta obligatoria, de acuerdo con la Ley vigente, está asegurada, en la Educación Infantil, en la Educación Primaria, en la Educación Secundaria Obligatoria (ESO) y en el Bachillerato...Esta es la opinión de APPRECE.
¿Por qué APPRECE ha puesto este Recurso?.
Porque no comparte que un Director/a pueda reducir las horas de Religión, ni con apoyo del Claustro, ni con apoyo del Consejo Escolar.
Por eso recurrió la normativa del Bachillerato, y vio que la Consejería de Educación, la ha regulado perfectamente y APPRECE se lo ha agradecido públicamente y ha felicitado a la Consejería por su trabajo bien hecho: la Religión es ofertada obligatoriamente en todos los centros de Andalucía donde se imparten las diferentes modalidades de Bachillerato; tiene una ÚNICA alternativa que es Educación para la Ciudadanía y Derechos Humanos y se oferta, tanto en 1º de Bachillerato como en 2º de Bachillerato. Un modelo perfecto para España y para que sea imitado en algunas Comunidades Autónomas, que lo han regulado mal.
APRECE Recurrió la reducción de una hora de religión en 3ª de la ESO y el TSJA también ha anulado la Orden de la Educación Secundaria Obligatoria (ESO).
APPRECE Recurrió la Orden que posibilitaba a los Directores de los centros de la Educación Primaria, a que pudieran reducir los HORARIOS DE RELIGION EN PRIMARIA, hasta en un 50 %.
Y, si la Consejería de Educación, respeta y ejecuta estas dos últimas sentencias del TSJA, manteniendo los 90 minutos en cada uno de los 6 cursos de la Educación Primaria o en cada uno de los tres ciclos, 3 horas en cada ciclo y Andalucía también sería un modelo de organizacion de las enseñanzas de religión en Primaria para toda España. Y, si en la ESO, pone 2 horas en el curso 1º, dejando una hora en 3º de la ESO, respetando las 5 horas totales para el desarrollo del curriculo de religión en los 4 cursos de la ESO, Andalucía también sería un modelo de organización de las enseñanzas de religión en la ESO para toda España.
¿Es esto posible?. En APPRECE pensamos que lo es. Y, además, creemos que nuestros políticos van a estar a la altura que a todos nos exigen las sociedades abiertas y plurales.
¿Hay razones para ello?. En los Recursos de APPRECE hay fundamentos legales y argumentos razonables más que suficientes para que podamos convivir en Paz en la Escuela de TODOS y para TODOS.
APPRECE se congratula de la Sentencia del Recurso de Primaria, que también es el suyo, y felicita a las 10 Diócesis de Andalucia.
Andalucia, 31 de Mayo de 2018
Sentencia adjunta en: http://www.apprece-a.es/vernoticia.php?id=839
miércoles, 30 de mayo de 2018
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Evangelio según San Mateo 28,16-20 - "Santísima Trinidad" - Solemnidad -
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Video Canción: "Catequesis La Santisima Trinidad" - (Youtube) -
Videos Reflexión: 9º Domingo Tpo. Ordinario - "Solemnidad del Santísimo Cuerpo y la Sangre de Cristo" - (Ed. Verbo Divino - Youtube)
Videos Reflexión: Domingo de la Santísima Trinidad - Solemnidad - (Ed. Verbo Divino - Youtube)
Trinidad. Actividades y color
Juego Puzzle: Corpus Christi
Comunicado de prensa de la Secretaría Técnica de Enseñanza de los Obispos de Andalucía sobre la sentencia del TSJA
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PARA PROFESOR/A DE RELIGIÓN: Amigos de Jesús, el nuevo método de catequesis familiar de editorial Casals
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martes, 29 de mayo de 2018
El TSJA anula la orden de la Junta por la que rebajaba el horario de Religión en Primaria
Y es que las comunicaciones previas al dictado de la orden se produjeron en Sevilla, mientras que la notificación del traslado para alegaciones se hizo en Granada, lo que resultó en que no se evacuaron aportaciones.
La mencionada orden rebajó de dos horas a 45 minutos semanales la carga lectiva de la Religión en Andalucía. Los obispos andaluces reaccionaron a dicho recorte por considerar que vulneraba el artículo 27,3 de la Constitución que consagra la obligación para los poderes públicos de garantizar el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones y por entender que en dicho horario no podía desarrollarse la asignatura, amén de haber infringido el procedimiento en la elaboración de la norma.
La sentencia señala que la administración educativa ha prescindido de un trámite "esencial" en la elaboración de la norma, causando "indefensión" a las partes en el trámite de información pública. Por ello, declara "nula de pleno derecho" la mencionada norma al haberse elaborado "prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido".
Con este fallo quedaría vigente el anterior horario de la asignatura de Religión que establecía dos horas semanales en cada curso de Educación Primaria, con lo que los maestros que vieron afectada su jornada laboral vuelven a recuperarla.
Recuerdan los obispos que en la orden anulada la administración educativa rebajaba el horario de la materia a la mitad de asignaturas como Educación Plástica o Educación Física, siendo la única que rebajaba su horario y quedando reducida a su mínima expresión.
Fuente: http://www.europapress.es/andalucia/noticia-tsja-anula-orden-junta-rebajaba-horario-lectivo-religion-primaria-20180529212944.html