Blog del Profesorado de Religión Católica

Novedades en Religión y Escuela

sábado, 23 de abril de 2011

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Formación, profesorado de Religión y el área y Educación

"Verbum Dei" colabora en nuestro Camino
 GAUDÍ: LA SAGRADA FAMILIA Y SU SÍNTESIS DE LA FE
 REVISTA ALDEBARÁN Nº 15.

APPRECE APARECE EN PORTADA EN LA REVISTA RELIGIÓN Y ESCUELA 
Los contadores de historias
 OTRA SENTENCIA DEL TSJEX FAVORABLE AL CÓMPUTO DE LA EXPERIENCIA DOCENTE DE RELIGIÓN DE FECHA 18 DE ENERO DE 2011
 RELIGIÓN E INGLÉS
 SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ANULANDO SENTENCIAS DEL JUZGADO Y DEL TSJA PARA QUE SE DICTE NUEVA SENTENCIA 
 Video Promocional de la Clase de Religión

Carnaval de Matemáticas
CE explica alto paro juvenil en España por el abandono escolar y el "desequilibrio" entre formación y demanda
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LIBRERÍA DIOCESANA: RECOMENDACIONES PARA EL DÍA DEL LIBRO
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Los contadores de historias
 Dibujos de valores para clase de religion
 JÓVENES ESPAÑOLES, RELIGIOSIDAD Y SECTAS

Especial Semana Santa








 
Hermano Cortés 

¿Cómo vive la Semana Santa un pueblo que tiene fe? 
 Crucigrama semana santa









Fuente: padrenuestro.net
 
Nota: aunque están en portugues son muy sencillas de montar.

Fuente: http://ebdensinandocomamor.blogspot.com/
 
 

viernes, 22 de abril de 2011

Un ateo que marca x para la Iglesia Católica

Si es reprochable empezar hablando de uno mismo, también será esclarecedor decir de entrada que mi pensamiento y mi vida discurren ajenos a los dioses, en general, y al Dios de los católicos en particular. No comulgué ni fui confirmado, me casé por lo civil, mis dos hijos no fueron bautizados y han estudiado en escuelas laicas, como su padre. Por lo breve, digo, ni soy católico ni aguardo orientación de ninguna fe religiosa, la que fuere. ¿A qué viene, entonces, mi chocante postura de destinar la X del IRPF a la Iglesia Católica? Algunos la tildarán de gracieta simplona, otros de contradicción incomprensible, de inane provocación, etcétera. Nada opongo a tales opiniones, menos aún si sustentan la idea, más o menos refinada, de que seré aproximadamente un gilipollas. Pero si alguien desea curiosear en por qué un ateo marca su X a favor de la Iglesia, quizá le interesen mis tres razones principales:
1ª. Ante las privaciones de muchos seres humanos (no solo en países subdesarrollados), es natural fomentar la ayuda y la cooperación. Que se describan con palabras como solidaridad, compasión, justicia o caridad es lo de menos; lo crucial es canalizarlas a través de organizaciones eficientes.
Ya sé que existen las recientes criaturas llamadas oenegés, pero cómo negar el papel histórico de las misiones católicas y de Cáritas en ese terreno. No estableceré un ranking de altruismo, pero yo, siendo ateo, dudo que los recursos administrados por la Iglesia sean desdeñables o necesariamente sustituibles: voto por mantenerlos.
2ª. Para explicar la idea de Europa -y no digamos la de España- a un extraterrestre, sería imposible obviar el catolicismo. Entre nosotros, terrícolas, sería fatigoso desgranar su legado intelectual, arquitectónico, ético y artístico. Asistí recientemente a la misa dominical en un convento de clarisas, con su olor inefable a musgo e incienso. A mediodía, las monjas ocupan un coro, allá por el ábside; los fieles llenan la pequeña nave y el cura lee sugestivos textos, y lo hace bien, y por un momento me siento parte de algo más grande y más permanente que yo, algo que sosiega la respiración y atempera el pulso, sin necesidad de lapidar a nadie. Y luego visité otra iglesia, donde se cantaban bellísimas habaneras de tema religioso. Voto por ese espíritu de paz y concordia, aunque yo no sea creyente.
3ª. Justo por no serlo, me parece inexplicable el furor obsesivo por bajar los crucifijos de los colegios. No veo qué daño causan los símbolos de una fe que no me asiste, pero sí ilustra mi paisaje histórico y emocional. Me espanta el fanático que se jacta de clausurar escuelas católicas o quemar frailes. No concibo que un absurdo revanchismo haga saludar a gobernantes infames como Chávez y ningunear al Papa, líder espiritual de muchos compatriotas. A mi juicio de ateo, es lógico y deseable que el Estado sea laico, pero sucede que España no lo es. Hay vida inteligente fuera del Estado, así que pongo la X para la Iglesia Católica, no vaya a ser que algún insensato la destine a construir mezquitas y tengamos que resucitar a don Juan de Austria. 

La profesora de Religión discriminada vuelve al Juzgado para pedir el despido nulo

La profesora de Religión discriminada vuelve al Juzgado para pedir el despido nulo

El Obispado de Almería niega que el Constitucional le haya quitado la razón 

AGENCIAS - MADRID/SEVILLA Resurrección Galera, la profesora de Religión a la que el Tribunal Constitucional (TC) le dio la razón en su litigio contra el Obispado de Almería tras ser apartada de su trabajo por haberse casado por lo civil con un divorciado, buscará que los juzgados declaren su caso como un despido nulo a todos los efectos, según explicó ayer su abogada, Amalia Robles, del sindicato Comisiones Obreras (CC OO).
La Iglesia almeriense revocó la idoneidad de la profesora, lo que le apartó de su ejercicio profesional al inicio del curso 2001-02. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía falló en contra de Resurrección Galera, y ahora el TC le da la razón al considerar que se vulneraron en la decisión del Obispado de Almería derechos fundamentales de la demandante.
Pero la cosa no es tan sencilla. El Constitucional lo que hace es retrotraer el procedimiento al mismo momento en el que se dictó la primera sentencia, en un Juzgado almeriense, como primer paso "para que se repare una decisión que siempre nos pareció muy injusta", afirma la letrada. Y pide un nuevo fallo en el que se tenga en cuenta la ponderación de derechos que hace el TC.
Se trata de una sentencia muy importante, pero que ya tiene antecedentes parecidos por parte del propio Tribunal Constitucional, con sentencias que sientan jurisprudencia desde 2002.
Robles aseguró que en su opinión el magistrado debería estimar que Resurrección Galera fue despedida y que el despido por su matrimonio civil con un ciudadano alemán vulneró derechos reconocidos por la Constitución, y por tanto, debería ser calificado "normalmente como nulo".
La abogada cree que el juzgado deberá "ponderar" en su fallo "el derecho de los trabajadores a su libertad ideológica y a no ser discriminada por su intimidad familiar y personal en relación al derecho de libertad religiosa del Obispado".
Iglesia
En el lado contrario, el vicario general de la diócesis de Almería, Tomás Cano, subrayó ayer que "el Constitucional en ningún momento expresa que la decisión del Obispado fuese contraria a derecho". Cano recalca que "en ningún caso se trata de un despido".
La Junta de Andalucía se apunta al carro judicial vencedor y recordaba ayer, por medio de un portavoz de Educación, que la sentencia "respalda" la política de personal. "Aun estando seguros de que estábamos por el buen camino, esta sentencia refrenda las medidas", señala la Administración andaluza.

Fuente: http://www.farodevigo.es/sociedad-cultura/2011/04/21/profesora-religion-discriminada-vuelve-juzgado-pedir-despido-nulo/537865.html 

Profesores de religión

SIEMPRE se monta un lío estupendo cuando no se renueva el contrato de un profesor de religión. Surgen entonces voces indignadas con el papel de la Iglesia en España, voces muchas veces de una profunda ignorancia. Ha ocurrido ahora con una sentencia del Tribunal Constitucional que ha estimado un recurso de una profesora a la que no se le renovó el contrato porque, según el Obispado del lugar, no reunía las condiciones exigibles. Vamos, que se había casado con un divorciado.
Vaya por delante -para tranquilidad de los indignados- que no valoro aquí si es oportuno ofrecer clases de moral religiosa en las escuelas públicas, aunque opten por ella el 80 por ciento de los padres.
De lo que se trata, si me permiten, es de recordar algunos aspectos que silencian interesadamente las voces indignadas. Vamos con las reglas de juego: según la Constitución española (aconfesional, no laica), los poderes públicos garantizarán el derecho de los padres a elegir la formación religiosa y moral que reciben sus hijos. De ahí nacen los Acuerdos Iglesia-Estado de 1979, que establecen que los profesores sean designados por la Administración de entre aquellos que el obispo proponga.
Los contratos tienen la vigencia del curso escolar. Por tanto, y según el Supremo, la no inclusión en la lista no equivale a un despido. Además, y esto también se silencia, los contratos que firman libremente incluyen la obligación de desarrollar una docencia ajustada a la doctrina de la Iglesia y de mantener un compromiso personal acorde con ella.
No creo que nadie sea tan estúpido de afear la conducta de una profesora casada con un divorciado; ni tan idiota para no entender que los niños detectan rápidamente la incoherencia de quien predica una cosa y hace la contraria.
Periodista
Fuente: http://www.elcorreogallego.es/opinion/ecg/profesores-religion/idEdicion-2011-04-22/idNoticia-661771/

jueves, 21 de abril de 2011

La justicia dicta que la procesión atea "daña" la libertad religiosa

El TSJM respalda la decisión de la Delegación del Gobierno de prohibir la manifestación.- Una juez del tribunal vota en contra de la sentencia 

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha escrito el último capítulo de la polémica creada en torno a la procesión atea de Lavapiés. Hoy no habrá procesión atea. Y ya no hay marcha atrás. El tribunal ha respaldado la decisión de la Delegación del Gobierno en Madrid de prohibir la manifestación después de estudiar el recurso presentado por los convocantes.

A poco más de 24 horas de que las procesiones del Jueves Santo tomasen la calle, el TSJM ha evitado que las tradicionales católicas compartan espacio con la manifestación atea convocada por varias asociaciones. El tribunal ha desestimado el recurso presentado por los convocantes y ha ratificado las 11 razones que el pasado jueves dio la Delegación para no autorizar la marcha.
La sentencia recoge que la prohibición de la manifestación se basa en dos hechos: la colisión de la misma con el derecho fundamental de libertad religiosa y la posible alteración del orden público.
Dos de los cinco magistrados que firman la resolución han emitido sendos votos particulares. La juez Ángeles Huet de Sande entiende que la prohibición se basa en "meras conjeturas o hipótesis y no en hechos ciertos y objetivos". Considera, por tanto, que la decisión de la Delegación de Gobierno vulnera el derecho fundamental de reunión y que debería anularse. Por su parte, el juez José Luis Quesada comparte la sentencia por causa de la "colisión" de la procesión atea con el derecho de libertad religiosa, pero no por el hecho de que la protesta sea una "ofensa inadmisible".
El pasado lunes, tres miembros de la Asamblea vecinal La Playa de Lavapiés declararon ante el tribunal para tratar de rebatir las razones de la Delegación. Entre otras, que el recorrido propuesto discurría por una zona con "múltiples parroquias", con nombres de calles "relacionados con la simbología católica" o su coincidencia en tiempo y lugar con las tradicionales procesiones católicas. Los convocantes trataron de demostrar también su desvinculación con el colectivo Ateos en Lucha, que aunque en un principio sí se adhirió a la convocatoria, fue invitado a irse después de que su portavoz dijera en una radio local que su intención era "castigar a la conciencia católica y hacer daño".
Tanto la Asociación Madrileña de Ateos y Librepensadores (AMAL) como la Asamblea Vecinal se han desmarcado siempre de esas declaraciones al asegurar que su intención con la marcha atea era la de hacer una crítica a la Iglesia como institución, pero nunca "ofender a las creencias religiosas de las personas". El TSJM considera, sin embargo, que en la entrevista de radio "se ponen de manifiesto el carácter e ideas" de la convocatoria del acto que, según la sentencia, "se va a materializar mediante un castigo a la conciencia católica haciendo saño a la misma". Además, asegura que existe una "real y no hipotética" vulneración del orden público por posibles altercados dado que el Jueves Santo tiene "especial significación para la religión católica".
Los organizadores de la marcha se han mostrado "sorprendidos" por la decisión judicial. El presidente de la AMAL, Luis Vega, ha asegurado que tenían la "esperanza" de con el tema fuera del "ámbito político", la Justicia les diera la razón. "Es un mazazo por la Constitución en el punto de que España es un estado aconfesional y porque conculca el derecho de manifestación", ha añadido Vega, que considera que "la Semana Santa se ha privatizado y se ha vendido a la Iglesia católica".
El asunto ha sido la primera polémica a la que ha tenido que enfrentarse la nueva delegada del Gobierno en Madrid, Dolores Carrión, que tras alegar que tomar una decisión sobre la procesión atea no entraba entre sus competencias, acabó prohibiendo el acto. Por el informe desfavorable del Ayuntamiento de Madrid, contrario desde el primer momento a la marcha, por ser Jueves Santo, por coincidir con procesiones católicas "cuyos recorridos ya son conocidos desde hace años" o por la gran afluencia de público y la "necesaria protección de la imagen turística de la ciudad".
Con el respaldo del TSJM a la decisión de Carrión, los convocantes no saldrán hoy a la calle pero ya planean otra protesta, y no en Jueves Santo. El presidente de AMAL asegura que solicitarán una autorización para manifestarse el próximo 13 de mayo en protesta por el "recorte de las libertades" y contra la decisión "política" de prohibir el acto.
La procesión atea ha pasado esta semana de protagonizar el debate político a librarse en los pasillos de los juzgados. Además de la decisión del tribunal madrileño, este martes la magistrada del Juzgado de Instrucción número 43 de Madrid, que había abierto diligencias por considerar que el acto podía incurrir en una infracción penal, solicitó a la Delegación del Gobierno en Madrid que se le transmita "cualquier incidencia" que se produzca durante la Semana Santa en relación a la marcha prohibida. La juez Coro Cillán se declaró competente en el asunto después de la denuncia interpuesta por 10 personas a título individual contras la Asamblea Vecinal La Playa de Lavapiés, la Asociación Madrileña de Ateos y Librepensadores (AMAL) y el colectivo Ateos en Lucha por un delito de "escarnio religioso".
Fuente: http://www.elpais.com/articulo/sociedad/justicia/dicta/procesion/atea/dana/libertad/religiosa/elpepusoc/20110420elpepusoc_1/Tes

"El Derecho Canónico no permite al casado por lo civil enseñar religión"

La Iglesia, nada amiga de pronunciarse sobre polémicas que cuestionan su doctrina y sus actuaciones, rompió ayer su silencio para cuestionar la sentencia del Tribunal Constitucional que ha concedido el amparo a la profesora de Religión Resurrección Galera, de 46 años y madre de una hija, que perdió el empleo que tuvo durante siete años en un centro público de Almería por casarse con un divorciado. Lo hizo por boca del vicario general de la Diócesis de esta provincia, Tomás Cano, número dos de un obispado que decidió no renovar la contratación de la docente. El Alto Tribunal no dice "en ningún momento" que la actuación de la Iglesia sea contraria a derecho, dice. "El Derecho Canónico avala nuestra decisión". La sentencia sienta jurisprudencia en una larga disputa entre profesores de catolicismo y la jerarquía eclesiástica.
Pregunta. ¿Siente el obispado la sentencia como una derrota?
Respuesta. No, porque no va en contra de nuestros intereses. El Constitucional no dice en ningún momento que la no contratación de la profesora sea contraria a derecho. Lo que ordena es que el Juzgado de lo Social número 3 de Almería vuelva a dictar sentencia -para ponderar los derechos fundamentales en conflicto-.
P. Pero dice que Galera tiene derecho a "no sufrir discriminación por razón de sus circunstancias personales, a la libertad ideológica en conexión con el derecho a contraer matrimonio en forma legalmente establecida y a la intimidad personal y familiar".
R. Pero ahí no se refiere a la actuación del obispado ni a la de las Administraciones educativas, sino, como expresamente se señala, a las resoluciones del Juzgado de lo Social y del Superior de Justicia de Andalucía, por haberse mantenido en sus razonamientos en el ámbito de la legalidad ordinaria, sin atender a las cuestiones relativas a los derechos fundamentales en juego.
P. ¿Está diciendo que el Constitucional no da la razón a la profesora?
R. No se la da. Nuestros servicios jurídicos así lo afirman, igual que dicen que la sentencia no va en contra del obispado, cosa que sí se piensa si uno lee, escucha o ve los medios de comunicación.
P. ¿Le vuelven a dar mala prensa?
R. Al interpretar la sentencia, sí. Dudo de que muchos de los que han publicado la noticia hayan leído la sentencia y hayan estado bien asesorados. Hay que informar desde la veracidad.
P. ¿Cuál sería su titular?
R. No lo sé, que el Constitucional pide que se revise la sentencia y que se vuelva a dictar.
P. A la luz de esta jurisprudencia, ¿volvería el obispado de Almería a despedir a otro docente por el mismo motivo?
R. No voy a hablar de hipótesis ni cuestiones futuras. Conocemos a los profesores de Religión y nunca hablaremos mal de ninguno. A Resurrección Galera no se le despidió; no se le propuso en la lista de profesores que debía contratar la Junta de Andalucía para ese curso escolar.
P. Pero fue por casarse por lo civil con una persona divorciada.
R. No exclusivamente. El obispado consideró que Resurrección no debía estar en esa lista para ese curso también por otras cuestiones.
P. Según ella, le dijeron que era "intolerable" lo que había hecho antes de decidir que no le contratarían de nuevo.
R. Una persona puede casarse por lo civil o como quiera, pero no quiere decir que sea la idónea para dar clases de Religión católica. Ni el Derecho Canónico ni ningún acuerdo jurídico con la Iglesia permiten que una persona casada imparta clases de Religión. Precisamente, el Derecho Canónico avala nuestra decisión.
P. Si Resurrección Galera no era idónea, ¿por qué se le renovó el contrato durante siete años de manera consecutiva hasta la decisión de rescindirlo?
R. Daba clase porque había una ley que lo permitía y daba cinco años de plazo a profesores que no habían cursado Magisterio a adaptarse a la normativa. Resurrección estuvo en ese plazo, pero no se adaptó a la nueva norma. Ella no ha cursado Magisterio, cuestión obligada para profesores de esa etapa educativa -daba clases en Primaria y tiene el graduado social-.
Fuente: http://www.elpais.com/articulo/sociedad/Derecho/Canonico/permite/casado/civil/ensenar/religion/elpepisoc/20110421elpepisoc_5/Tes

martes, 19 de abril de 2011

“L'Osservatore Romano” lanza su nuevo sitio web

Se aventura “con confianza en la red global”
CIUDAD DEL VATICANO, lunes 18 de abril de 2011 (ZENIT.org).- Con motivo del comienzo del séptimo año del pontificado de Benedicto XVI, que se celebra este martes, 19 de abril, L'Osservatore Romano inaugurará su nuevo sitio web, “aventurándose así con confianza en la red global.
“Apoyado eficazmente por el Servicio Internet Vaticano y por la sociedad informática Everett, el periódico de la Santa Sede será así accesible en sus diversas ediciones (además del diario, las semanales en italiano, inglés, alemán, francés, español, portugués y la mensual en polaco)”, recuerda en su edición de hoy.
Para las ediciones semanales y mensual “será posible activar en seguida suscripciones electrónicas”, mientras que “el acceso al diario – en la red durante la tarde (hora de Roma), es decir, inmediatamente después de la publicación y antes de que llegue a los quioscos – será gratuito hasta el próximo 31 de agosto (las suscripciones se activarán el 1 de septiembre)”.
Los textos estarán disponibles en italiano y progresivamente en otros idiomas, partiendo del inglés, en www.osservatoreromano.va.
El primer número de L'Osservatore Romano salió en Roma el 1 de julio de 1861, pocos meses después de la proclamación del Reino de Italia (17 de marzo del mismo año). La publicación retomaba el nombre de una publicación privada anterior, publicada del 5 de septiembre de 1849 al 2 de septiembre de 1852, dirigida por el abad Francesco Battelli y financiada por un grupo católico legitimista francés.
Los primeros números se componían de cuatro páginas. A finales de 1861, se eliminó el subtítulo “diario político-moral”, y aparecieron bajo la cabecera los lemas “unicuique suum” y “non praevalebunt”, aún presentes.
En los inicios, L'Osservatore Romano no tenía una sede propia, y los primeros redactores trabajaban en la tipografía en la que se imprimía el diario. Desde 1862 la redacción se colocó en el palacio Petri en la plaza de los Cruciferios, donde en seguida se implantaría la tipografía propiamente. El primer número se imprimió el 31 de marzo, fecha en la que a la cabecera se añadió la frase Giornale quotidiano [periódico diario, n.d.t.].
En la primera década de vida, el periódico dedicó mucho espacio a los temas de política internacional, incluyendo la “Cuestión romana”. Casi nunca, con todo, se discutían problemas puramente políticos, sino que se trataba más bien la justicia o injusticia de los actos públicos y sus consecuencias para la religión católica y para la moral de la sociedad.
Con la Brecha de Porta Pia (20 de septiembre de 1870), L'Osservatore Romano pasó de órgano “semi oficial” del Estado Pontificio a ser un diario de oposición dentro del Reino de Italia.
En esos años fue confiscado muchas veces, pero los redactores continuaron luchando, e incluso pronto L'Osservatore Romano comenzó a sustituir al “Giornale di Roma, el órgano oficial del Estado Pontificio, en la comunicación de noticias oficiales que afectaban a la Iglesia.
Todo ello se hizo más evidente durante el pontificado de León XIII, que adquirió la propiedad del diario y que desde 1885 hizo de él el órgano de información de la Santa Sede.
Fuente: www.zenit.org

lunes, 18 de abril de 2011

Recursos bíblicos, Recursos TIC, Religión y Educación

Baraja Antiguo Testamento
 Baraja Nuevo Testamento
 Bible Paper Toys - a little note
 Cuestionario: La Biblia
 Dominó gigante Antiguo Testamento
 Dominó gigante José
 Dominó gigante milagros de Jesús
 Dominó gigante Moisés
 Dominó gigante Noé
 Dominó gigante Nuevo Testamento
 Dominó gigante parábolas
 Éxodo 2.0


Fichas activ divertidas_n.t_1
 Fichas activ divertidas_n.t_2
 La Biblia: Actividades de repaso
 LAS BIENAVENTURANZAS


 

Aquí les dejo este enlace de Catholic.net, para que le dejes tus saludos de cumpleaños al Papa:

DEJA TUS FELICITACIONES DANDO CLIC AQUÍ.

El 16 de abril, S.S. Benedicto XVI celebra su cumpleaños número 84. Tres días después, el 19, se cumplen seis años de su pontificado.

Son dos ocasiones que se antojan para felicitarlo personalmente, enviarle un gran abrazo, manifestarle nuestro apoyo, nuestro cariño, nuestra admiración, nuestra fidelidad y asegurarle nuestra oración.

Por esta razón, lo invitamos a aprovechar esta oportunidad, enviando su Carta al Papa Benedicto XVI, en la que le exprese su mensaje personal de felicitación al Santo Padre, mismo que pueden escribir en el formulario que encontrarán en el siguiente enlace: es.catholic.net/felicitacionbenedicto

No dejen pasar esta oportunidad que nos brindan las nuevas tecnologías e inviten a sus familiares y amigos a enviar ellos también sus felicitaciones, para que el Santo Padre se sienta acompañado por todos nosotros.

Tomando y adaptado de www.es.catholic.net/

EDUCACIÓN RELIGIOSA
Editor: JULIO CÉSAR 
 
 Educando a los hijos para la Web social
 
 

Especial Semana Santa


 
ANTONIO BANDERAS PREGONANDO LAS RAICES DE NUESTRAS TRADICIONES CRISTIANAS 
 Domingo de Ramos. FANO 
 Hoy domingo de Ramos...
Jesús de Nazaret o una historia de amor...
Jesús de Nazaret.
 

Horario español previstos de las restransmisiones
  • Domingo de Ramos: 12:00 - 14:00 y 18:00 - 00:00
    Lunes Santo:
    19:00 - 01:30
    Martes Santo:
    18:30 - 01:00
    Miércoles Santo:
    19:00 - 03:00
    Desembarco de la Legión y Traslado del Cristo de Mena:
    11:30
    Jueves Santo:
    18:00 - 02:00
    Viernes Santo:
    19:00 - 02:30

 
Un buen recurso para los más pequeños.
Pincha en las imágenes para descargarte las
14 Estaciones del Via Crucis en Blanco y Negro
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Fuente: http://odresnuevos.wordpress.com

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MATERIALES DE RELIGIÓN CATÓLICA
Editor: materialesreligion@gmail.com 
 














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