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Grupo Areópago
Uno de los temas más controvertidos en el mundo de la política desde que se estableció nuestra joven democracia es la presencia de la Enseñanza Religiosa Escolar en el currículo de la Escuela Pública. En la actualidad ha sido suscitado por la aparición en el BOE del nuevo currículo de la asignatura motivada por la ¿última reforma? del sistema educativo de nuestro país, la denominada LOMCE, currículo que empieza a aplicarse en el curso que estamos iniciando. Y, cómo no, por la instrumentalización que hacen del asunto algunos partidos políticos que abogan por lo que ellos llaman la escuela laica.
La cuestión de fondo se encuentra en la dificultad de algunas personas y partidos políticos para comprender la diferencia que existe entre laicidad y laicismo, entre Estado democrático laico y aconfesional y Estado laicista.
La laicidad de una sociedad democrática no es una ideología más entre otras, sino la expresión de la neutralidad del Estado en referencia a todas las cosmovisiones, que hacen posible la libertad ideológica, política, cultural y moral –que no ética– de todo el amplio espectro social que configura un Estado moderno democrático y, por tanto, plural. El laicismo, en cuanto pretende la anulación de algunas de las cosmovisiones que forman parte de ese Estado –es el caso de la intención de convertir en instancia privada a la Religión, sacándola de la vida pública– se transforma en ideología y, si es combativo y excluyente, deviene en fundamentalismo y en totalitarismo.
El estado democrático laico, y por tanto aconfesional, es neutral pero no neutro. Es desde esta premisa desde donde se ha de debatir la presencia o no de la enseñanza de la Religión Católica en el ámbito de la Escuela Pública. Hoy son muchas las familias que en España desean que sus hijos reciban una educación fundamentada en una cosmovisión cristiana de la vida; se habla del sesenta por ciento de la población escolar. Los actuales Acuerdos Iglesia y Estado se sustentan precisamente en ese interés público que suscita tal demanda y en la respuesta que da dicha asignatura a una planificación curricular atenta al concepto moderno de educación integral. La religión es un hecho cultural que exige su tratamiento escolar si no queremos que nuestros niños y jóvenes en un futuro no sepan interpretar los fundamentos de una cultura que, se quiera o no, se ha forjado desde las claves de una cosmovisión cristiana.
Fuente: http://www.forumlibertas.com/frontend/forumlibertas/noticia.php?id_noticia=34700&id_seccion=83
La Delegación Diocesana de Enseñanza niega que haya más alumnos y asegura que la Lomce es un "modelo perverso" que también les afecta
SARA MINGUEZA
La Asociación de Profesores de Enseñanza Secundaria (Aspes) en Zamora alerta que los alumnos matriculados en la asignatura de Religión en 1º de Bachillerato ha crecido un 150% en este curso después de que con la Lomce haya pasado a ser una asignatura optativa puntuable, según explicó ayer el Secretario Autonómico de la Formación, Miguel Álvarez. "La nueva ley beneficia a la Religión haciendo que conste para el expediente", explicó Álvarez, que aseguró que esto hace que los alumnos consideran que con esta materia "es más fácil sacar buena nota que les ayude a reforzar la media de cara a las pruebas de acceso a la universidad". Además del crecimiento del número de matriculados, desde el sindicato alertan que se está dando "un trato de favor" a la asignatura ya que no se establece un ratio mínimo de alumnos necesario para que se imparta la materia "permitiendo que se dé con uno o dos alumnos en 1º de Bachillerato cuando hay otras asignaturas, de carácter científico, que no se autorizan con esas cifras", puntualizó Álvarez. Para Aspes la gravedad de esta diferenciación "estriba además en que el profesorado de Religión lo elige el obispado, sin oposición, pero lo pagamos entre todos con dinero público". Asimismo, una encuesta realizada a los profesores en la página web del sindicato revela que el 86% de la comunidad docente de enseñanzas medias considera que la Religión debería estar fuera del sistema educativo.
Por su parte, el sindicato Stecyl-i acusó a la Junta de Castilla y León de "dar barra libre" a la Religión y no descarta tomar medidas legales. La Orden de implantación del Bachillerato en la comunidad convierte esta materia en optativa específica y que ha sido la Dirección de Política Educativa Escolar la que de manera "errónea" no ha exigido ratio mínimo para esta asignatura de 1º de Bachillerato, recalcó el sindicato. Asimismo, Stecyl-i aseguró que esto significa que hay que dar clases a los que lo pidan, sean dos o o tres, algo que no ocurre en asignaturas como Dibujo Técnico.
La Delegación Diocesana de Enseñanza en Zamora, en la voz de su presidente, Juan Carlos López, ha desmentido categóricamente que la inclusión de la Religión como asignatura optativa en 1º de Bachillerato haya disparado el número de alumnos matriculados de hecho "hemos notado un descenso en las matrículas cercano a la mitad" respecto a los alumnos que cursaron la materia el año pasado. Para López el modelo de Bachillerato que plantea la Ley Wert es "perverso" no respeta los planteamiento que debería y de hecho "cierra las posibilidades a que los alumnos elijan esta asignatura". La Delegación Diocesana de Enseñanza en Zamora justifica este extremo en que los alumnos podrían decantarse por otras optativas específicas diferentes. Asimismo, López explicó que el nuevo carácter que se da a la asignatura de Religión con la Lomce hace que "en centros concertados católicos se obliguen a tomar decisiones muy difíciles". El ratio de alumnos en esta materia "es cuestión de derecho constitucional", relató el delegado diocesano de Enseñanza en Zamora. Y es que, la Delegación Diocesana en Castilla y León encargó hace unos meses un informe a un jurista de la Universidad de Valladolid que revelaba que "en el modelo escolar español, todo alumno que solicite cursar la asignatura, se le tienen que dar ya que es un derecho constitucional". Este informe, como anunció López, fue presentado al anterior equipo de Gobierno de la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León que "efectivamente reconocieron que es un derecho inalienable de las familias para que tengan la impartición de esa materia asegurada". En cuanto a la postura de los sindicatos de enseñanza, el delegado diocesano en Zamora dijo sentirse disgustado ya que "parece que reclaman menos trabajo para los profesores de Religión". Para Juan Carlos López "somos trabajadores y nos sentimos seriamente perjudicados y queremos que los sindicatos, como es su propia naturaleza, nos acompañen en la defensa de nuestros derechos".
La aplicación de la Lomce introduce una serie de optativas específicas en 1º de Bachillerato según la rama del mismo. Entre estas materias, la Religión es común a las modalidades de Ciencias y Tecnología, a la de Humanidades y Ciencias Sociales y a la de Artes. A la materia religiosa se unen asignaturas como Electrotecnia, Psicología, Segunda lengua extranjera, Historia de la música y la danza o Literatura castellana, entre otras.
La Religión se elimina del último año de Bachillerato aunque, como destacó el delegado Juan Carlos López, "la nueva ley educativa para todo el estado posibilita también la impartición de esta asignatura en el segundo curso".
Fuente: http://www.laopiniondezamora.es/zamora/2015/09/19/caracter-puntuable-religion-suban-150/871998.html
16.09.2015 - 16:56h • EUROPA PRESS
Se ordena la apertura de un plazo extraordinario para la opción y matriculación en esta asignatura
La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha resuelto suspender cautelarmente las instrucciones de junio de 2015 de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía mediante las cuales se suprimía la asignatura de Religión Católica como materia optativa en el currículo del Bachillerato de Artes.
En un auto consultado por Europa Press, el TSJA estima parcialmente el recurso de reposición interpuesto por las Archidiócesis de Sevilla y Granada y, por ello, dicta la mencionada medida cautelar y ordena la apertura de un plazo extraordinario para la opción y matriculación en esta asignatura.
Con esta resolución, el tribunal revoca en parte un auto anterior de la Sección Primera de la misma sala, fechado en agosto de 2015, en el que se denegaba la cautelar de suspensión de las instrucciones que reclamaban las Archidiócesis.
En este sentido, la Consejería ordenaba en estas instrucciones la enseñanza y evaluación en la Educación Secundaria Obligatoria (ESO) y el Bachillerato. En las mismas, única orientación de la administración educativa a los centros escolares ante la falta de desarrollo normativo de la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (Lomce) en Andalucía, se hacía desaparecer la materia.
La Sala señala al respecto que en esta situación concurre el presupuesto del 'efecto útil' de la sentencia, es decir, que la tardanza en dictar un pronunciamiento sobre la cuestión de fondo pudiera hacer inoperante éste.
"Es evidente que se les causa un perjuicio si, como consecuencia de las instrucciones, se elimina la asignatura [...], ya que, como es de general conocimiento, tal institución (la Archidiócesis) forma parte de la Iglesia Católica y, por tanto, es evidente su interés en la difusión de su doctrina; derecho que, por otra parte, viene refrendado por disposiciones legales, incluso, de mayor rango que las simples instrucciones combatidas", remarca el TSJA.
"hechos notorios exentos de prueba"
En relación con padres y alumnos, "es igualmente evidente que, de no accederse a la medida cautelar, se les causaría un claro y directo perjuicio al no poder matricularse en el presente curso, y hasta tanto se dicte la sentencia definitiva, en su caso, en la asignatura de Religión, si optasen por el Bachillerato de Artes".
El Alto Tribunal andaluz rechaza la argumentación ofrecida por la Junta de que no puede probarse que haya alumnos o familias interesados en la asignatura, aludiendo a seis escritos de padres de alumnos y otro de un profesor, así como a las cifras de estudiantes matriculados en cursos anteriores, por lo que "es evidente de toda evidencia que en los cursos siguientes tiene necesariamente que haber alumnos interesados en cursar Religión, y es que los hechos notorios están exentos de prueba".
Como quiera que la Sala considera que la oferta de la materia no perturba a ningún tercero, procede a otorgar la cautelar, si bien un segundo aspecto del recurso relacionado con las garantías de la impartición de Religión en lengua extranjera no se estima, ya que al quedar ofertada la asignatura en el resto de las modalidades de Bachillerato "se cumplen las exigencias legales y no se causa ningún perjuicio ostensible".
Con todo, dos magistrados del TSJA han expuesto su voto particular oponiéndose a otorgar la cautelar, al entender que la "provisionalidad" en que dicha medida dejaría a la comunidad educativa supone una "grave perturbación" de los intereses generales, mientras que el interés de las Archidiócesis recurrentes "no puede ser valorado exclusivamente y agotarse en el curso escolar en el que se plantea".
Con motivo de la resolución, la Asamblea de Obispos del Sur ha recordado en una nota que los padres y alumnos "veían recortada la opción que constitucionalmente asiste a las familias para que los poderes públicos garanticen el derecho a los padres para educar a los hijos en la opción religiosa y moral acorde con sus propias convicciones".
La asignatura de Religión Católica, recuerdan, fue cursada como optativa por 54.620 alumnos andaluces en el nivel de Bachillerato durante el curso 2013-14, "lo que supone un 45 por ciento del total del alumnado de Bachillerato en Andalucía".
Fuente: http://m.20minutos.es/noticia/2557725/0/tsja-obliga-junta-mantener-religion-catolica-como-optativa-bachillerato-artes/
EFE
CCOO señala que los alumnos de bachillerato prefieren elegir esta asignatura, antes que otras como Anatomía, Francés o Dibujo Técnico, más difíciles de aprobar.
La Federación de Enseñanza de CCOO ha denunciado hoy el "repunte espectacular" del número de alumnos de primero de Bachillerato que se han matriculado este curso en la asignatura de Religión que, como consecuencia del cambio de estatus en la Lomce, pasa a ser una materia evaluable.
Así lo ha destacado hoy el secretario general de la Federación de Enseñanza de CCOO, Francisco García Suárez, que ha puesto el ejemplo de la Comunidad de Madrid donde, según ha asegurado, se ha constatado un aumento del 150 por cien en el número de matriculaciones de la asignatura de religión en el primer curso de Bachillerato.
Para el representante de CCOO se trata de un dato importante, ya que la tendencia hasta ahora era la disminución, año a año, del número de alumnos que elegía esta materia en el Bachillerato, pero al convertirse en una asignatura que cuenta para la nota, los alumnos la prefieren a otras como Anatomía, Francés o Dibujo Técnico.
Así, ha advertido de que se puede dar el caso de que un alumno termine el Bachillerato sin saber nada de la Ilustración, "pero conociendo el misterio de la Santísima Trinidad". "Que una asignatura como Religión gane peso como consecuencia de esta reforma educativa y haya un repunte significativo del número de alumnos, pone de manifiesto que la Lomce es una ley muy ideológica", ha afirmado.
Fuente: http://m.publico.es/sociedad/1932639/denuncian-el-espectacular-repunte-de-matriculas-en-la-asignatura-de-religion-al-ser-materia-evaluable
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La Junta de Andalucía y el Arzobispado de Granada han sido concenados a indemnizar al profesor detenido e imputado.
Javier Muriel, abogado de los Romanones
Por EUROPA PRESS
14 sep 201523:35
El Juzgado de lo Social número 1 de Granada ha declarado la nulidad del despido del profesor de Religión que fue detenido en el marco del 'caso Romanones', sobre abusos sexuales presuntamente cometidos por sacerdotes en Granada, y ha condenado a la Junta de Andalucía a readmitirle, al considerar que se han vulnerado sus derechos fundamentales.
También ha condenado a la Junta a abonarle los salarios que ha dejado de percibir en este tiempo y tanto la administración autonómica como el Arzobispado de Granada, que le retiró la idoneidad para impartir la asignatura de Religión, deberán indemnizarle de manera solidaria con 6.000 euros por los daños morales causados tras su despido.
Según consta en la sentencia, el denunciante prestaba sus servicios como profesor de Religión y Moral Católica en un instituto de Dúrcal (Granada), habiendo sido propuesto en virtud de la declaración de idoneidad que el ordinario Diocesano había ido comunicando al inicio de cada curso escolar a la Delegación de Educación de la Junta en Granada.
No obstante, el 25 de noviembre de 2014, la Junta remitió un oficio al Arzobispado de Granada informándole de que el maestro había sido detenido "por orden judicial en calidad de imputado en el marco de una operación iniciada por una denuncia de abusos sexuales a menores, caso que ha tenido y sigue teniendo repercusión social y mediática a nivel nacional".
El Arzobispado retiró la idoneidad
"Dada la gravedad de los hechos denunciados, absolutamente execrables, que han sido condenados directamente por el Papa (...) el citado profesor en la actual coyuntura no debería continuar ejerciendo su labor docente (...) por ello le traslado esta información a fin de someter a su consideración la inmediata sustitución de este profesor mediante la revocación de su declaración de idoneidad, decisión que corresponde al Arzobispado", rezaba el escrito.
Al día siguiente, el 26 de noviembre, el Arzobispado retiró al maestro la idoneidad que tenía para ser profesor de Religión y en la sentencia queda acreditado que fue tras este paso cuando la Junta procedió a la extinción de su contrato, sin que existiese una sentencia condenatoria.
La magistrada mantiene que el derecho a ser tratado socialmente como inocente en las relaciones jurídicas de todo tipo, también lo ostenta en consecuencia el trabajador imputado penalmente y por tanto tampoco él puede ser sometido a una "especie de juicio laboral" paralelo por parte del empresario ni usado como causa de incumplimiento contractual.
Respecto a la decisión del Arzobispado de revocar la idoneidad, en la sentencia se expone que "aun cuando se debe a motivos estrictamente religiosos, vulnera el derecho a la presunción de inocencia".
Por todo ello, el Juzgado estima la demanda del profesor contra la Consejería de Educación y el Arzobispado de Granada y declara la nulidad del despido, condenando a la administración autonómica a readmitirle y al abono de los salarios dejados de percibir desde que fuera despedido y hasta que la readmisión sea efectiva, debiendo el Arzobispado de Granada estar y pasar por esta declaración. Tanto la Consejería como el Arzobispado han recurrido la sentencia.
El Juzgado de Instrucción 4 de Granada declaró en su día prescritos todos los delitos que se le imputaban a los 12 denunciados inicialmente --incluido el citado profesor-- excepto al considerado líder del grupo, el padre Román M.V.C., contra el que continúa la causa.
Fuente: http://m.eldiario.es/andalucia/granada/Juzgado-Junta-readmitir-Religion-Romanones_0_430807652.html