Blog del Profesorado de Religión Católica: #sindicatos

Novedades en Religión y Escuela

Mostrando entradas con la etiqueta #sindicatos. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta #sindicatos. Mostrar todas las entradas

martes, 18 de febrero de 2025

Mapas de la representación sindical del profesorado de Religión (2025)

Con los datos que se aportan en el número 387 del mes de febrero de 2025 en la revista Religión y Escuela, pp.28-31; he elaborado una serie de mapas y gráficos para ilustrar y conocer la realidad sindical del profesorado de Religión actualmente.

Hay que indicar que no todos los delegados sindicales en todas las comunidades son docentes de Religión y no en todas las comunidades están en comités de empresa propios, sino en la mesa de laborales junto a los laborales no docentes. 

Igualmente, son datos del estudio que ha realizado Pablo de la Iglesia Kortajarena, Delegado Sindical de Álava, al que agradezco su trabajo en la recopilación de datos. Siendo conscientes que variarán en las próximas elecciones sindicales según las provincias y/o comunidades.

Seguro que conocer la realidad nacional y de otros territorios nos sirve de gran ayuda.

Representación sindical del profesorado de Religión por comunidades

Clasificación por número de delegados sindicales que sean docentes de Religión


Representación según el número de comunidades autónomas donde está presente con delegados sindicales que sean docentes de Religión (se computan de forma separada la representación en Primaria o Secundaria en aquellas comunidades que dependen de administraciones distintas)

 

 

lunes, 3 de febrero de 2025

El TSJEx reconoce a los profesores de religión como personal indefinido

 El TSJEx reconoce a los profesores de religión como personal indefinido

Una sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha reconocido a los profesores de religión contratados por la Consejería de Educación y empleo como personal contratado de forma indefinida. Este hecho abre la puerta a que puedan concursar en los procesos selectivos que pedían tener como mínimo un año de contratación indefinida.

De esta forma, el TSJ de Extremadura ha estimado el recurso planteado por el sindicato APPRECE (Asociación Profesional de Profesores de Religión en Centros Estatales) contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de Plasencia, dictada en mayo de 2024. Sentencia que inicialmente desestimó la demanda de la Asociación Profesional de Profesores de Religión de Centros Estatales (APPRECE) sobre reclamación de derechos laborales.

Hasta ahora, los profesores de religión contratados por la Junta de Extremadura tenían que suscribir un contrato cada año, bajo la causa de "cobertura de puesto vacante", y ahora quedarán sujetos a una relación indefinida según refleja la sentencia, vulnerando así lo que expone el RD 696/2007 de provisión de puestos de trabajo de este colectivo donde en su artículo 4 dice: " La contratación de los profesores de religión será por tiempo indefinido, salvo en los casos de sustitución del titular que se realizará de acuerdo al Estatuto de los trabajadores".

Desde el sindicato APRECCE, señalan que “nos alegramos de este gran logro y esperamos que la Junta de Extremadura lo tenga en cuenta de cara a futuras contrataciones y deje de utilizar la contratación bajo la forma de cobertura de puesto vacante”.

 

Jubilación anticipada de una profesora de religión que no fue dada de alta en la SS

Caso ERE: el Tribunal Supremo anticipa el fallo de su sentencia

VALLADOLID 3 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Social número 5 de Valladolid ha reconocido el derecho de una profesora de religión de Primaria a jubilarse de forma anticipada a los 64 años en una sentencia novedosa por cuanto reconoce los años trabajados entre 1984 y 1998, periodo en el que no se le dio de alta en la Seguridad Social.

Así lo ha anunciado este lunes, a través de un comunicado recogido por Europa Press, la Asociación Profesional de Profesores de Religión en Centros Estatales (APPRECE), que recuerda que hasta 1999 los profesores de religión en Primaria que prestaron sus servicios antes de esa fecha no eran dados de alta en la Seguridad Social, a pesar de haber trabajado para la Administración.

Fue solo con un pronunciamiento expreso del Tribunal Supremo cuando se empezó a reconocer la cotización de esos años. A pesar de que estos profesionales tienen sus servicios reconocidos por el Ministerio de Educación, Cultura y Formación Profesional (MEFP), al momento de su jubilación se encuentran con que esos años no se contabilizan para su pensión.

Sin embargo, gracias a los procedimientos judiciales impulsados por APPRECE y las continuas reclamaciones se ha logrado que estos años se reconozcan para efectos de pensión de jubilación, abriendo la puerta para que más docentes puedan ver mejoradas sus condiciones de jubilación.

El presente caso es el de una profesora de religión en Primaria que si hubiera cotizado por todo el tiempo trabajado habría podido acceder a la jubilación anticipada a los 64 años. No obstante, al no contar con los años cotizados, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) le denegó esta posibilidad.

Sin embargo, gracias al trabajo de APPRECE se consiguió que, a través de la vía judicial, se reconocieran esos años no cotizados entre 1984 y 1998, lo que le ha permitido acceder a la jubilación anticipada.

La sentencia, ya firme, reconoce el derecho de la profesora a que se contabilicen esos años de servicio a efectos de su jubilación anticipada voluntaria, lo que marca un precedente importante para otros profesores de religión en situación similar.

APPRECE entiende que "esta sentencia es un gran paso hacia la justicia para muchos compañeros que han trabajado con dedicación durante años, pero que por diversas circunstancias no vieron reflejados esos años en su cotización a la Seguridad Social. Gracias a esta victoria, se logra un precedente que permitirá que más profesores puedan acceder a sus derechos de jubilación anticipada".

 

viernes, 24 de enero de 2025

El TSJEx reconoce a los profesores de religión como personal indefinido

El TSJEx reconoce a los profesores de religión como personal indefinido

Una sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha reconocido a los profesores de religión contratados por la Consejería de Educación y empleo como personal contratado de forma indefinida. Este hecho abre la puerta a que puedan concursar en los procesos selectivos que pedían tener como mínimo un año de contratación indefinida.

De esta forma, el TSJ de Extremadura ha estimado el recurso planteado por el sindicato APPRECE (Asociación Profesional de Profesores de Religión en Centros Estatales) contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de Plasencia, dictada en mayo de 2024. Sentencia que inicialmente desestimó la demanda de la Asociación Profesional de Profesores de Religión de Centros Estatales (APPRECE) sobre reclamación de derechos laborales.

Hasta ahora, los profesores de religión contratados por la Junta de Extremadura tenían que suscribir un contrato cada año, bajo la causa de "cobertura de puesto vacante", y ahora quedarán sujetos a una relación indefinida según refleja la sentencia, vulnerando así lo que expone el RD 696/2007 de provisión de puestos de trabajo de este colectivo donde en su artículo 4 dice: " La contratación de los profesores de religión será por tiempo indefinido, salvo en los casos de sustitución del titular que se realizará de acuerdo al Estatuto de los trabajadores".

Desde el sindicato APRECCE, señalan que “nos alegramos de este gran logro y esperamos que la Junta de Extremadura lo tenga en cuenta de cara a futuras contrataciones y deje de utilizar la contratación bajo la forma de cobertura de puesto vacante”.

Fuente: https://www.extremadura7dias.com/noticia/el-tsjex-reconoce-a-los-profesores-de-religion-como-personal-indefinido

lunes, 23 de diciembre de 2024

Reunión de APPRECE con la Subdirectora General de Personal en el Ministerio de Educación sobre los sexenios

El pasado 12 de diciembre de 2024, el presidente del sindicato APPRECE y dos representantes de Primaria se reunieron con la Subdirectora General de Personal en el Ministerio de Educación donde registramos un escrito con argumentos para defender el cobro de los sexenios desde la fecha de solicitud.  

  1. El Ministerio está llevando a cabo la resolución administrativa de los Sexenios sin judicialización, como siempre hemos defendido
  2. Si, como defendíamos en APPRECE, se hubiera llegado a un acuerdo Ministerio y Sindicatos y si hubiéramos negociado la ejecución de la Sentencia del Tribunal Supremo concretándola en unas Instrucciones, se hubiera resuelto satisfactoriamente con idénticos criterios, hace tiempo y para TODOS los que cumplían los requisitos.
  3. Hemos pedido a la Subdirectora General de Personal del Ministerio explicaciones sobre la forma de ejecución de los Sexenios y APPRECE está dando la cara por el asunto.
  4. En la reunión con el Ministerio de Educación hemos defendido con argumentos jurídicos, pidiendo que, a efectos administrativos, los sexenios de cada solicitante sean computados desde la fecha de perfeccionamiento, consolidación o vencimiento de cada sexenio. Y que a efectos económicos se calculen desde la fecha de la solicitud inicial para el reconocimiento de los sexenios. El Ministerio hace valer otra sentencia sobre los hitos en la interrupción de la prescripción, en el sentido de que si no se ha hecho ninguna otra acción más, esa solicitud ha prescrito. Y es el criterio que les da la abogacía del Estado
  5. Hay presentadas QUEJAS al Defensor del Pueblo sobre este asunto de la retroactividad que tiene que decidir y exigir al Ministerio lo que proceda, de acuerdo con los asesores jurídicos del Defensor.
  6. Y APPRECE pondrá a disposición de los afiliados y afiliadas, las peticiones que deben incluir en la demanda individual, si quieren reclamar.
 







jueves, 12 de diciembre de 2024

Transferencias del profesorado de Religión y comunicado anual del sindicato CO.BAS

Ante la imposibilidad de publicar documentos en pdf, lo pongo como imágenes. Cliquea sobre la imagen para ampliarlo y poder leerlo mejor.

Gracias a Delia por la información sobre las transferencias del profesorado de religión de Infantil y Primaria, ya que afecta a más comunidades.
























viernes, 27 de septiembre de 2024

Instrucciones sobre el horario, funciones y tareas para el Profesorado de Religión de Educación Infantil y Primaria (Canarias)

Nota del Blogger:

El Gobierno de Canarias, al igual que están haciendo otras consejerías de educación, ha publicado unas instrucciones para definir criterios homogéneos de actuación en los centros docentes en relación con el horario, las funciones y las tareas del personal docente que imparte Religión  en  las  etapas  de  Infantil  y  Primaria,  dependientes  del  Ministerio  de  Educación  y Formación Profesional. Son muy parecidas a las que hay existen en Andalucía. Desconozco si en

Son muy útiles porque pueden servir de guía para otras comunidades y para el profesorado de religión al saber qué horario, funciones y tareas pueden realizar en otras comunidades.

Gracias al sindicato COBAS que comparte esta información.

Sindicatos cobas informa

La Directora General de Personal ha emitido un correo electrónico en el que se informa que las instrucciones han sido enviadas a todos los centros educativos de Canarias. Y que Procederan  a su publicación en el portal docente.

El progreso alcanzado en este proceso se debe, en gran medida, a la excepcional dedicación y esfuerzo de Carmen Delia Caballero Santana, nuestra delegada del sindicato COBAS. Desde el inicio, Carmen se ofreció y se comprometió a redactar un borrador sobre estas cruciales instrucciones. Su incansable labor no solo ha facilitado la colaboración con el equipo de la Consejería, sino que también ha permitido la revisión del documento, asegurando la identificación y corrección de posibles errores. Su continua insistencia en la necesidad de su publicación ha sido fundamental para garantizar los derechos legítimos de este colectivo de docentes.

Agradecemos también el diálogo constante mantenido para asegurar que estas instrucciones sean distribuidas de manera efectiva a todos los centros educativos antes del 23 de septiembre de 2024. Esto contribuirá a que los equipos educativos consideren la normativa de forma clara y accesible. Es evidente que la labor de Carmen Delia ha sido esencial en este proceso, y es un logro que merece reconocimiento tanto para ella como para el sindicato COBAS, que ha trabajado incansablemente para que este colectivo de docentes obtenga la misma consideración y condiciones que el resto de los interinos, quienes durante años han trabajado más horas y en condiciones más adversas.

Cabe destacar que somos el único sindicato que ha luchado para que estas instrucciones se publicaran. El propósito de estas instrucciones es definir criterios homogéneos de actuación en los centros docentes en relación con el horario, las funciones y las tareas del personal docente que imparte Religión en las etapas de Infantil y Primaria, dependientes del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

Solo nosotros podemos aportar pruebas de los correos electrónicos y conversaciones de WhatsApp mantenidas con el equipo de la Consejería y la Directora General de Personal, Mónica Ramírez Barbosa. Sería una falta de principios que otros sindicatos se atribuyan el mérito de una lucha que este sindicato ha llevado a cabo durante meses para lograr este gran avance en los derechos de este colectivo
Anexamos comunicado de cobas  y la circular de instrucciones del profesorado de religión de infantil y primaria de Canarias firmado electrónicamente por la directora general de personal Mónica Ramírez Barbosa el 5 de septiembre de 2024

(Cliquea en la imagen para ampliarla)





Puedes ver aquí la Circular de instrucciones para el Profesorado de Religión de Educación Infantil y Primaria.

jueves, 27 de junio de 2024

Cobas informa de todos los logros conseguidos por esta delegada para el colectivo de docentes de religión de infantil y primaria de la provincia de las palmas

 Cliquea en la imagen para ampliarla







Servicio Economico y Presupuestario
Enviado: viernes, 7 de junio de 2024 15:18
Para: Delia Ca S <winbo_73@hotmail.com>
Asunto: Re: Anticipos de nóminas docentes de religión
Buenas tardes, en relación con su consulta sobre los anticipos de nómina del personal docente de religión gestionado por este Ministerio se informa lo siguiente:

El profesorado de religión se rige, entre otras normas, por el Estatuto de los Trabajadores, que señala en el párrafo segundo del artículo 29 que El trabajador y, con su autorización, sus representantes legales, tendrán derecho a percibir, sin que llegue el día señalado para el pago,anticipos a cuenta del trabajo ya realizado.

Por lo tanto, dado que la liquidación y pago del salario se hace mensualmente, el trabajador podrá solicitar un anticipo de la nómina del mes en curso, de los días que haya trabajado.

Por otro lado, la Orden de 30 de julio de 1992 sobre instrucciones para la confección de nóminas, señala en su artículo 1 que la confección de nóminas de retribuciones del personal al servicio de la Administración del Estado (...) que hayan de ser satisfechas con cargo a créditos consignados en el Presupuesto del Estado se regirá por estas instrucciones.

Y en su artículo 6, que las nóminas ordinarias de cada mes se cerrarán el día 5 de dicho mes.

El cierre de nómina requiere unos trabajos previos, por lo que cualquier variación, modificación, etc de la nómina, tiene que estar comunicada antes del día 2 de cada mes. Eso supone que el trabajador podrá pedir un anticipo de los dos días trabajados en el mes en curso y solicitarlo antes del tercer día de cada mes, para que desde la habilitación se pueda tramitar dicho anticipo.
Nota delegada : solicitamos ante registro . Información con normativa clara y respuesta oficial sobre el derecho a permuta .

Estoy comprometida a defender los derechos de este colectivo, incluso si implica realizar múltiples registros y luchar incansablemente hasta lograrlo. La subdirección general de personal a veces vulnera nuestros derechos, por eso enfatizamos la importancia de las transferencias a la consejería de educación y la claridad en las instrucciones. Seguiré esforzándome por garantizar la protección de nuestros derechos. 






 


jueves, 23 de mayo de 2024

CCOO denuncia que se compute la nota de religión para otorgar Matrículas de Honor en Bachillerato

Jorge Castillo, secretario de Política Educativa de la Federación de Enseñanza de CCOO en Murcia, dice que el Gobierno regional está incumpliendo el Real Decreto que regula las enseñanzas mínimas en ese nivel  

CCOO denuncia que se compute la nota de religión para otorgar Matrículas de Honor en Bachillerato

El sindicato Comisiones Obreras denuncia que la Consejería de Educación está dando instrucciones a los centros educativos para que tengan en cuenta la nota de la asignatura de Religión a la hora de otorgar Matrícula de Honor a los mejores alumnos de Bachillerato.

Comisiones considera que el Gobierno regional está incumpliendo el Real Decreto que regula las enseñanzas mínimas en ese nivel educativo, que deja muy claro que la calificación de Religión no puede computarse cuando se trate de elegir entre los expedientes de distintos alumnos.

Y este es el caso, porque el número de Matrículas de Honor que un centro puede otorgar está limitado señala Jorge Castillo, secretario de Política Educativa de la Federación de Enseñanza de CCOO en Murcia

Fuente: https://www.orm.es/noticias-2024/ccoo-denuncia-que-se-compute-la-nota-de-religion-para-otorgar-matriculas-de-honor-en-bachillerato/

En calidad de Afiliado de Amazon, obtengo ingresos por las compras adscritas que cumplen los requisitos aplicables