Blog del Profesorado de Religión Católica: Jubilación anticipada de una profesora de religión que no fue dada de alta en la SS

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lunes, 3 de febrero de 2025

Jubilación anticipada de una profesora de religión que no fue dada de alta en la SS

Caso ERE: el Tribunal Supremo anticipa el fallo de su sentencia

VALLADOLID 3 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Social número 5 de Valladolid ha reconocido el derecho de una profesora de religión de Primaria a jubilarse de forma anticipada a los 64 años en una sentencia novedosa por cuanto reconoce los años trabajados entre 1984 y 1998, periodo en el que no se le dio de alta en la Seguridad Social.

Así lo ha anunciado este lunes, a través de un comunicado recogido por Europa Press, la Asociación Profesional de Profesores de Religión en Centros Estatales (APPRECE), que recuerda que hasta 1999 los profesores de religión en Primaria que prestaron sus servicios antes de esa fecha no eran dados de alta en la Seguridad Social, a pesar de haber trabajado para la Administración.

Fue solo con un pronunciamiento expreso del Tribunal Supremo cuando se empezó a reconocer la cotización de esos años. A pesar de que estos profesionales tienen sus servicios reconocidos por el Ministerio de Educación, Cultura y Formación Profesional (MEFP), al momento de su jubilación se encuentran con que esos años no se contabilizan para su pensión.

Sin embargo, gracias a los procedimientos judiciales impulsados por APPRECE y las continuas reclamaciones se ha logrado que estos años se reconozcan para efectos de pensión de jubilación, abriendo la puerta para que más docentes puedan ver mejoradas sus condiciones de jubilación.

El presente caso es el de una profesora de religión en Primaria que si hubiera cotizado por todo el tiempo trabajado habría podido acceder a la jubilación anticipada a los 64 años. No obstante, al no contar con los años cotizados, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) le denegó esta posibilidad.

Sin embargo, gracias al trabajo de APPRECE se consiguió que, a través de la vía judicial, se reconocieran esos años no cotizados entre 1984 y 1998, lo que le ha permitido acceder a la jubilación anticipada.

La sentencia, ya firme, reconoce el derecho de la profesora a que se contabilicen esos años de servicio a efectos de su jubilación anticipada voluntaria, lo que marca un precedente importante para otros profesores de religión en situación similar.

APPRECE entiende que "esta sentencia es un gran paso hacia la justicia para muchos compañeros que han trabajado con dedicación durante años, pero que por diversas circunstancias no vieron reflejados esos años en su cotización a la Seguridad Social. Gracias a esta victoria, se logra un precedente que permitirá que más profesores puedan acceder a sus derechos de jubilación anticipada".

 

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