Por todos es conocida la manifestación realizada por el Gobierno
de PSOE y Unidas Podemos: «La asignatura de religión será de carácter
voluntario para los estudiantes, sin que haya una asignatura alternativa ni la
nota sea computable a efectos académicos».
A tenor de ello, distintos sindicatos de este colectivo se han
mostrado presurosos para señalar su compromiso con el profesorado de Religión:
unos apostando por una nueva asignatura aconfesional, otros por un remix
desatinado, también los hay que celebran la proporcionalidad para el cómputo
académico de la asignatura (sic), sin saber cómo va a quedar.
Entendemos que yerran todos ellos, porque no es el momento actual
para reivindicar una nueva asignatura aconfesional, ni de hacer remix
ante un desarrollo normativo desconocido, ni de arrinconar la asignatura en
orden a su cómputo y proporcionalidad horaria. Creemos que hay que consignar
las razones jurídicas de «La asignatura de Religión y su anclaje en la escuela
pública».
Por ello hemos redactado un amplio informe jurídico que hemos
trasladado a diputados presentes en la Comisión de Educación y Formación
Profesional del Congreso. No son meras palabras ni ocurrencias peregrinas, sino
el sustento legal de esta asignatura. Para ello hemos abordado:
I. La normativa internacional más
importante respecto a la libertad de enseñanza y el derecho a la educación.
II. Los orígenes curriculares de la
actual asignatura de Religión.
III. La disposición adicional segunda,
enseñanza de la Religión, en la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, de educación (LOE) y en la Ley Orgánica 8/2013, de
9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE).
IV. El proyecto de Ley Orgánica por la
que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de educación (LOMLOE).
V. Voluntariedad y asignatura
alternativa o espejo.
VI. La asignatura de Religión no
computable a efectos académicos: laicidad y efectos.
VII. Condiciones equiparables a las demás
disciplinas fundamentales.
VIII. Conclusiones.
Estos
considerandos, como los argumentos incontestables y definitivos que aportamos
en su día a la Conferencia Episcopal Española para frenar las disminuciones
horarias en algunas CCAA, pueden servir de gran ayuda si los toman en
consideración, aunque no desconocemos las posturas y las fuerzas
parlamentarias.
Llegado
el momento, y si no hay otro remedio, nos encontrarán en los tribunales.
Un cordial saludo,
USIT-EP
Fuente: vía email
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