Como
gusta decir al presidente del Gobierno últimamente –es su latiguillo de
verano– la ley está para cumplirse. Efectivamente así es, y además para
el fin para el que fueron creadas las mismas, y no para hacer un uso
torticero, desviado o interesado de ellas.
Dentro
de las normas obligatorias se encuentran también los pactos y convenios
internacionales, a los que la propia Constitución española otorga
rango, un papel muy relevante para la interpretación de los derechos
fundamentales. Entre los múltiples pactos internacionales firmados por
el Reino de España se encuentra los acuerdos con la Santa Sede de 1979, y
entre ellos el de enseñanza y asuntos culturales que entre otras cosas
exige que la asignatura de Religión sea de oferta obligatoria, aunque de
elección voluntaria, en todos los niveles y especialidades de las
enseñanzas preuniversitarias, y que además, para aquellos que las
escojan, la asignatura sea calificada y evaluada como las de mayor
importancia (disciplinas fundamentales dice el convenio), es decir que
compute para todas las medias oficiales de cara al acceso a la
universidad por ejemplo.
Pues bien, está
obligación legal que se impone a todos los poderes públicos españoles
viene siendo objeto de innumerables incumplimientos desde hace muchos
años, y corre el serio peligro de que en los próximos meses de ser
definitivamente noqueada o gravemente capitidisminuida.
El
primer incumplimiento tiene que ver con el hecho de que se haya
excluido total y absolutamente de este ámbito a las enseñanzas de
formación profesional; no se qué razón pueda existir para que los
estudiantes de electricidad, peluquería, automoción, sistemas
informáticos en red, o matricería y moldes, no tengan derecho a optar
por una formación tan vital como es la religiosa; pero lo cierto es que
de esto no tiene la culpa sólo el actual Gobierno, sino también es
atribuible a todos los que le antecedieron, de todos los signos
políticos. Lo acuerdos Iglesia-Estado a los que nos acabamos de referir
expresamente incluyen los estudios de formación profesional dentro de su
ámbito. La Ley está para cumplirla.
El
segundo incumplimiento tiene que ver con el hecho de que, de facto, en
algunas CCAA, entre las que destacan País Vasco y Cataluña, se lleve
años sin ofrecer la asignatura de Religión en la escuela pública, sin
que la alta inspección del Estado en materia educativa haya hecho nada
por remediar este grave incumplimiento legal, algo parecido a lo que
sucede con la enseñanza de un número mínimo de asignaturas en idioma
español. Pero también es cierto que esto lleva años sucediendo. La Ley
está para cumplirla.
Podríamos hablar
también de la reducción de horas a la mínima expresión de la asignatura
de Religión, pero eso es largo de explicar y además en este campo la
jurisprudencia ha sido contradictoria.
Interesa
ahora analizar cómo está quedando la situación con el desarrollo
normativo posterior a la llamada ley Celaá, la que, como se sabe,
modificó a finales de 2020 la Ley Orgánica de Educación.
La
Ley Celaá se limita a decir que enseñanza de la religión católica se
ajustará a lo establecido en el Acuerdo sobre Enseñanza y Asuntos
Culturales suscrito entre la Santa Sede y el Estado español, declaración
que hace extensiva al resto de las confesiones con las que el estado ha
firmado acuerdos semejantes. Bonita declaración que como veremos a
continuación tiene poco que ver con el desarrollo normativo posterior.
Los
distintos decretos estatales que han regulado recientemente las
llamadas enseñanzas mínimas de primaria, ESO y Bachillerato, han
regulado la oferta de la asignatura de religión de tal medida que se va a
dificultar enormemente la elección de esta materia por parte de las
familias.
De momento le resta valor haciendo
que la misma no compute a los efectos de la obtención de las medias
oficiales, y después elimina la llamada asignatura espejo, es decir la
asignatura que debería ofrecerse junto a la de religión para que así las
familias puedan hacer una elección sencilla y clara. En el pasado esta
asignatura fue ética, y bien podría ser filosofía, historia o cultura de
las religiones, que es precisamente la posibilidad que prevé la Ley
Orgánica de Educación después la reforma Celaá. Pero desgraciadamente
está no ha sido la opción elegida por los citados reglamentos de
desarrollado, que han optado por una solución harto compleja que va a
permitir a las CCAA hacer de su capa un sayo. Haced la ley que yo haré
lo reglamentos decía el Conde Romanones. La Ley está para cumplirla.
Pues
bien, la alternativa que prevén estos reglamentos de enseñanzas mínimas
a la asignatura de Religión esta descrita de un modo muy ambiguo y
alambicado; para los alumnos que no opten por la asignatura de religión,
los centros escolares deben prever medidas de atención educativa, que
tengan por objeto el desarrollo de los elementos transversales de las
competencias a través de la realización de proyectos significativos y
relevantes y de la resolución colaborativa de problemas, reforzando la
autoestima, la autonomía, la reflexión y la responsabilidad, y que vayan
a dirigidas a reforzar los aspectos más transversales del currículo,
favoreciendo la interdisciplinariedad y la conexión entre los diferentes
saberes. Medidas, proyectos, transversalidad…; términos muy abstractos
que van a ser objeto de desarrollo muy diverso por las CCAA que son las
que deben desarrollar los decretos de enseñanzas mínimas. Todo con
muchas comillas porque los decretos de enseñanzas mínimas son de todo
menos mínimos, y regulan todos los aspectos educativos con enorme
exhaustividad.
Los avances de la legislación
autonómica que van llegando, y a los que habrá que estar muy atentos,
no pintan nada bien en los que se refiere al ejercicio de este derecho
fundamental de las familias de optar por la asignatura de religión; o
bien se limitan a reproducir el mismo texto estatal, dejando para
posteriores circulares o resoluciones administrativas el como se
concreta ese proyecto «transversal» que deberá ser la alternativa a la
religión, o incluso avanzan que la religión será una asignatura
adicional, extra, que no tendrá espejo, que sólo cursarán los que la
pidan, quedando los demás libres para ir al patio –o al móvil–, o irse a
casa; y ello además de no computar para las medidas oficiales. La Ley
está para cumplirla.
La escuela privada y
quizás en alguna medida la concertada, puedan ir solucionado el problema
convirtiendo en asignatura alternativa los proyectos transversales,
pero el ejercicio del derecho a optar por la asignatura de Religión cada
vez es más difícil en la escuela pública, y el sector privado no puede
dar la espalda a esta realidad, tratando de paliar su problemática
particular únicamente.
Finalmente, una
palabra por el momento para resaltar que la enseñanza de la religión
cristina, la historia de las religiones, y la filosofía en general es
algo intrínsecamente bueno, por no decir esencial para la persona; la
finitud de la vida del hombre es un misterio y esta verdad es una
realidad inevitable; los hombres desde siempre han dedicado gran parte
de su pensamiento a intentar encontrar explicación lógica a lo
inescrutable; privar a los estudiantes de esta serie de reflexiones es
sin lugar a duda limitarles gravemente. La Iglesia fundada por Dios
encarnada en Cristo, está ligada de modo inseparable de la vida de las
sociedades occidentales, ha sido uno de los fundamentos de su desarrollo
cultural y social; prescindir de ello, como si fuera una asignatura
más, sin ni siquiera capacidad de elección, o haciendo la misma muy
complicada, supone también privar a los jóvenes de armas poderosas para
formarse y crecer como personas sabias y de bien.
Y
por último, la religión no puede ser objeto de adoctrinamiento, y el
que lo intente se equivoca gravemente, y los resultados serán los
distintos a los deseados, ya que una cosa es conocer las respuestas que
dan las religiones, y en concreto la cristiana católica, al misterio de
vida del hombre, y otra muy distinta el despertar del sentimiento
religioso, que, como el enamoramiento, por ser tan personal, no puede
ser de ninguna manera objeto de coerción, o brota del corazón o nunca
surgirá por mas doctrina, teología y dogmática que se aprenda; las
vías para una pastoral de encuentro con Jesús, nada tienen que ver con
la enseñanza de la asignatura de Religión, en todo caso correrán
paralelas.
- Fernando Lostao Crespo es abogado, doctor en Derecho y director de la Fundación Cultural Ángel Herrera Oria
Fuente: https://www.eldebate.com/sociedad/20220812/ensenanza-asignatura-religion-ley-esta-cumplirla_54269.html
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