El subsecretario del Ministerio de Educación y Formación Profesional, Fernando Gurrea, explicó este martes que el recorte de la jornada laboral a más de 200 profesores de Religión en Ceuta, Melilla y Aragón está amparado por la ley.
Así respondió este letrado especializado en derecho administrativo a los docentes que denuncian haber sufrido un recorte de entre el 30 y el 40 por ciento de su jornada laboral después de que la cartera que dirige Isabel Celàa resolviera a partir de este curso retribuir a los profesores sólo las horas que dedican a dar la clase de Religión. La reclamación de estos docentes está en manos de los tribunales.
Según recordó, la jornada laboral de estos profesores «siempre ha estado supeditada a la demanda de las horas de Religión». «La asignatura es de oferta obligatoria pero su cursado es voluntario. De ahí que surjan fluctuaciones en la dedicación laboral de los profesores. Un año hay una demanda de un millón de alumnos y al siguiente son 700.000», indicó Gurrea.
Estos vaivenes en el número de alumnos impide al Ministerio «pagar una jornada a tiempo completo cuando un profesor no tiene todas las horas de clase porque estaríamos incurriendo en un delito de prevaricación o malversación de caudales públicos», señaló. Según recordó, los profesores de esta materia «tienen una cláusula en sus contratos que especifica que sus condiciones laborales pueden cambiar de acuerdo con las necesidades docentes».
El subsecretario también explicó que una sentencia del Tribunal Supremo del año 2010 estableció que estos trabajadores «sólo pueden impartir el área específica para la que han sido contratados». «Los profesores de Religión no tienen estatuto docente. No pueden pretender lo que están demandando: dar clases de Educación Física o Matemáticas. Si quieren dar clases de otra cosa que aprueben las oposiciones», señaló.
Los profesores de Melilla denuncian, sin embargo, que el pasado 20 de septiembre --con el curso ya iniciado-- les entregaron modificaciones horarias donde se les comunicaba una reducción de jornada a la mayoría de los compañeros y dejaban de desempeñar --como venían realizando en años anteriores-- otras funciones para compensar el desfase entre las horas lectivas impartidas y la jornada laboral a tiempo completo.
Desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica de Mejora de la Calidad Educativa (Lomce) en el curso 2014-15, la asignatura ha sufrido recortes de horarios en varias comunidades autónomas, ya que la norma deja en manos de las autonomías la carga lectiva de las asignaturas específicas, entre ellas, la de la clase de Religión. En el caso de Ceuta y Melilla, por ejemplo, la materia ha pasado de dos sesiones de 55 minutos por curso en Primaria e Infantil a una sesión de solo 45 minutos.
El Ministerio de Educación tiene las competencias educativas en Ceuta y Melilla, pero además controla los contratos y las nóminas de los profesores de Religión en Aragón, Cantabria, Andalucía y Canarias.
De acuerdo a la disposición adicional tercera de la LOE y al régimen especial del profesorado que regula el Real Decreto 696/2007, el régimen laboral del profesorado de Religión es el de contratado laboral a tiempo completo o parcial con una retribución equiparable a los interinos de su nivel educativo.
Fuente: https://www.abc.es/sociedad/abci-educacion-avisa-profesores-religion-recorte-jornada-legal-201911060138_noticia.html
Nota del blogger:
Ningún docente de religión quiere dar otras clases, pero sí pueden acometer actividades educativas que no sean competencia exclusiva de funcionarios. Aquí no se pone en cuestión si se oferta o no, si respeta el derecho de los padres o no. La cuestión es más sencilla: ¿Quién debe decidir el horario mínimo necesario de Religión para toda España? ¿Puede haber diferencias entre las comunidades? Esta regulación desigual del horario entre comunidades, ¿respeta los Acuerdos Iglesia-Estado? ¿Puede un acuerdo internacional "interpretarse" por cada administración autonómica?... Y la primera pregunta que debería responder el Sr. Subsecretario: ¿Por qué han cambiado la fórmula que permitía mantener las horas de contrato al profesorado de Religión de Ceuta y Melilla y que tenía el visado del Servicio de Inspección y visto bueno de los sindicatos en el trámite de audiencia? Han creado un problema donde existía una solución, además, exportable a otras comunidades de la nación.
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Así respondió este letrado especializado en derecho administrativo a los docentes que denuncian haber sufrido un recorte de entre el 30 y el 40 por ciento de su jornada laboral después de que la cartera que dirige Isabel Celàa resolviera a partir de este curso retribuir a los profesores sólo las horas que dedican a dar la clase de Religión. La reclamación de estos docentes está en manos de los tribunales.
Según recordó, la jornada laboral de estos profesores «siempre ha estado supeditada a la demanda de las horas de Religión». «La asignatura es de oferta obligatoria pero su cursado es voluntario. De ahí que surjan fluctuaciones en la dedicación laboral de los profesores. Un año hay una demanda de un millón de alumnos y al siguiente son 700.000», indicó Gurrea.
Estos vaivenes en el número de alumnos impide al Ministerio «pagar una jornada a tiempo completo cuando un profesor no tiene todas las horas de clase porque estaríamos incurriendo en un delito de prevaricación o malversación de caudales públicos», señaló. Según recordó, los profesores de esta materia «tienen una cláusula en sus contratos que especifica que sus condiciones laborales pueden cambiar de acuerdo con las necesidades docentes».
El subsecretario también explicó que una sentencia del Tribunal Supremo del año 2010 estableció que estos trabajadores «sólo pueden impartir el área específica para la que han sido contratados». «Los profesores de Religión no tienen estatuto docente. No pueden pretender lo que están demandando: dar clases de Educación Física o Matemáticas. Si quieren dar clases de otra cosa que aprueben las oposiciones», señaló.
Está en los contratos
También precisó que el porcentaje de horas que dedican a tareas complementarias --como hace el resto del claustro--, como la atención de la biblioteca, apoyo escolar o guardias en los recreos siguen estando contempladas en sus contratos.Los profesores de Melilla denuncian, sin embargo, que el pasado 20 de septiembre --con el curso ya iniciado-- les entregaron modificaciones horarias donde se les comunicaba una reducción de jornada a la mayoría de los compañeros y dejaban de desempeñar --como venían realizando en años anteriores-- otras funciones para compensar el desfase entre las horas lectivas impartidas y la jornada laboral a tiempo completo.
Desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica de Mejora de la Calidad Educativa (Lomce) en el curso 2014-15, la asignatura ha sufrido recortes de horarios en varias comunidades autónomas, ya que la norma deja en manos de las autonomías la carga lectiva de las asignaturas específicas, entre ellas, la de la clase de Religión. En el caso de Ceuta y Melilla, por ejemplo, la materia ha pasado de dos sesiones de 55 minutos por curso en Primaria e Infantil a una sesión de solo 45 minutos.
El Ministerio de Educación tiene las competencias educativas en Ceuta y Melilla, pero además controla los contratos y las nóminas de los profesores de Religión en Aragón, Cantabria, Andalucía y Canarias.
De acuerdo a la disposición adicional tercera de la LOE y al régimen especial del profesorado que regula el Real Decreto 696/2007, el régimen laboral del profesorado de Religión es el de contratado laboral a tiempo completo o parcial con una retribución equiparable a los interinos de su nivel educativo.
Fuente: https://www.abc.es/sociedad/abci-educacion-avisa-profesores-religion-recorte-jornada-legal-201911060138_noticia.html
Nota del blogger:
Ningún docente de religión quiere dar otras clases, pero sí pueden acometer actividades educativas que no sean competencia exclusiva de funcionarios. Aquí no se pone en cuestión si se oferta o no, si respeta el derecho de los padres o no. La cuestión es más sencilla: ¿Quién debe decidir el horario mínimo necesario de Religión para toda España? ¿Puede haber diferencias entre las comunidades? Esta regulación desigual del horario entre comunidades, ¿respeta los Acuerdos Iglesia-Estado? ¿Puede un acuerdo internacional "interpretarse" por cada administración autonómica?... Y la primera pregunta que debería responder el Sr. Subsecretario: ¿Por qué han cambiado la fórmula que permitía mantener las horas de contrato al profesorado de Religión de Ceuta y Melilla y que tenía el visado del Servicio de Inspección y visto bueno de los sindicatos en el trámite de audiencia? Han creado un problema donde existía una solución, además, exportable a otras comunidades de la nación.
Seguro que hay muchas más que se te ocurren... Te animo a que las compartas a modo de comentarios a este post.
Noticias así desaniman,ser profesor de religión requiere además de formación una apuesta personal firme, más que nada para sentirte seguro ante los múltiples ataques, cuándo se tambalean nuestras condiciones cada vez que hay cambios políticos la situación se complica más, esperemos que se respete la libertad de elección de profesión y que se garanticen nuestros trabajos tan dignos cómo cualquier otros.
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