EL TSJA (SEDE SEVILLA) SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. SECCIÓN TERCERA. RECURSO Nº 366/15
Parte actora:
Archidiócesis de Granada y Sevilla y las diócesis de Córdoba, Jaén,
Málaga, Cádiz-Ceuta, Huelva, Almería, Asidonia-Jerez y Guadix-Baza.
Parte demandada: la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía.
Parte interesada: la Asociación Profesional de Profesores de Religión en Centros Estatales (APPRECE)
Objeto del Recurso: determinar
la conformidad o disconformidad a derecho de la Orden de la Consejería
de Educación de la Junta de Andalucía de 17-03-2015 (BOJA de 27-03-15)
que desarrolla el curriculo de educación primaria en Andalucía en lo relativo a la configuración y CARGA LECTIVA de la asignatura de religión.
El
RECURSO DE APPRECE SE CENTRA EN LA POSIBILIDAD DE LOS DIRECTORES PARA
REDUCIR LAS HORAS DE RELIGION, QUE OTORGABA LA ORDEN ANULADA.
Fallo de la Sentencia: Que
debemos estimar, y estimamos, el recurso contencioso-administrativo
interpuesto contra la Orden citada en el primer fundamento de derecho de
esta sentencia, que declaramos nula, condenando a la Administración
expresamente en costas.
¿Por qué sólo recurrieron la Orden, las 10 Diócesis andaluzas y el Sindicato APPRECE?...
a) Que responda cada uno de los sindicatos que dicen que defienden al profesorado de religión...
b)
APPRECE tiene su opinión, pero se la reserva, de momento, para
disfrutar de que en el Estado de Derecho, sea la Justicia la que te diga
que estás más cerca de la Ley, que otros...
¿Todos los Recursos son iguales?. NO.
a)
Hay quien recurre para que se oferten obligatoriamente las enseñanzas
de religión y sean de libre opción para el alumnado, porque opinan que
la oferta no está asegurada.
b)
Y hay quien piensa que la oferta obligatoria, de acuerdo con la Ley
vigente, está asegurada, en la Educación Infantil, en la Educación
Primaria, en la Educación Secundaria Obligatoria (ESO) y en el
Bachillerato...Esta es la opinión de APPRECE.
¿Por qué APPRECE ha puesto este Recurso?.
Porque
no comparte que un Director/a pueda reducir las horas de Religión, ni
con apoyo del Claustro, ni con apoyo del Consejo Escolar.
Por eso
recurrió la normativa del Bachillerato, y vio que la Consejería de
Educación, la ha regulado perfectamente y APPRECE se lo ha agradecido
públicamente y ha felicitado a la Consejería por su trabajo bien hecho: la
Religión es ofertada obligatoriamente en todos los centros de Andalucía
donde se imparten las diferentes modalidades de Bachillerato; tiene una
ÚNICA alternativa que es Educación para la Ciudadanía y Derechos
Humanos y se oferta, tanto en 1º de Bachillerato como en 2º de
Bachillerato. Un modelo perfecto para España y para que sea imitado en algunas Comunidades Autónomas, que lo han regulado mal.
APRECE
Recurrió la reducción de una hora de religión en 3ª de la ESO y el TSJA
también ha anulado la Orden de la Educación Secundaria Obligatoria
(ESO).
APPRECE
Recurrió la Orden que posibilitaba a los Directores de los centros de
la Educación Primaria, a que pudieran reducir los HORARIOS DE RELIGION
EN PRIMARIA, hasta en un 50 %.
Y,
si la Consejería de Educación, respeta y ejecuta estas dos últimas
sentencias del TSJA, manteniendo los 90 minutos en cada uno de los 6
cursos de la Educación Primaria o en cada uno de los tres ciclos, 3
horas en cada ciclo y Andalucía también sería un modelo de organizacion de las enseñanzas de religión en Primaria para toda España. Y,
si en la ESO, pone 2 horas en el curso 1º, dejando una hora en 3º de la
ESO, respetando las 5 horas totales para el desarrollo del curriculo de
religión en los 4 cursos de la ESO, Andalucía también sería un modelo de organización de las enseñanzas de religión en la ESO para toda España.
¿Es
esto posible?. En APPRECE pensamos que lo es. Y, además, creemos que
nuestros políticos van a estar a la altura que a todos nos exigen las
sociedades abiertas y plurales.
¿Hay
razones para ello?. En los Recursos de APPRECE hay fundamentos legales y
argumentos razonables más que suficientes para que podamos convivir en
Paz en la Escuela de TODOS y para TODOS.
APPRECE
se congratula de la Sentencia del Recurso de Primaria, que también es
el suyo, y felicita a las 10 Diócesis de Andalucia.
Andalucia, 31 de Mayo de 2018 Archivos adjuntos:
Fuente: http://www.apprece-a.es/vernoticia.php?id=839
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