Blog del Profesorado de Religión Católica: ¿Qué hacer con el alumnado de la ESO que no curse religión católica?

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martes, 23 de agosto de 2022

¿Qué hacer con el alumnado de la ESO que no curse religión católica?


¿Cómo mantener ocupados este próximo curso al alumnado de la ESO que no curse Religión Católica y, a la vez, cumplir con lo que se indica en la nueva Ley Educativa? Esta es una de las dudas que trae el nuevo curso escolar. Será a partir de septiembre cuando comenzarán a implantarse algunas medidas incluidas en la Ley Orgánica de Modificación de la LOE, es decir, en la LOMLOE. Una de ellas, y que afecta de lleno a Melilla y más concretamente al alumnado de algunos cursos de Secundaria, consiste en que la materia de Religión Católica no tendrá lo que se denomina una ‘asignatura espejo’. Hasta ahora, los escolares podían elegir en la ESO o cursar Religión Católica o cursar su alternativa, denominada Valores Éticos. Ambas materias tenían en nuestra ciudad una carga lectiva de una sesión a la semana (en otras comunidades, como por ejemplo en Madrid, se llegan a impartir dos horas semanales) y eran totalmente evaluables a cualquier efecto: es decir, había que aprobarlas como el resto por ejemplo a efectos de ser tenidas en cuenta para pasar de un curso a otro. Sin embargo, en el curso 2022-2023, la LOMLOE se implanta en los cursos impares; si hablamos de los institutos, en primero y tercero de la ESO y en primer curso de Bachillerato. Los estudiantes que así lo deseen pueden seguir recibiendo clases de Religión Católica como hasta ahora. Pero los que no, tendrán una hora que en la nueva ley se denomina Atención Educativa. Poco más se aclara sobre qué se puede hacer y qué no en este tiempo.. Si nos fijamos en otras Comunidades Autónomas, y bajo ese título de Atención Educativa donde parece que todo cabe, cual cajón de sastre, se ha planteado aprovechar esa hora para hacer deporte libre, para llevar a cabo acciones ambientales, para trabajar valores transversales como la sostenibilidad o la igualdad o simplemente para que los escolares estudien de forma autónoma. Porque lo que la Ley deja claro es que no se puede avanzar en ninguna materia, incluir nuevos contenidos de la asignatura que sea o repasar contenidos de otras disciplinas. Pero tienen que recibir atención educativa y, por supuesto, los escolares siempre estarán bajo supervisión docente.

Autoestima y autonomía

El Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria, en su disposición adicional primera. Enseñanzas de religión, indica textualmente: “Los centros docentes dispondrán las medidas organizativas para que los alumnos y alumnas cuyos padres, madres, tutores o tutoras no hayan optado por que cursen enseñanzas de religión reciban la debida atención educativa. Esta atención se planificará y programará por los centros de modo que se dirijan al desarrollo de los elementos transversales de las competencias a través de la realización de proyectos significativos y relevantes y de la resolución colaborativa de problemas, reforzando la autoestima, la autonomía, la reflexión y la responsabilidad. En todo caso, las actividades propuestas irán dirigidas a reforzar los aspectos más transversales del currículo, favoreciendo la interdisciplinariedad y la conexión entre los diferentes saberes”. Para continuar indicando que “las actividades a las que se refiere este apartado en ningún caso comportarán el aprendizaje de contenidos curriculares asociados al conocimiento del hecho religioso ni a cualquier materia de la etapa”.

A primera o a última hora

También se habló en su día entre la comunidad educativa de que una posible solución pasaría por hacer coincidir las clases de Religión con una primera o una última hora del horario. Así se podría llegar a plantear a la Administración que los alumnos que no la cursen puedan ese día entrar una hora más tarde o salir una hora antes. Sin embargo, esta idea, de contar con el visto bueno correspondiente, podría llevarse a cabo quizás en el primer curso de Bachillerato, pero resulta inviable en los institutos de nuestra ciudad, que en su mayoría cuentan en la ESO con un gran número de líneas (clases por nivel). Aunque se quisiera, los números no salen. Los horarios no cuadran. Lo único que está claro es que quienes no vayan a clase de Religión Católica en la ESO permanecerán en el centro educativo pero faltará por concretar haciendo exactamente qué.

Religión sin evaluar

En este mismo documento también se recuerda que las administraciones educativas garantizarán al inicio de curso que los progenitores o los alumnos, en el caso de que sean ya mayores de edad, puedan manifestar su voluntad de recibir o no enseñanzas de religión. “La evaluación de las enseñanzas de la religión católica se realizará en los mismos términos y con los mismos efectos que las otras materias de la etapa”, se resalta, para señalar a continuación que la asignatura de Religión ya no será evaluable: “Con el fin de garantizar el principio de igualdad y la libre concurrencia, las calificaciones que se hubieran obtenido en la evaluación de las enseñanzas de religión no se computarán en las convocatorias en las que deban entrar en concurrencia los expedientes académicos, ni cuando hubiera que acudir a estos a efectos de admisión de alumnos y alumnas, para realizar una selección entre los solicitantes”. Por lo tanto, estos alumnos irán a clase de Religión católica y serán evaluados pero esa nota no se reflejará en su expediente, ya que el resto de sus compañeros de clase no tendrán calificación alguna de ese espacio de tiempo.

Fuente: https://elfarodemelilla.es/que-hacer-con-el-alumnado-de-la-eso-que-no-curse-religion-catolica/

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