Almería, 16 nov (EFE).- Un Juzgado de lo Social ha señalado para febrero de 2014 el juicio por la nueva demanda interpuesta contra el Obispado de Almería por la profesora de religión Resurrección Galera, cuyo despido hace once años tras casarse con un divorciado fue declarado nulo por el Tribunal Constitucional (TC).
La abogada de CCOO que representa a la docente, Amalia Robles, ha informado a Efe de que el juicio, que representa el inicio de un nuevo procedimiento, ha sido fijado para el 25 de febrero de 2014 en el Juzgado de lo Social número 1 de Almería.
La nueva demanda laboral contra el Obispado, así como contra el Ministerio de Educación y la Consejería del ramo, que no dieron respuesta a una reclamación previa, fue interpuesta después de que el órgano eclesiástico remitiera a la docente a principios de septiembre un burofax en el que se le informaba de que no cuenta con la "missio canonica" que otorga la Iglesia para certificar la idoneidad de los profesores a la hora de ser contratados por el Ministerio de Educación.
La docente, que en 2001 no fue renovada por decisión de la autoridad eclesiástica tras casarse con un divorciado, considera que el hecho de que el Obispado mantenga su rechazo a su contratación para este curso es una nueva discriminación, ya que los juzgados le dieron recientemente la razón después de que el Constitucional le concediera amparo y reconociera su derecho a no sufrir discriminación por sus circunstancias personales, así como a la libertad ideológica y a la intimidad personal y familiar.
El Constitucional argumentó, en una sentencia conocida en abril de 2011, que el hecho de que Resurrección Galera se casara con un divorciado "no guarda relación con la actividad docente desempeñada por la demandante, pues no afecta a sus conocimientos dogmáticos o a sus actitudes pedagógicas".
No obstante, tras conocer la interposición de la nueva demanda, el pasado 19 de septiembre, la representación legal del Obispado advirtió de que mantendrá su postura respecto a la contratación del profesorado de religión "hasta el final", ya que su "derecho" a elegir a los docentes para impartir esta asignatura está avalado por Acuerdo entre el Estado Español y la Iglesia Católica.
De hecho, el Obispado presentó en marzo un recurso de amparo ante el Constitucional en el que defiende que es "enteramente constitucional el hecho de que no pueda impartir religión y moral católicas quien no profesa voluntariamente los dogmas de esta fe religiosa".
Al margen del nuevo proceso, las partes están pendientes de que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) resuelva los recursos de suplicación presentados por el Ministerio y la docente contra el auto de ejecución de una sentencia firme dictada por el Juzgado de lo Social número 3 de Almería, que ordenaba su readmisión y el pago de los salarios que dejó de percibir.
El juzgado declaró la nulidad del despido en mayo del pasado año después de que el TC concediera amparo a la profesora.
No obstante, el auto de ejecución, dictado a finales del pasado abril y que ordenaba la readmisión de la profesora solo hasta el 31 de agosto (fecha en que finalizaba el pasado curso), no satisfizo las pretensiones de ninguna de las partes, tanto en lo relativo a la readmisión como en las cuantías a percibir, por lo que fue objeto de nuevos recursos.
Fuente: http://www.ideal.es/agencias/20121116/local/almeria/juzgado-fija-para-2014-nuevo_201211161714.html