Blog del Profesorado de Religión Católica: LA VERDAD ES LA QUE NOS HACE LIBRES Y PONE A CADA UNO EN SU LUGAR

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lunes, 23 de septiembre de 2013

LA VERDAD ES LA QUE NOS HACE LIBRES Y PONE A CADA UNO EN SU LUGAR

CONVIENE QUE SE CONOZCAN ESTOS DATOS
PORQUE EL RECONOCIMIENTO DEL DERECHO AL COBRO DE LOS TRIENIOS DEL PROFESORADO DE RELIGIÓN DE INFANTIL Y PRIMARIA POR LA AUDIENCIA NACIONAL SE HA DEBIDO PRINCIPALMENTE A LAS ACTUACIONES DEL PROPIO MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y A LAS ACTUACIONES DE LAS DELEGACIONES DIOCESANAS DE ANDALUCÍA NO RESPONDIENDO A LOS REQUERIMIENTOS DE LA AUDIENCIA NACIONAL A PETICIÓN DEL SINDICATO USO

1. Los Obispados de Andalucía recibieron este requerimiento de la Audiencia Nacional:

AUDIENCIA NACIONAL - SALA DE LO SOCIAL
Calle: Goya 14. 1• Pta 280 01 Madrid
Nº AUTOS: 379/2012.
MATERIA: CONFLICTO COLECTIVO
En virtud de lo acordado en resolución de esta misma fecha en los autos seguidos a instancia de la representante  legal de la Confederación Unión Sindical Obrera (USO) contra  el MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE en materia de conflicto colectivo, dirijo el presente a fin de que remita a  esta Sala de lo Social, a la mayor brevedad posible dado que los actos de conciliación y en su caso juicio se encuentran señalados para el próximo día 28 de febrero de 2013, los nombramientos de los profesores de religión que imparten dicha asignatura en los Centros de Educación Infantil y Primaria, así como que, por parte de los indicados Obispados se emita Certificación en la que se indique la fecha en la que, en su circunscripción, los citados profesores de Religión han comenzado a impartir la asignatura de Religión.
                                     En Madrid a 22 de enero de 20 13
                                         LA SECRETARIA JUDICIAL
  
2. USO, en su demanda "convertía en EMPRESAS a los Obispados" que  NOMBRAN a los profesores (no dice que se trate de la PROPUESTA del Ordinario para que sea la Administración la que los nombre) y pidiendo, además, CERTIFICACIONES con la fecha de antigüedad de cada uno.
La antigüedad en la Administración la tienen que certificar los Delegados de Personal o de Recursos Humanos, como le llaman ahora.

3. ¿Qué hubiera ocurrido en la Audiencia Nacional si los Obispados, que no son los empresarios, hubieran enviado las Certificaciones que pedía USO?...
Por eso, muy acertadamente, los Delegados Diocesanos se pusieron de acuerdo y no enviaron nada, para dejar claro que el EMPRESARIO del profesorado de religión es el Ministerio de Educación, no los Obispados.
4. Y la Audiencia Nacional le solicitó al Ministerio de Educación, a petición de USO, que le enviara las nóminas de los años 2011 y 2012.
Si el Ministerio de Educación hubiera enviado a la Audiencia Nacional las nóminas de los años 2011 y 2012, los Jueces hubieran observado que el Ministerio estaba pagando los trienios, con lo que la demanda de USO sobraba.
Pero el Ministerio, en lugar de las nóminas, envio a la Audiencia Nacional la siguiente Certificación:
D.Jaime Rodriguez de Rivera y Sanz, Subdirector General de Personal del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte,
CERTIFICA:
Que los profesores que imparten la enseñanza de la religión en los centros públicos de las Comunidades Autónomas de Andalucía, Aragón, Cantabria y Canarias, así como en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, contratados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, perciben las mismas retribuciones que los funcionarios inteinos del mismo nivel educativo dependiente de este Departamento, excluido el complemento por antigüedad.
El presente certificado se expide a petición de la Audiencia Nacional, Sala de lo Social, Nº de Auto 379/2012, en Madrid, a siete de marzo de dos mil trece.
5. Esta Certificación es la que permitió el pronunciamiento positivo de la Audiencia Nacional reconociendo el derecho al cobro de los trienios del profesorado de religión, dependiente del Ministerio de Educación.
Porque, desde el 14 de febrero de 2008, el Ministerio está pendiente de reconocer el complemento de antigüedad a los profesores de religión a los que sea de aplicación el Real Decreto 696/2007, de 1 de junio, pero hay sindicatos que con sus demandas judiciales individuales de sus afiliados se lo vienen impidiendo.
Por eso todavia no existen Resoluciones Administrativas del Ministerio en las que se les hayan reconocido los trienios a los profesores de religión depenientes del Ministerio, aunque los estén cobrando.
Y, por tanto, no se puede cumplir el plan previsto por el Ministerio, firmado el 14 de febrero de 2008, que dice:
"Por su parte, cada profesor de religión, una vez reciba el reconocimiento de servicios prestados y los trienios que se le acreditan, si tuviere períodos de tiempo anteriores al 1 de enero de 1999 podrá solicitar el reconocimiento de dichos períodos previa aportación de la documentación que lo justifique, lo que podría dar lugar a una modificación de los reconocimientos efectuados".
  
6. Si todavía no se ha recibido el reconocimiento de servicios prestados y los trienios que se le acreditan de los años posteriores al 1 de enero de 1999...¿Cómo se van a reconocer los años anteriores al 1 de enero de 1999?...
Hay quien solo busca el "dinerito"...y el sindicato lo que busca es que se le apunten muchos profesores de religión...
Lo del reconocimiento oficial, mediante Resolución Administrativa del reconocimiento de los servicios prestados a la Administración y la acreditación escrita de los trienios...a la vista de lo que están haciendo algunos sindicatos no es para los de religión...
  
¿Cuando algunos sindicatos van a reconocer el DAÑO que están haciendo al colectivo cuando solo se preocupan del "dinerito" y de hacer afiliados?...
El Ministerio anunció a los sindicatos, en el mes de mayo de 2013, que los Letrados del Estado estaban estudiando el tema del reconocimiento de los trienios del profesorado de religion con los Jueces de la Audiencia Nacional para aplicar la sentencia y el Ministerio actuaría de acuerdo con dicho informe juridico.
¿Por qué hay sindicatos que no respetan los procedimientos del Estado de Derecho y esperan a conocer el informe juridico de los Abogados del Estado?...
APPRECE quiere y busca la solución legal del reconocimiento del complemento de antigüedad para TODOS los profesores de religión de Educación Infantil y Primaria, dependiente del Ministerio de Educación. Por eso viene actuando de forma coherente desde el año 2008, facilitando con sus actuaciones que el Ministerio pueda, por fin, dictar las Resoluciones Administrativas que reconozcan a cada profesor de religion sus trienios, cosa que sigue pendiente de hacer el Ministerio, aunque esté pagando los de algunos años.
  
                           Andalucía, 23 de septiembre de 2013

APPRECE Andalucía

1 comentario:

  1. . COMO DESARROLLAR INTELIGENCIA ESPIRITUAL
    EN LA CONDUCCION DIARIA

    Cada señalización luminosa es un acto de conciencia

    Ejemplo:

    Ceder el paso a un peatón.

    Ceder el paso a un vehículo en su incorporación.

    Poner un intermitente

    Cada vez que cedes el paso a un peatón

    o persona en la conducción estas haciendo un acto de conciencia.


    Imagina los que te pierdes en cada trayecto del día.


    Trabaja tu inteligencia para desarrollar conciencia.


    Atentamente:
    Joaquin Gorreta 55 años

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