EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NO RECURRE AL TRIBUNAL SUPREMO LA SENTENCIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL FAVORABLE AL RECONOCIMIENTO DE LOS TRIENIOS DEL PROFESORADO DE EDUCACIÓN INFANTIL Y EDUCACIÓN PRIMARIA NO TRANSFERIDO DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS DE ANDALUCÍA, ARAGÓN, CANARIAS y CANTABRIA Y LAS CIUDADES AUTÓNOMAS DE CEUTA Y MELILLA, POR LO QUE LA SENTENCIA YA ES FIRME
1. En archivo adjunto acompañamos la notificación a APPRECE en cuya Diligencia se comunica que la Sentencia de los Autos Nº 379/2012, sobre CONFLICTO COLECTIVO, interpuesto por USO y en el que se personó APPRECE y luego se personó CSIF, al no haberla recurrido el Ministerio de Educación, ha adquirido firmeza y, a partir de ahora, ya podemos hablar de su ejecución por parte del Ministerio
de Educación.
2. La Sentencia de la Audiencia Nacional defiende el derecho al reconocimiento de la antigüedad y cobro de trienios al Profesorado de Religión, dependiente del Ministerio de Educación. Gracias al Ministerio de Educación, que, al no haberla recurrido ante el Tribunal Supremo, permite la agilización del tema del cobro de los trienios, desde enero de 1999 en adelante, y, para los años anteriores al 1-1-1999, que interesan de forma especial, la Sentencia va a posibilitar la negociación para acordar un procedimiento administrativo, que permita solucionar un problema que viene arrastrando desde hace bastantes años una gran parte del
colectivo.
Lee la información completa y el archivo adjunto pinchando aquí
1. En archivo adjunto acompañamos la notificación a APPRECE en cuya Diligencia se comunica que la Sentencia de los Autos Nº 379/2012, sobre CONFLICTO COLECTIVO, interpuesto por USO y en el que se personó APPRECE y luego se personó CSIF, al no haberla recurrido el Ministerio de Educación, ha adquirido firmeza y, a partir de ahora, ya podemos hablar de su ejecución por parte del Ministerio
de Educación.
2. La Sentencia de la Audiencia Nacional defiende el derecho al reconocimiento de la antigüedad y cobro de trienios al Profesorado de Religión, dependiente del Ministerio de Educación. Gracias al Ministerio de Educación, que, al no haberla recurrido ante el Tribunal Supremo, permite la agilización del tema del cobro de los trienios, desde enero de 1999 en adelante, y, para los años anteriores al 1-1-1999, que interesan de forma especial, la Sentencia va a posibilitar la negociación para acordar un procedimiento administrativo, que permita solucionar un problema que viene arrastrando desde hace bastantes años una gran parte del
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