Blog del Profesorado de Religión Católica: Comentario de APPRECE-A a la nota informativa de CSIF

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domingo, 5 de mayo de 2013

Comentario de APPRECE-A a la nota informativa de CSIF

Ante la nota “informativa” de CSIF sobre la sentencia de la Audiencia Nacional favorable a la demanda de Conflicto Colectivo en la que se solicitaba el reconocimiento del derecho al cobro de trienios para los maestros/as de religión dependientes del Ministerio, debemos aclarar algunos aspectos porque se menciona expresamente o implícitamente a APPRECE-A.
Resulta llamativa tanta insistencia en nombrar a APPRECE, porque tratándose de una nota informativa sobre una sentencia judicial, al mencionar tanto al sindicato APPRECE, da la impresión de que el objetivo de la nota no es informar sino otro distinto. Tanto más cuando precisamente en Málaga se ha afirmado durante muchos años que APPRECE no era sindicato o que APPRECE había desaparecido y no existía. Muchos de vosotros sois testigos de estas afirmaciones lanzadas en distintas convocatorias del sindicato CSIF.
Volviendo al texto de dicha nota...
- La mala fe de la nota queda clara cuando, haciendo uso de términos técnicos judiciales, juega con los términos "demandada" y "demandante", como si APPRECE no llevara años defendiendo que al Profesorado de Religión, dependiente todavía del Ministerio de Educación, no solo se le paguen los trienios, como el Ministerio viene haciendo desde el año 2007, sino que se le reconociera el derecho al complemento de antigüedad y desde que comenzó a impartir clases de religión antes del año 1999. La defensa de este derecho es bastante más que cobrar trienios tal y como se viene haciendo ahora
y tiene que quedar plasmada en una Resolución del propio Ministerio de Educación.
- Por eso, en cuanto que en APPRECE tuvimos conocimiento de la demanda de Conflicto Colectivo, interpuesta ante la Audiencia Nacional, decidimos personarnos para seguir defendiendo las actuaciones que en favor del profesorado de religión viene haciendo APPRECE ante el Ministerio de Educación, sabiendo que los años anteriores al 1 de enero de 1999 son años "delicados" en lo que se refiere a las relaciones laborales por cuenta ajena.
- Al estar personados, la Audiencia Nacional entregó a APPRECE la Demanda y pudimos ver cómo la propia Audiencia Nacional había pedido a las Delegaciones Diocesanas certificaciones sobre la antigüedad del profesorado de religión e incluso nóminas de los dos últimos años. En APPRECE nos pareció un mal enfoque el que se implicara a las Delegaciones Diocesanas en una cuestión LABORAL que compete exclusivamente a la Administración Pública. ¿Saben en CSIF las razones por las que en la sentencia de la Audiencia Nacional no se habla de estas actuaciones documentales que ella misma había solicitado a las Delegaciones Diocesanas, ni tampoco se alude a los años anteriores al 1 de enero de 1999?...
- Precisamente, pensando en la defensa del derecho al complemento de antigüedad de todo el profesorado de religión, dependiente del Ministerio de
Educación, ya que este todavía no ha dictado una resolución en la que reconozca dicho derecho, en APPRECE decidimos reservar nuestros argumentos y el coste, para acudir al Tribunal Supremo, al que estábamos seguros tendría que acudir en Recurso de Casación la parte a la que no le favoreciera la sentencia de la Audieincia Nacional. Ya está todo preparado y decidido en APPRECE para lo que vamos a hacer, tras la sentencia citada, si el Ministerio la recurre ante el Tribunal Supremo.
- Como seguimos personados en el procedimiento, la Audiencia Nacional comunicará a APPRECE lo que haga el Ministerio de Educación.
- El sindicato USO, que es el que interpone la demanda de Conflicto Colectivo ante la Audiencia Nacional, en la que se persona APPRECE primero y luego lo hace CSIF, en su nota informativa lo hace de forma objetiva:“Sin embargo, desde FEUSO, bajo el convencimiento que dicha resolución no se ajustaba al marco legal que regula la relación laboral del profesorado de Religión, decidimos interponer -sin el apoyo de ningún otro sindicato e, incluso, con la oposición de algunos (finalmente se adhirieron dos)- una demanda de conflicto colectivo en la Audiencia Nacional” (ver: http://profesoradoreligion.blogspot.com.es/2013/04/nueva-sentencia-que-reconoce-el-derecho.html)
- Finalmente, la nota de CSIF habla de “sindicatos que ni siquiera fueron demandantes, ni estuvieron en el juicio, se han dado mucha prisa en informar e incluso en movilizar al colectivo para que vaya poniendo reclamaciones.
Por lo que respecta a APPRECE hay que decir que nunca ha llevado este tema del Reconocimiento del complemento de antigüedad por la vía judicial. En APPRECE siempre hemos abogado por la vía administrativa y así lo confirman las notas informativas publicadas y las referencias en sus boletines informativos: “Desde APPRECE, una vez más, abogamos por la negociación con el Ministerio de Educación, para resolver definitivamente todo lo relacionado con el reconocimiento de la antigüedad del Profesorado de Religión, dependiente del mismo, y, en particular de los años anteriores al 1 de enero del año 1999.” (véase punto 10 de la nota informativa de APPRECE-A http://profesoradoreligion.blogspot.com.es/2013/05/buen-paso-de-la-audiencia-nacional-si.html).
- Poner en duda, a estas alturas, que APPRECE no está interesada en la defensa de todos los derechos laborales y sindicales del profesorado de religión en Andalucia y en toda España, mueve a risa y quien ha redactado la nota de CSIF no informa, sino que "escupe odio" contra APPRECE, sin motivo objetivo alguno, lo que lamentamos sinceramente, porque, tratándose de un tema tan delicado como es el del reconocimiento de la antigüedad de los años anteriores al 1 de enero de 1999, hace falta, como mínimo educación y respeto para con todos los sindicatos, que estamos trabajando para resolver este problema.
Como siempre, estamos al servicio del Profesorado de Religión, ya que APPRECE solo existe para y por este colectivo.
Más información en http://www.apprece-a.es/

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