Blog del Profesorado de Religión Católica: LA AUDIENCIA NACIONAL RECONOCE EL DERECHO AL COBRO DE TRIENIOS POR PARTE DEL PROFESORADO DE RELIGIÓN DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN

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domingo, 5 de mayo de 2013

LA AUDIENCIA NACIONAL RECONOCE EL DERECHO AL COBRO DE TRIENIOS POR PARTE DEL PROFESORADO DE RELIGIÓN DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN

En unos días sabremos si el Ministerio la recurre o no al Tribunal Suipremo
Estimados compañeros/as maestros y maestras de religión:
Os trasladamos una buena noticia y nos felicitamos todos porque la Audiencia Nacional ha emitido sentencia favorable a la demanda de Conflicto Colectivo en el que se solicitaba el reconocimiento del derecho al cobro de trienios para los maestros/as de religión dependientes del Ministerio.
Aunque os adjuntamos la sentencia, os resumimos a continuación los aspectos más significativos, os transcribimos algunos de sus párrafos y os hacemos unas importantes aclaraciones finales a tener en cuenta:
El juicio se celebró el 16 de abril en la Sala de los Social de la Audiencia Nacional, y los únicos demandantes, como prueba el párrafo siguiente de la sentencia, hemos sido USO y CSI•F:
En el procedimiento 0000379/2012 seguido por demanda de CONFEDERACIÓN UNIÓN SINDICAL OBRERA, CSI-F contra (los demandados) MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE, APPRECE sobre conflicto colectivo .
Ningún otro sindicato hizo acto de presencia en el juicio. Tampoco APPRECE, aunque anunció su personación por escrito:
Tercero.- Llegados el día y la hora señalados tuvo lugar la celebración del acto deí juicio, previo intento fallido de avenencia, compareciendo la parte actora y como demandada lo hizo la Abogacía del Estado, en representación del Organismo demandado.
La parte actora ratificó su demanda, a la que se adhirió CSI-F.
APPRECE no compareció.
La Abogacía del Estado contestó la demanda en los términos que recoge el acta del juicio.
Se practicó únicamente prueba documental que fue recíprocamente reconocida por los litigantes.
Tras elevar sus conclusiones a definitivas, se declaró el juicio concluso.
Los Fundamentos de Derecho de la sentencia se basan en otra favorable de la Sala IV del Tribunal Supremo, que es donde hipotéticamente iría el posible recurso del MECD.
El texto final de la sentencia es el siguiente:
VISTOS los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
FALLAMOS
Que estimando la demanda interpuesta por USO, a la que se adhirió CSI-F, dirigida contra el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, debemos declarar y declaramos el derecho de los profesores de religión a quienes afecta este conflicto, a devengar y percibir el complemento de antigüedad o trienios en los mismos términos y cuantía que lo perciben los funcionarios interinos del mismo nivel educativo que dependen del citado departamento, condenando al Ministerio demandado a estar y pasar por esta declaración y sus consecuencias.
Notifíquese la presente sentencia a las partes advirtiéndoles que contra la misma cabe Recurso de Casación ante la Sala Cuarta del Tribunal Supremo
Por tanto, aunque estamos de enhorabuena con esta sentencia de Conflicto Colectivo, es necesario hacer una serie de aclaraciones:
  1. La sentencia aún no es firme, y el Ministerio podría recurrirla, en cuyo caso habría que esperar al pronunciamiento del Tribunal Supremo.
  1. La sentencia no hace referencia al tiempo trabajado antes de 1999 ni a ninguna otra particularidad, tan solo reconoce el derecho al cobro de trienios.
  1. Si la sentencia se hiciera firme (en el caso de que no recurra el MECD), el Ministerio se habría quedado sin argumento jurídico para seguir negando el reconocimiento y abono de los trienios anteriores al 99 ni para no reconocer los nuevos trienios que los maestros/as de religión vayan cumpliendo y no estén aún reconocidos
  1. Una vez sea firme la sentencia actuaremos para solicitar su ejecución urgente por parte del Ministerio y en su caso iniciar las actuaciones jurídicas pertinentes. Nuestros servicios jurídicos en Málaga ya están estudiando el procedimiento a seguir para todos aquellos a los que les puede afectar. Informaremos en su momento.
  1. Algunos sindicatos que ni siquiera fueron demandantes, ni estuvieron en el juicio, se han dado mucha prisa en informar e incluso en movilizar al colectivo para que vaya poniendo reclamaciones. Para CSI•F, al margen del juicio que este tipo de actuación a posteriori nos merece, entendemos que no es momento para poner reclamaciones hasta que la sentencia no sea firme y, por tanto, de obligada aplicación por parte del MECD.
Seguimos a vuestra disposición.
TRABAJAMOS PARA EL PROFESORADO DE RELIGIÓN, SEGUIREMOS INFORMANDO
Teléfono de Atención al Profesorado de Religión de la provincia de Málaga:
685.491.804

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