Así lo reconocen los expertos en Derecho que han investigado para sus comentarios a la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP). Una Ley que considera al profesor de religión como empleado público y que tiene una importancia esencial para el Profesorado de Religión, gracias a la cual puede cobrar trienios.
Para que nadie tergiverse la historia, ni pretenda engañar a los interesados, ni quiera "arrimar el ascua a su sardina sindical", publicamos un trabajo editado, al que el autor material de las enmiendas le ha añadido una nota aclaratoria y un epílogo.
Más información y documentos en: http://www.apprecemadrid.com/vernoticia.php?id=47
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