SENTENCIA
DEL TSJA, ESTIMANDO EL RECURSO INTERPUESTO POR APPRECE, CONTRA LA
SUPRESIÓN DE UNA HORA DE RELIGIÓN EN 3º DE LA ESO EN LA COMUNIDAD
AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA
1.
Hoy, día 10 de mayo de 2018, hemos conocido que los Servicios Jurídicos
de la Junta de Andalucía, han anunciado a la Sala del TSJA, que piensan
presentar Recurso de Casación ante el Tribunal Supremo en contra de
esta Sentencia.
2.
APPRECE, conocedora de la Sentencia desde la fecha del fallo, que
estima la demanda de APPRECE-A contra la supresión de una hora de
Religión en 3º de la ESO, al haberle propuesto a la Consejería de
Educación una solución bien sencilla y que no le crea problemas a nadie,
ha estado esperando la llamada de la Consejería a APPRECE-A para
negociar una fórmula que diera cumplimiento al fallo de la Sentencia y a
una ejecución respetuosa con la Justicia en Andalucía.
3.
Quede claro que la Junta de Andalucía está en su perfecto derecho de
recurrir la Sentencia. Lo mismo hubiera hecho APPRECE-A si la Sentencia
no le hubiera sido favorable. Pero, en APPRECE-A hemos ehado en falta:
*
Que la Consejería de Educación, a pesar del fallo favorable a la
Demanda de APPRECE, ni siquiera haya querido dialogar, puesto que el
litigio existe y, además, saben que el Sindicato APPRECE va a defender
siempre los Horarios de Religión de la LOE, que es la Ley de Educación
vigente en España, con las modificaciones que el artículo UNO de la
LOMCE ha introducido en la LOE, pero, entre los que no se encuentran los
artículos referidos a las Enseñanzas de Religión, en la Disposición
Adicional 2ª.
*
Que los sindicatos, a los que se les ha llenado la boca, gritando que
ellos defienden los 90 minutos en la Educación Primaria y las 5 horas en
la ESO, no hayan dicho ni pio, ni, por supuesto han respaldado en
ningún momento el fallo de esta Sentencia. No se puede ser más
incoherente en la práctica sindical. Es el "mucho te quiero perrito,
pero pan, poquito".
*
Y que, en el colectivo, no haya tenido el respaldo que se merece un
fallo judicial de esta importancia, es un síntoma, esperemos que
pasajero, por no caer en la cuenta, ya que otros los tienen distraidos
con otras "historias"...
4. La citada Sentencia ha anulado la Orden de la Consejería de Educación, sobre la aplicación de la ESO en Andalucía. APPRECE-A había
pedido a la Consejería de Educación, que una de las 2 horas de religión
de 3º de la ESO, la pasara a 1º de la ESO y así no se creaba problema a
nadie, al haber en 1º dos horas de libre disposición para el Centro,
quedándose con una hora de libre disposición en cada uno de los 4 cursos.
5.
La Sentencia no es todavía firme, ya que la Junta ha anunciado a la
Sala del TSJA que piensa recurrirla. Estaremos pendientes de los pasos
judiciales siguientes, para dar la respuesta adecuada que corresponde a
APPRECE, como ÚNICO demandante, tanto ante el TSJA, como si, finalmente,
fuera admitido a trámite por el Tribunal Supremo, y defenderemos
nuestro compromiso a favor de los horarios de Religión de la LOE, que es
la Ley vigente, antes de que se pueda pronunciar primero la Sala del
TSJA, admitiendo a trámite el Recurso que han anunciado los Servicios
Jurídicos de la Junta, para enviar el Expediente Judicial al Tribunal
Supremo y, en segundo término, el trabajo que le esperaría a Sala del
Tribunal Supremo, por lo que a la Sentencia le aguarda todavía un largo
recorrido judicial, mientras son muchos los que “siguen viendo los toros
desde la barrera” y sin querer implicarse en la defensa de los Horarios
de las enseñanzas de Religión en Andalucía.¿Dónde están los que decían que defendían los horarios de Religión?. Que hablen los hechos y no engañen con discursos vacíos.
6.
Os seguiremos informando de las consecuencias que se han derivado de la
supresión de una hora de Religión en 3º de la ESO, para todos aquellos
profesores/as que se vieron afectados en sus contratos, en sus
retribuciones económicas y en sus cotizaciones a la Seguridad Social,
con la supresión de esa hora de Religión, que no fueron pocos los
afectados de Secundaria en Andalucía.
7.
Los Delegados Sindicales de APPRECE de todo el Profesorado de Religión
de Secundaria de toda Andalucía, además de alegrarnos de lo conseguido,
siempre estaremos a vuestra disposición y en este caso concreto, los que
se hayan visto afectados, deben ponerse en contacto con APPRECE, que es
el ÚNICO demandante de este Recurso, para recibir orientaciones sobre
lo que ya está proyectado hacer, en cuanto la sentencia sea firme.
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