Blog del Profesorado de Religión Católica: SENTENCIA DEL TSJA SOBRE LA REDUCCIÓN DE UNA HORA DE RELIGIÓN EN 3º DE LA ESO

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viernes, 11 de mayo de 2018

SENTENCIA DEL TSJA SOBRE LA REDUCCIÓN DE UNA HORA DE RELIGIÓN EN 3º DE LA ESO

SENTENCIA DEL TSJA, ESTIMANDO EL RECURSO INTERPUESTO POR APPRECE, CONTRA LA SUPRESIÓN DE UNA HORA DE RELIGIÓN EN 3º DE LA ESO EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA
1. Hoy, día 10 de mayo de 2018, hemos conocido que los Servicios Jurídicos de la Junta de Andalucía, han anunciado a la Sala del TSJA, que piensan presentar Recurso de Casación ante el Tribunal Supremo en contra de esta Sentencia.
2. APPRECE, conocedora de la Sentencia desde la fecha del fallo, que estima la demanda de APPRECE-A contra la supresión de una hora de Religión en 3º de la ESO, al haberle propuesto a la Consejería de Educación una solución bien sencilla y que no le crea problemas a nadie, ha estado esperando la llamada  de la Consejería a APPRECE-A para negociar una fórmula  que diera cumplimiento al fallo de la Sentencia y a una ejecución respetuosa con la Justicia en Andalucía.
3. Quede claro que la Junta de Andalucía está en su perfecto derecho de recurrir la Sentencia. Lo mismo hubiera hecho APPRECE-A si la Sentencia no le hubiera sido favorable. Pero, en APPRECE-A hemos ehado en falta:
* Que la Consejería de Educación, a pesar del fallo favorable a la Demanda de APPRECE, ni siquiera haya querido dialogar, puesto que el litigio existe y, además, saben que el Sindicato APPRECE va a defender siempre los Horarios de Religión de la LOE, que es la Ley de Educación vigente en España, con las modificaciones que el artículo UNO de la LOMCE ha introducido en la LOE, pero, entre los que no se encuentran los artículos referidos a las Enseñanzas de Religión, en la Disposición Adicional 2ª.
* Que los sindicatos, a los que se les ha llenado la boca, gritando que ellos defienden los 90 minutos en la Educación Primaria y las 5 horas en la ESO, no hayan dicho ni pio, ni, por supuesto han respaldado en ningún momento el fallo de esta Sentencia. No se puede ser más incoherente en la práctica sindical. Es el "mucho te quiero perrito, pero pan, poquito".
* Y que, en el colectivo, no haya tenido el respaldo que se merece un fallo judicial de esta importancia, es un síntoma, esperemos que pasajero, por no caer en la cuenta, ya que otros los tienen distraidos con otras "historias"...
4. La citada Sentencia ha anulado la Orden de la Consejería de Educación, sobre la aplicación de la ESO en Andalucía. APPRECE-A había pedido a la Consejería de Educación, que una de las 2 horas de religión de 3º de la ESO, la pasara a 1º de la ESO y así no se creaba problema a nadie, al haber en 1º dos horas de libre disposición para el Centro, quedándose con una hora de libre disposición en cada uno de los 4 cursos.
5. La Sentencia no es todavía firme, ya que la Junta ha anunciado a la Sala del TSJA que piensa recurrirla. Estaremos pendientes de los pasos judiciales siguientes, para dar la respuesta adecuada que corresponde a APPRECE, como ÚNICO demandante, tanto ante el TSJA, como si, finalmente, fuera admitido a trámite por el Tribunal Supremo, y defenderemos nuestro compromiso a favor de los horarios de Religión de la LOE, que es la Ley vigente, antes de que se pueda pronunciar primero la Sala del TSJA, admitiendo  a trámite el Recurso que han anunciado los Servicios Jurídicos de la Junta,  para enviar el Expediente Judicial al Tribunal Supremo y, en segundo término, el trabajo que le esperaría a Sala del Tribunal Supremo, por lo que a la Sentencia le aguarda todavía un largo recorrido judicial, mientras son muchos los que “siguen viendo los toros desde la barrera” y sin querer implicarse en la defensa de los Horarios de las enseñanzas de Religión en Andalucía.¿Dónde están los que decían que defendían los horarios de Religión?. Que hablen los hechos y no engañen con discursos vacíos.

6. Os seguiremos informando de las consecuencias que se han derivado de la supresión de una hora de Religión en 3º de la ESO, para todos aquellos profesores/as que se vieron afectados en sus contratos, en sus retribuciones económicas y en sus cotizaciones a la Seguridad Social, con la supresión de esa hora de Religión, que no fueron pocos los afectados de Secundaria en Andalucía.
7. Los Delegados Sindicales de APPRECE de todo el Profesorado de Religión de Secundaria de toda Andalucía, además de alegrarnos de lo conseguido, siempre estaremos a vuestra disposición y en este caso concreto, los que se hayan visto afectados, deben ponerse en contacto con APPRECE, que es el ÚNICO demandante de este Recurso, para recibir orientaciones sobre lo que ya está proyectado hacer, en cuanto la sentencia sea firme.

                            Andalucía, 11 de mayo de 2018

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