El Tribunal Superior de Justicia de
Extremadura (TSJEx) ha fallado a favor de los otros dos recursos que
había planteados, por las archidiócesis católicas extremeñas y por la
Asociación de Docentes de Religión de la Escuela Pública, contra el
decreto autonómico que reducía las horas lectivas de religión; era
previsible después de que esta misma semana diera la razón, en un primer
recurso similar, a la Asociación de Padres de la Escuela Pública de
Extremadura.
El abogado Francisco La Moneda, el
vicario general de la diócesis Mérida-Badajoz, Mateo Blanco, y el
delegado episcopal para la Educación Católica, Manuel García Sánchez,
han destacado este sábado la importancia de estas sentencias, pues el tribunal da la razón en los cuatro extremos planteados.
Eran la reducción en un 50 por ciento de la carga horaria
-de dos a una semanales- de la asignatura de Religión en Primero de la
ESO y Primero de Bachillerato, donde en este último caso también se
obligaba al alumno que optase por esta materia al tener que escoger
Ética y Ciudadanía, y viceversa, para completar las seis horas de
asignaturas específicas.
Además, "el decreto ignoraba
la normativa nacional que establecía la obligatoriedad de ofertar la
asignatura de Religión en Segundo de Bachillerato, obviándolo en todo
momento".
Las diócesis extremeñas sostenían
que el decreto era contrario a las leyes estatales, a los acuerdos
entre la Santa Sede y el Estado español y "a la inmensa mayoría de los
padres extremeños que escogen, en uso de su libertad de elección
constitucionalmente reconocida, la asignatura de Religión para sus
hijos".
El TSJEx anula el decreto en los puntos
mencionados al entender que esa reducción de las clases de Religión que
pretendía la Junta era "desproporcionada", pero que su ilegalidad viene
además por ser una medida "discriminatoria y contraria a la ley del
Estado".
Recurrirá al Supremo
Según ha
explicado Francisco La Moneda, la sentencia sería firme ya durante este
curso salvo que la Junta de Extremadura pida su suspensión al Tribunal
Supremo y éste la decretase en función de que podría producir unos daños
irreparables; en efecto la Junta, con la primera de las sentencias adversas conocida esta semana, ha anunciado que recurrirá al Supremo
y pedirá que todo siga igual de forma cautelar, por lo que en su
opinión estas decisiones judiciales no tendrían efectos prácticos.
Tras conocerse este sábado los dos fallos nuevos, el Ejecutivo
extremeño ha mostrado respeto por la decisión judicial, aunque la misma
"no sea compartida". Por ese motivo, acudirá también al Tribunal Supremo en defensa de que el reparto de horas aprobado en Extremadura no contraviene la normativa en materia educativa.
La portavoz de la Junta de Extremadura, Isabel Gil Rosiña, ya señaló esta semana que para la aprobación del nuevo currículo se recogieron más de 700 aportaciones de la comunidad educativa
y que su objetivo es garantizar la libertad de los padres que quieren
optar a la Religión, pero también la de aquellos que quieren optar por
los valores éticos. «No vulneramos la ley de educación y no vulneramos los acuerdos entre el Estado y la Santa Sede».
De igual manera, el Ejecutivo extremeño ha recordado los otros fallos
ya habidos por este asunto tanto del TSJEx, como del Tribunal Supremo,
donde se reconoce que el nuevo currículo de la Consejería de Educación
no vulnera el derecho fundamental de las familias a la libertad
religiosa.
Volver al currículo de Monago
Como
la sentencia hoy conocida anula aspectos del decreto de 2016 quedaría
vigente la normativa anterior, de un año antes, ha indicado el letrado
de las diócesis, que es la del Gobierno de Monago que incrementaba las horas de religión católica.
Por su parte Mateo Blanco ha lamentado la "falta de diálogo, no de la Junta sino de la Consejería de Educación"
con la Iglesia, institución que lógicamente "algo tenía que decir en un
asunto que está regulado por un acuerdo internacional entre el Estado y
la Santa Sede".
A Blanco le ha "extrañado" todo este tema, por el buen entendimiento que existe en general entre Junta e Iglesia.
El Arzobispado de Mérida-Badajoz y los obispados de Coria-Cáceres y Plasencia, a los que se sumó el Arzobispado de Toledo,
habían presentado el pasado septiembre un recurso
contencioso-administrativo contra el decreto 98/2016 de la Junta de
Extremadura; otro que presentaron por vulneración de los derechos
fundamentales fue rechazado por los jueces.
También interpusieron recurso contencioso ordinario la Asociación de Padres de la Escuela Pública de Extremadura y la Asociación de Docentes de Religión de la Escuela Pública.
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