Resolución de 26 de noviembre de 2014, de la Dirección General de Evaluación y Formación Profesional, por la que se publica el currículo del área Enseñanza Religión Islámica de la Educación Primaria (BOE de 11 de diciembre de 2014). Texto completo.
RESOLUCIÓN
DE 26 DE NOVIEMBRE DE 2014, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN Y
FORMACIÓN PROFESIONAL, POR LA QUE SE PUBLICA EL CURRÍCULO DEL ÁREA
ENSEÑANZA RELIGIÓN ISLÁMICA DE LA EDUCACIÓN PRIMARIA.
La Ley 26/1992, de 10 de noviembre ,
por la que se aprueba el Acuerdo de Cooperación del Estado Español con
la Comisión Islámica de España, establece en el artículo 10 de su anexo
que, a fin de dar efectividad a lo dispuesto en el artículo 27.3
de la Constitución, se garantiza a los alumnos musulmanes, a sus padres
y a los órganos escolares de gobierno que soliciten, el ejercicio del
derecho de los primeros a recibir Enseñanza Religiosa Islámica en los
centros docentes públicos y privados concertados, siempre que, en cuanto
a estos últimos, el ejercicio de aquel derecho no entre en
contradicción con el carácter propio del centro, en los niveles de
Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria.
La disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo , de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre ,
para la Mejora de la Calidad Educativa, establece en su apartado 2 que
la enseñanza de otras religiones se ajustará a lo dispuesto en los
Acuerdos de Cooperación celebrados por el Estado Español con la
Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España, la Federación
de Comunidades Israelitas de España, la Comisión Islámica de España y,
en su caso, a los que en el futuro puedan suscribirse con otras
confesiones religiosas; la misma disposición, en su apartado 3, regula
que la determinación del currículo y de los estándares de aprendizaje
evaluables que permitan la comprobación del logro de los objetivos y
adquisición de las competencias correspondientes a la asignatura
Religión será competencia de las respectivas autoridades religiosas. Las
decisiones sobre utilización de libros de texto y materiales didácticos
y, en su caso, la supervisión y aprobación de los mismos corresponden a
las autoridades religiosas respectivas, de conformidad con lo
establecido en los Acuerdos suscritos con el Estado español.
El Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero ,
por el que ese establece el currículo básico de la Educación Primaria,
indica en su disposición adicional segunda que la determinación del
currículo de la enseñanza de religión católica y de las diferentes
confesiones religiosas con las que el Estado español ha suscrito
Acuerdos de Cooperación en materia educativa será competencia,
respectivamente, de la jerarquía eclesiástica y de las correspondientes
autoridades religiosas.
En aplicación del artículo 4 del Real
Decreto 2438/1994, de 16 de diciembre, por el que se regula la enseñanza
de la Religión, y conforme a lo previsto en el artículo 10.3 del
Acuerdo de Cooperación del Estado español con la Comisión Islámica de
España, las Comunidades Islámicas agrupadas en la Comisión Islámica de
España han determinado el currículo del área Enseñanza Religión Islámica
de la Educación Primaria.
En su virtud, a propuesta de la Comisión Islámica de España,
Primero.
Dar publicidad al currículo del área Religión Islámica de la Educación Primaria que se incluye en el anexo.
Segundo.
Disponer su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.
Anexos
Omitidos.
Los alumnos de Religión Islámica aprenderán la igualdad entre hombre y mujer
También se incluye, en los estándares de aprendizaje
evaluables de esta materia, el que los estudiantes valoren que "solo
mediante la participación y cooperación entre hombres y mujeres se logra
una sociedad justa" que trata por igual a ambos.
En
el currículo se destaca, asimismo, que el área de la Religión Islámica
contribuye "enormemente" al desarrollo de la competencia lingüística
(árabe y castellano) del alumnado, la competencia digital (propone
actividades de búsqueda en medios digitales) o las competencias sociales
y cívicas (comprender mejor el entorno en el que viven).
También se busca que al finalizar Primaria se facilite a los
estudiantes "el ejercicio de una ciudadanía participativa, válida,
crítica y la convivencia democrática".
"El reto" que
tiene en la actualidad el área de Religión Islámica -según se comenta en
la disposición del BOE- es que los alumnos acuden al aula con
informaciones, saberes y comportamientos que siguen unos valores y
normas que conforman su idea del islam.
Pero dichos
saberes "no siempre son correctos, son preconceptos, prejuicios,
concepciones erróneas, conocimientos distorsionados e imprecisos,
compartidos entre ellos y con una fuerte carga emotiva".
"Es tarea primordial" de este área, según se añade, el recoger estos
comportamientos y saberes para luego llegar a confrontarlos y, así, que
los pequeños "elaboraren una aproximación de la realidad más precisa y
objetiva".
Los alumnos de Religión Islámica de Primaria en los
centros docentes públicos y privados concertados estudiarán la igualdad
de género efectiva y se les evaluará en su comprensión sobre que los
hombres y mujeres fueron creados para ser equitativos.
Así se recoge en el currículo del área de Enseñanza Religión Islámica
de la Educación Primaria, publicado hoy en el BOE por el Ministerio de
Educación y que recoge la propuesta de la Comisión Islámica de España,
que es la encargada de determinar el contenido de estos estudios.
"Comprender que hombres y mujeres son iguales ante Al-lah, aceptando el
principio de igualdad entre ambos" es uno de los criterios de
evaluación que se aplicará a los alumnos de Primaria que escojan esta
asignatura, que con la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad
Educativa (Lomce) es voluntaria y tiene como alternativa obligatoria
Valores Sociales y Cívicos.
Fuente: http://www.eldiario.es/sociedad/alumnos-Religion-Islamica-aprenderan-igualdad_0_333867238.html
Nota del Blogger:
Muchos profesores de Religión católica aún estamos esperando que se publique en el BOE el currículo de Religión Católica donde, además, se especifique en la Resolución que el horario de la asignatura (para todas las confesiones religiosas) sea de dos sesiones de 45 minutos cada una, tal y como ya estaba en la LOE y sus leyes precedentes. Es una oportunidad única para solventar el problema ocasionado en algunas comunidades autónomas con el horario de Religión.
Hola!! Estoy de acuerdo con tu apreciación. Estamos en una época donde, parece ser, hay que dejarlo todo bien atado, para que unos no estropeen lo de los otros. Si el PP no deja bien claro lo de los horarios, ya los del PSOE se encargarán de aprovecharlo a su buen entender. Esto me recuerda a la ley judía, que tenía tantos preceptos que poco se dejaba al albedrío, había que atarlo todo...
ResponderEliminarPor otro lado el votante católico tendrá en las próximas elecciones unos dilemas morales claros, no hay cabeza donde reposar donde tanto el PP como el PSOE no apuestan por propuestas que satisfagan las sed evangélica y parece ser más alejadas que nunca del mensaje cristiano. Con una amenaza clara, con Podemos, se encuentran con una encrucijada que en vez de atajar parece ser que alimentan las ansias...¿una propuesta válida para el cristiano de a pié? Parece ser...que Podemos, ven en las palabras del Papa Francisco, propuestas que conecta, más de lo que creían, con el mensaje de Podemos...
Bueno, con esto último no quiero decir, ni por asomo, que la propuesta Podemos es una vía de escape para el católico de turno, pero si creo, que se abre una puerta, gracias a PPSOE, a que los nos veamos obligado apostar a una tercera vía de la que podríamos arrempentirnos alguna vez.("más de lo mismo Dios mío que decepción")
Saludos!!!
Pues PODEMOS ha anunciado públicamente que desea la Religión fuera de las aulas. Así que vaya futuro nos espera...
EliminarSaludos