Mons. Julián López Con esta frase se invita, un año más, a las
familias a inscribir a sus hijos en la clase de religión en los centros
públicos y en los privados no confesionales. Este año se motiva la
campaña en la frase evangélica:
“Yo soy el camino, la verdad y la vida” (Jn
14, 6), evocando la figura de Jesús enseñando rodeado de sus discípulos
y a veces de una muchedumbre. En efecto, él es maestro de la verdad que
se identifica incluso con su propia persona de enviado del Padre, una
verdad que se hace camino de luz para quienes le siguen y fuente de vida
eterna. La figura de Jesús, rodeado de los discípulos, enseñando a una
muchedumbre aparece varias veces en el evangelio. En una ocasión se nos
dice que, al desembarcar en la ribera del lago de Tiberíades, se
encontró con mucha gente y le dio lástima de ellos porque andaban como
ovejas sin pastor y se puso a enseñarles con calma (cf. Mc 6, 34). Esta
misión la transmitió a la Iglesia antes de subir a los cielos,
encargando a los apóstoles enseñar a todas las gentes cuanto él les
había mandado (cf. Mt 28, 20).
![Mons. Julian López](https://lh3.googleusercontent.com/blogger_img_proxy/AEn0k_uEs61JAGaVn5ctETiB1pSnshkK3HGzGk_kU6LrLCGTzcsCZ3PkLbFU4IWfenRUA4yb95hurxKKDHsz5nJjcAitJhFyJ-xV0_2NZMLsMzej1Fwi9ER2QCGfF8jQSmEJ8-SD-sVhFUMrNj0GCJMUxQ=s0-d)
Este
mandato se extiende también a los ámbitos académicos donde se forman
quienes han sido bautizados, desde la educación infantil hasta la
universidad, naturalmente contando siempre con la libre aceptación de
los destinatarios o de sus padres o tutores si estos son menores de
edad. Son todos ellos los que tienen derecho a recibir formación
religiosa y moral de acuerdo con sus propias convicciones. Esto no
suelen tenerlo en cuenta los que propugnan que la enseñanza de la
religión quede fuera de la escuela pública. La escuela, pública y
privada, está al servicio de toda la persona especialmente en la
educación de los niños y de los adolescente. El artículo 27.3 de la
Constitución española asegura el citado derecho que ampara también a
protestantes, musulmanes y judíos desde los Acuerdos de 1992.
No haría falta tener que recordar cada año este derecho sino que
debería ser suficiente la inscripción al principio de la etapa escolar
para que estuviera vigente mientras dure esta y no se renuncie
expresamente. Son pues los padres y tutores los que quieren, en
proporción bastante alta, que sus hijos reciban esa enseñanza religiosa y
moral en la escuela, en paralelo a otras ramas del saber y como
complemento forjador de la personalidad. La asignatura de religión es,
por tanto, optativa como asignatura para los alumnos y obligatoria, en
cuanto a la oferta, para los centros.
A las diócesis corresponde asegurar la idoneidad de los profesores
que propone y a la autoridad civil competente exigir que estos cumplan
el compromiso académico. El pago de estos profesores responde también al
derecho de los padres y tutores que, en definitiva, son quienes
sostienen con sus impuestos todo el arco de la enseñanza. Por cierto, la
autoridad civil competente no puede mantener a un profesor de religión
impartiendo esta materia cuando el responsable de esta no lo presenta
-hay que hacerlo cada año también- o le retira la misión canónica para
enseñar la doctrina cristiana. Aquí son los padres nuevamente lo que
tienen también un derecho que debe ser respetado.
+ Julián López
Obispo de León
Fuente:
http://www.agenciasic.es/2012/05/14/apunta-tu-hijo-a-la-clase-de-religion/
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