Blog del Profesorado de Religión Católica: INFORMACIÓN PARA LOS PROFESORES CONTRATADOS QUE IMPARTEN LA ENSEÑANZA DE LA RELIGIÓN

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lunes, 23 de enero de 2012

INFORMACIÓN PARA LOS PROFESORES CONTRATADOS QUE IMPARTEN LA ENSEÑANZA DE LA RELIGIÓN

Buenos días,

Con el fin de mejorar la gestión de las contrataciones de los profesores que imparten la enseñanza de la religión contratados en el ámbito de aplicación del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y que los citados profesores conozcan las unidades a las que pueden dirigirse ante cualquier situación, se adjunta unas instrucciones para conocimiento de esa Diócesis y se solicita su máxima difusión entre los profesores que actualmente están contratados.

 Un saludo
Azucena Holgado de Soto
Jefe de Servicio de Gestión de Personal Laboral
Subdirección General de Personal
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Alcalá, 36  -4 ª Pta. Madrid



MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
SUBSECRETARIA             
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL

INFORMACIÓN PARA LOS PROFESORES CONTRATADOS QUE IMPARTEN LA ENSEÑANZA DE LA RELIGIÓN.

Una vez contratado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte como profesor para impartir la enseñanza de la religión debe tener en cuenta que, cualquier variación que se produzca que pueda afectar a la prestación de las funciones para las que usted está contratado debe ser comunicada a la Subdirección General de Personal:

- Para cualquier tema relacionado con su contrato de trabajo y/o datos personales puede dirigirse al Servicio de Gestión de Personal Laboral, Alcalá, 36 4ª Pta. 28014 Madrid, Telf. 91.701.83.81, Fax 91.701.86.65, correo electrónico servicio.preligion@educacion.es.

- Las situaciones relativas a los partes médicos derivados de Incapacidad Temporal (altas, confirmación y bajas), permiso de maternidad y Certificados de empresa que deben ser presentados en el INSS y/o SEPE, puede dirigirse a la Sección de Seguridad Social, Alcalá, 36  1ª Pta. 28014  Madrid, Tel. 91.701.83.67 Fax 91.701.86.75, seguridad.social@educacion.es.

- Cuestiones relativas al abono de la nómina podrá dirigirse al Servicio de Habilitación, Alcalá, 34  3ª Pta 28014 Madrid, Telf. –centralita 91.701.80.00, Fax 91.701.86.72.

1. Situaciones relacionadas con su contrato de trabajo que obligatoriamente debe comunicar al Servicio de Gestión de Personal Laboral:

- Solicitud de permisos reconocidos por la legislación aplicable a los profesores que imparten la enseñanza de la religión en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

- Finalización del permiso concedido, a saber: Incapacidad Temporal (baja médica), maternidad, desplazamiento por adopción internacional, excedencia por cuidado de hijo o ascendiente, acumulación de la jornada de lactancia, vacaciones concedidas con carácter excepcional fuera de los periodos coincidentes con el cierre del centro escolar o cualquier otro permiso que se le hubiere concedido, deberá comunicar con carácter urgente la fecha de incorporación al centro de trabajo.

Finalizado el permiso concedido, debe enviar por fax al 91.7018665, un certificado de incorporación firmado por el Director del centro escolar, en el que se indique la fecha de incorporación, el permiso que disfrutaba, así como el nombre del profesor sustituto, siempre y cuando, el Ministerio hubiera considerado necesario y urgente formalizar dicha sustitución.

Se recuerda que durante los periodos en los que los centros escolares permanecen cerrados por vacaciones escolares, se mantiene la obligatoriedad de comunicar la citada incorporación, por lo que deberá enviar el certificado desde la Subdelegación de Gobierno de la provincia dónde trabaje.


2. Situaciones que obligatoriamente debe comunicar a la Sección de Seguridad Social:

- Parte médico de Baja/confirmación debe enviarse el original en el plazo de 3 días.
- Parte de alta médica debe enviarse en el plazo de 24 horas, vía fax.
- Informe de maternidad debe enviarse el original en el menor plazo posible.
- Otra documentación que debe aportar en el supuesto del permiso de maternidad.
- Opción a favor del otro progenitor, se remitirá fotocopia de la opción debidamente cumplimentada y firmada por la madre.
- Parto prematuro u hospitalización después del parto, se enviará un certificado médico en el que conste la fecha de ingreso, así como la fecha del alta hospitalaria del neonato.

El trabajador que sufra un accidente laboral deberá acudir a los Servicios Médicos de la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional -ASEPEYO.
Asimismo, deberá comunicar el accidente laboral, informando de las circunstancias en que se produjo a la Sección de Seguridad Social, tanto si procede una baja médica o sin baja médica. Si da lugar a una baja médica, deberá enviar el parte de baja, los de confirmación y el de alta en los plazos señalados anteriormente.
Si finaliza su contrato de trabajo estando usted en situación de baja por Incapacidad Temporal, deberá comunicarlo a la Sección de Seguridad Social para la cumplimentación del impreso de Solicitud de pago directo de Incapacidad Temporal y su posterior presentación en el Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS).

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