El caso ha quedado visto para sentencia en el Tribunal de Estrasburgo
El abogado del Estado Fernando Irurzun ha defendido ante el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo la
no renovación como profesor de Religión de un cura casado y padre de
cinco hijos, José Antonio Fernández Martínez, por su participación en un
acto de un movimiento de defensa del celibato opcional y no por su matrimonio.
Así, ha señalado en el Tribunal ante el que Fernández ha presentado una demanda, que la situación del demandante cambió cuando «hizo pública su situación personal» y al hacer «proselitismo de su posición».
Este, según ha indicado fue «el punto crucial», para la decisión de no
renovación por parte de la Iglesia católica. En este sentido, ha
asegurado que la razón de la no renovación fue su participación en el
acto en defensa del celibato opcional y no por el mismo hecho de su
condición marital o por tener cinco hijos.
Asimismo,
ha apuntado que, según el reportaje aparecido en un periódico de Murcia
sobre la reunión del movimiento pro celibato opcional, en el que
Fernández apareció junto a su familia en una fotografía, también se
decía que el sacerdote expresó junto a otros participantes en el encuentro «su opinión sobre el aborto, el divorcio y el sexo en manera incompatible con la doctrina de la Iglesia».
Además,
ha recordado que el contenido de la asignatura de Religión no solo es
la transmisión de conocimiento sino también de valores, y ha apuntado
que la decisión está «justificada» para «mantener la credibilidad de la
Igleisa católica» ante el público y también ante los padres.
Por su parte, el abogado del demandante, José Luis Mazón,
ha defendido que la fotografía que apareció en el periódico de Murcia
en la que aparecía Fernández junto a su familia en un acto en defensa
del celibato opcional de los sacerdotes, fue «fortuita e involuntaria».
Además, ha apuntado que es «falso» que no se renovara su contrato sólo
por hacer pública su condición de cura casado, ya que, a su juicio, el verdadero motivo fue el hecho de tener esposa e hijos.
En
cualquier caso, según ha señalado en el instituto donde trabajaba tanto
el claustro, como los alumnos y padres tenían conocimiento de su
condición de cura casado y «sin quejas al respecto». En este sentido, ha
asegurado también que por parte del demandante «no ha habido militancia
en favor del divorcio» sino que ha asistido a una reunión de un
movimiento que ha definido como «una corriente de opinión que existe
dentro de la iglesia católica».
Concretamente,
Mazón ha explicado que la no renovación del contrato de Fernández ha
supuesto «una ingerencia en el estilo pacífico» del demandante y de su
vida privada y familiar.
Exposición pública
El demandante, José Antonio Fernández Martínez, que interpuso su demanda el 11 de diciembre de 2007, fue ordenado sacerdote en 1961 y 23 años después presentó su dispensa de celibato al Vaticano. Un
año después, se casó por lo civil y, desde 1991, su contrato como
profesor de religión en una escuela pública de secundaria en Murcia, se
renovó cada año por el obispo de la diócesis.
En
1966, el periódico «La Verdad» publicó un artículo sobre el movimiento
en favor del celibato opcional del que Fernández era miembro y en el que
aparecía una fotografía del sacerdote junto a su familia en una de las
reuniones. Un año después, el obispado de Cartagena informó al
Ministerio de Educación de su intención de no renovar el contrato del
demandante para el curso 1997-1998.
Ante
esta situación, el demandante apeló al Tribunal de Murcia que examinó
los argumentos ofrecidos por el Obispado y que encontró que Fernández
había sido discriminado por su estado civil y su pertenencia al
movimiento. Las autoridades educativas y el obispado recurrieron y el
Tribunal Supremo indicó que era el rol del obispo asegurar que los
aspirantes lleven a cabo sus deberes con discreción, decidiendo no
renovar el contrato si esto no se cumplía, aunque las circunstancias
actuales del aspirante no hubieran cambiado, como en este caso.
La
corte apuntó que, según el artículo 10 de la Convención, las
restricciones impuestas al aspirante eran «proporcionales» al objetivo
perseguido, es decir, para evitar el escándalo. A continuación,
Fernández puso una demanda ante el Tribunal Constitucional que fue
rechazada porque consideró que las razones para no renovar el contrato
del profesor eran «puramente religiosas». Finalmente, Fernández presentó
la demanda ante el Tribunal de Estrasburgo en la que alega que dos de
los jueces del Tribunal Constitucional carecían de imparcialidad porque
eran católicos. El caso ha quedado visto para sentencia.
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