Novedades en Religión y Escuela

jueves, 4 de diciembre de 2025

El Supremo bendice al Principado: los alumnos que cursan Religión en Bachillerato deberán quedarse una hora más a la semana en el centro (mientras el resto se va a casa)

Tres años después de que el Arzobispado de Oviedo impugnase el Decreto aprobado por el Principado para regular la asignatura de Religión en Bachillerato, el Tribunal Supremo le da finalmente la razón al Ejecutivo autonómico: los alumnos que elijan cursar Religión deberán permanecer en el centro una hora más a la semana, pasando de 30 a 31 horas lectivas. El Alto Tribunal considera que esta configuración no vulnera el Acuerdo con la Santa Sede ni supone una discriminación prohibida por la Constitución, zanjando así un debate que se arrastraba desde 2022.

El Arzobispado defendía que la norma era ilegal porque el currículo educativo asturiano no ofrecía una asignatura alternativa obligatoria para quienes no escogieran Religión, lo que, a su juicio, generaba una situación de “desigualdad” entre alumnos. En su interpretación, la enseñanza religiosa debía impartirse en “condiciones equiparables” a las demás materias fundamentales, algo que, entendían, solo se garantizaba si todos los estudiantes tenían el mismo número de horas lectivas.

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) llegó a darles la razón en 2023 y anuló el artículo del Decreto que regulaba el horario de Religión. Sin embargo, ahora el Tribunal Supremo revoca aquella sentencia. La Sala de lo Contencioso-Administrativo concluye que la normativa autonómica se ajusta plenamente al Real Decreto que establece las enseñanzas mínimas de Bachillerato en toda España y que tampoco contempla una materia alternativa para quienes no cursan Religión. Además, recuerda que esta ausencia de alternativa fue fruto de “un entendimiento previo con la Conferencia Episcopal Española durante la elaboración de los currículos”.

Malestar en el Arzobispado

El Arzobispado ha expresado su malestar y no descarta recurrir la sentencia. “Si un alumno, para poder ejercer su derecho, amparado por la Constitución, a asistir a clase de Religión en la escuela, tiene que permanecer en el centro una hora más que el resto de sus compañeros, eso es discriminatorio y no respeta la igualdad de derechos”, denunciaron desde la Delegación Episcopal de Enseñanza tras conocer el nuevo fallo.

El Supremo, sin embargo, sostiene lo contrario: las diferencias horarias no son contrarias a Derecho y no afectan a la libertad de opción del alumnado. Con esta sentencia, el Principado ve ratificada su regulación educativa, mientras que el conflicto entre la Administración y la diócesis podría prolongarse en otras instancias.

Fuente: https://www.lne.es/asturias/2025/12/03/supremo-bendice-principado-alumnos-religion-124409375.html#

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Añade un comentario

En calidad de Afiliado de Amazon, obtengo ingresos por las compras adscritas que cumplen los requisitos aplicables