Habitualmente no escribo post personales, pero en esta
ocasión creo necesario hacerlo ante la cantidad de noticias sobre los "despidos"
del Profesorado de Religión en Andalucía.
En esta semana, los directores de los centros de Educación Primaria de Andalucía han recibido una carta procedente de la Secretaría General de Educación de la Consejería de Educación de Andalucía, la cual adjunto a continuación.
Esta
carta ha provocado y lo seguirá haciendo una serie de noticias en prensa escrita
o digital.
Destaco algunas conclusiones de la mencionada carta:
- El horario de Religión en Primaria (NO EN INFANTIL, como algunos directores ya quieren imponer) NO reduce a 45 minutos el área. Fija este horario como el MÍNIMO, que se puede aumentar disponiendo de las horas de autonomía del centro.
- El empleador es el Ministerio y quien propone es el Ordinario.
Sea como sea, la situación a la que nos puede llevar al profesorado de Religión en Andalucía esta fórmula puede crear situaciones nada deseables. Pero no por ello debemos dejar de pensar y buscar soluciones. Todos quisiéramos estar, al menos, con el horario que tenemos hasta el día de hoy: 3 horas por ciclo. Los 90 minutos en cada curso.
Hay ciertas cuestiones que deseo compartir:
- Que los centros dispongan de una cierta autonomía organizativa, para responder a las necesidades educativas del alumnado matriculado, con los recursos humanos destinados en el mismo, los medios materiales y económicos disponibles, es una reivindicación antiquísima, que la Lomce la ha hecho realidad. Pero, es la otra verdad, los centros educativos carecen de experiencia organizativa autónoma, porque han dependido siempre de una organización centralizada en los organismos superiores, que han sido los que han "concedido" siempre el numero de unidades, la composición del claustro, el personal de administracion y servicios, las ratios, los presupuestos y, a traves de los servicios de inspección, han mandado en los centros hasta en los mas minimos detalles, de tal forma que ante el más nimio de los problemas, se han resuelto con una llamada a la Inspeccion. No habia Directores, sino representantes de los superiores.
Destaco algunas conclusiones de la mencionada carta:
- El horario de Religión en Primaria (NO EN INFANTIL, como algunos directores ya quieren imponer) NO reduce a 45 minutos el área. Fija este horario como el MÍNIMO, que se puede aumentar disponiendo de las horas de autonomía del centro.
- El empleador es el Ministerio y quien propone es el Ordinario.
Sea como sea, la situación a la que nos puede llevar al profesorado de Religión en Andalucía esta fórmula puede crear situaciones nada deseables. Pero no por ello debemos dejar de pensar y buscar soluciones. Todos quisiéramos estar, al menos, con el horario que tenemos hasta el día de hoy: 3 horas por ciclo. Los 90 minutos en cada curso.
Hay ciertas cuestiones que deseo compartir:
- Que los centros dispongan de una cierta autonomía organizativa, para responder a las necesidades educativas del alumnado matriculado, con los recursos humanos destinados en el mismo, los medios materiales y económicos disponibles, es una reivindicación antiquísima, que la Lomce la ha hecho realidad. Pero, es la otra verdad, los centros educativos carecen de experiencia organizativa autónoma, porque han dependido siempre de una organización centralizada en los organismos superiores, que han sido los que han "concedido" siempre el numero de unidades, la composición del claustro, el personal de administracion y servicios, las ratios, los presupuestos y, a traves de los servicios de inspección, han mandado en los centros hasta en los mas minimos detalles, de tal forma que ante el más nimio de los problemas, se han resuelto con una llamada a la Inspeccion. No habia Directores, sino representantes de los superiores.
- Con la Lomce se puede escribir un nuevo capítulo en el sistema educativo con la autonomia organizativa en los centros, que requiere autenticos directores al frente de cada comunidad educativa, a la que el centro tiene que ofrecer un servicio educativo eficiente y de excelencia, contando con unos medios humanos y materales, y una norma: la Ley, a la que toda la comunidad educativa debe cumplir y hacer que todos los sectores la cumplan. La ideologia de cada uno en la puerta del Colegio y prohibido traspasar la puerta, porque el centro es el modelo para aprender a convivir.
- Con la autonomiía organizativa, es cierto que se traslada a cada centro escolar la "lucha por las horas" con el peligro de que el equipo directivo, en el caso de la distribución horaria a Valotres Sociales y Civicos/Religión, imponga su criterio y fije 45 minutos, sin dar posibilidad a su ampliación. Pero en cuanto se piense que la Ley a quien le da el derecho para elegir las enseñanzas de la Religión es a los padres y no al Director o Directora con su equipo, la exigencia del cumplimiento de la Ley va a exigir también el equilibrio y una distribución horaria que responda a necesidades, vistas desde la pedagogia, la didáctica y la organización escolar. Habrá que ver cómo concretan el horario definitivo para cada nivel escolar en la Educación PRIMARIA. En ningún caso, INFANTIL, etapa que no "toca" la LOMCE y debe continuar con el mismo horario.
- Pero la "lucha por las horas" tiene que quedar compensada por una organización educativa que pueda responder con eficacia y excelencia a la diversidad del alumnado y de toda la comunidad educativa, mediante la oferta de servicios educativos, en los que la totalidad de los recursos humanos del centro, entre los que se encuentra el profesorado de religión, tiene que ocupar el tiempo que le quede libre en su jornada laboral. Organizar esos servicios educativos y distribuir las horas necesarias es tambien una tarea de la Dirección y su equipo. Hay todo un futuro por delante para la creatividad y el buen hacer.
- Porque, si el empleador del profesorado de religión es el Ministerio ¿cómo va a poder un equipo directivo cambiarle la jornada laboral y modificarle el contrato laboral al profesorado de religión?. Solo desde el respeto a la legislación laboral podra la Dirección organizarle el tiempo lectivo para que coincida con su contrato indefinido. ¿El Ministerio va a modificar un contrato si la Dirección le ha organizado su jornada laboral en el centro? ¿ No es una obligación legal y también moral mantener las horas del contrato? Las horas que puedan quedar libres, una vez ocupadas las lectivas para la impartición del curriculo y las dedicadas a la vigilancia de los recreos, que también son lectivos para el alumnado y para el profesorado, hasta completar las 25 horas lectivas diarias, tienen que dedicarse a otras tareas educativas al servicio del centro y de su comunidad educativa, como hacen en Galicia y como ha propuesto CCOO para Ceuta. Una autonomia organizativa para un servicio educativo eficiente y de excelencia, sin recursos humanos, es un engaño y no utilizar a profesionales destinados en el centro supondría un derroche, que debiera estar penalizado.
- Las transferencias del profesorado de religión de Educación Infantil y Primaria, anunciadas para diciembre, se pueden consensuar más facilmente sin que existan por medio problemas de horarios. Para ello, las Direcciones de los centros, en el uso de su autonomía organizativa, tienen que respetar los contratos laborales para que el cambio de empleador, del Ministerio a la Consejería de educación, se haga sin complicación laboral alguna.
- Hay que evitar que el derecho de los padres a la elección de la enseñanza religiosa quede vulnerado, porque tocamos derechos fundamentales. Y no caben discriminaciones entre unos padres y otros, por el hecho de haber matriculado a sus hijos en un determinado centro, por lo que la desigualdad tiene que estar muy bien justificada legalmente.
Ni vulneración de los derechos de los padres ni vulneración de derechos laborales del profesorado. Los centros educativos no se pueden convertir en fuentes de conflictos. Tienen que ser, por el contrario, lugares de convivencia, donde se respetan todas las ideologias y todas las opiniones y, porque se cumple la Ley, no hay lugar para la denuncia a la Justicia.
- A punto estamos de conocer cómo ha quedado el Decreto que va a regular el curriculo de la Educación Primaria ¿Qué han planteado los sindicatos en la Mesa Sectorial de Educación, trámite de audiencia previo o Consejo Escolar de Andalucía? ¿Por qué no han puesto tanto interés en modificar el borrador en dichos organismos como lo han puesto en convocar una manifestación, cartas de padres, firmas (además de servir de publicidad para el propio sindicato)? ¿Interpondrán algún recurso si la aplicación de la Lomce en Andalucía resultara tan "catastrófica" como nos vienen anunciando?
- En caso de "reducción de horario" como parece probable: ¿Cómo se va a realizar? ¿Quiénes decidirán cuántas horas tiene cada profesor? ¿En base a qué criterios? ¿Por qué no se exigen negociaciones a la Secretaría General de Educación con los representantes legítimos elegidos en elecciones sindicales: los comités de empresa? ¿Para qué los hemos elegido? Pero no para reunirse a "contar penas" sino para plantear un plan riguroso para su estudio compartido, que aporte soluciones viables, que sean posibles dentro de la legalidad vigente. ¿Qué pintan los comités de empresa y sus delegados sindicales legalmente elegidos, que son los representantes sindicales legítimos del profesorado de religión, en los diálogos con las Administraciones públicas? Si somos personal laboral docente, ¿qué pintan los funcionarios o el personal laboral del PAS autonombrándose representantes del profesorado de religión ante la Administración?... ¿Repartimos responsabilidades entre todos los implicados, incluyendo también al propio profesorado de religión, ante situaciones nuevas o negativas, sin necesidad de simplificaciones sobre quien es nuestro "enemigo" ? El "enemigo" no existe. Lo que falta es análisis de la realidad, diálogo y negociación. ¿O no?
José Antonio Fernández Martín
Profesor Religión Infantil y Primaria en Málaga
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