Estima acreditada la "imposibilidad" de que se reincorpore en sucesivos cursos a su puesto de trabajo conforme a la ley
ALMERÍA, 17 Dic. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Superior de Justicia de
Andalucía (TSJA) ha confirmado el auto del Juzgado de lo Social número 3
de Almería que limitaba la readmisión de la profesora de Religión
Resurección Galera en su puesto de trabajo hasta el pasado 31 de agosto y
condenaba al Ministerio de Educación a pagarle 42.372,98 euros de
indemnización por los salarios que dejó de percibir desde el curso
2001-2002, en el que no fue renovada por el Obispado de Almería por
contraer matrimonio civil con un hombre divorciado.
La sentencia de la Sala de lo Social, a la que ha tenido acceso
Europa Press, rechaza los recursos de suplicación interpuestos tanto por
Resurrección Galera como por el ministerio, que solicitó al Alto
Tribunal andaluz que declarara que la reincorporación de Galera al
puesto de trabajo que ocupaba en el CEIP 'Ferrer Guardia' de La Cañada,
en la capital, era "imposible legal y materialmente" al haberse
procedido al pago de los salarios y la indemnización y estar ocupada su
plaza por otra persona.La docente, por su parte, solicitaba que se le repusiera en su puesto de trabajo pero "sin limitación temporal". Ambos recurrentes coincidían, no obstante, en su desacuerdo con la cuantía de indemnización fijada por el juez de lo Social en el auto de ejecución de la sentencia que declaró nulo el despido de Galera después de que el Tribunal Constitucional dictaminara que el Obispado de Almería había vulnerado sus derechos fundamentales al no llamarla para el curso 2001-2002.
ME PARECE BIEN QUE HABIENDO OPTADO ESTA DOCENTE POR OTRO CAMINO QUE NO ES EL DE CRISTO, ELLA MISMA SE PUSO AFUERA ....OLVIDÓ EL PRIMER MANDAMIENTO ;"AMAR A DIOS SOBRE TODAS LAS COSAS"
ResponderEliminarPOR UN GOZO TERRENAL UNA ETERNIDAD DE OSCURIDAD?, ME PARECE POCO INTELIGENTE, PUEDE ENSEÑAR OTRAS ASIGNATURAS , PERO NO RELIGIÓN, OJALÁ RECAPACITE Y SE RECUERDE DE CUÁNTO LA AMA DIOS!