Blog del Profesorado de Religión Católica: No por mucho madrugar, amanece más temprano...

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viernes, 9 de diciembre de 2011

No por mucho madrugar, amanece más temprano...


Bien podría ser el título o diploma honorífico dedicado a varios sindicatos que, en Andalucía, se aplican las medallas de un convenio colectivo específico para el profesorado de Religión sin estar aún firmado y en proceso de negociación mediante borradores...
Me indigna que me tomen por tonto. Gracias a estos sindicatos se va a firmar un Convenio que recoge todas sus “propuestas”. Gracias pues, es de bien nacido ser agradecido. Pero si son propuestas suyas realmente, no tendrán inconveniente alguno en publicar dichas propuestas con el sello de su registro pertinente dentro del plazo que se marcó. Porque es que muchos no cumplen con los mínimos requisitos documentales y participan en las reuniones afirmando o negando las aportaciones de otros sindicatos, pero luego bien que corren para publicarlos en los medios de información como sus propios logros. Una cosa es informar mediante mails masivos a los afiliados y otra distinta publicarlos en medios públicos.
Más estupefacto me quedo al comprobar que estos mismos sindicatos a los que debemos el agradecimiento de unas negociaciones para plasmar un convenio colectivo propio, son los mismos que durante cuatro años se han negado (incluso impedido) elecciones propias del profesorado de Religión, constitución de Comités de Empresa Propios y, por extensión, de un Convenio Colectivo Propio, cuando han proclamado a los cuatro vientos durante estos cuatro años que debíamos estar en el Convenio Colectivo de Funcionarios o Laborales y en los Comités de Empresa de Laborales no Docentes y que por esto debíamos votar únicamente a los sindicatos presentes en la Mesa Sectorial de Educación o a quienes podían representarnos en dichos Comités de Laborales no Docentes (como es el caso de Jaén).
Es entonces cuando me cuestiono:
- ¿Han reconocido su error en la “política sindical” anterior de cuatro años y asumen ahora que es a través de una comisión negociadora de la administración junto con todos los sindicatos que tienen interés en el tema o delegados sindicales elegidos en elecciones propias del profesorado de Religión?
- ¿Van a cambiar su “discurso” de la Mesa Sectorial por Comités de Empresa propios, Delegados sindicales electos en elecciones propias y Convenio Colectivo Propio?
- ¿Se van a responsabilizar si la publicación en medios digitales de sus “logros” en la firma del Convenio impide o perjudica precisamente las negociaciones de la firma de dicho convenio?
- Ya que la administración ha incorporado sus aportaciones, ¿harán públicas dichas aportaciones a los borradores con su sello de registro como documento que demuestra que efectivamente son aportaciones de dichos sindicatos?
...
 Para leer y comparar:



Publicado el 10 de Marzo de 2011 
En archivo adjunto colgamos la Sentencia del Tribunal Supremo, dictada en unificación de doctrina, en el Recurso de Casación 3369/2009, defendido por CC.OO. y APPRECE, frente a las tesis defendidas por la Junta de Andalucía y CSIF, a quien, en 1ª instancia, el Juzgado le dio la razón y también la Sala de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en sentencia del 26 de mayo de 2009, que fue recurrida en Casación para la unificación de doctrina, aportando como Sentencia de contraste la Sentencia de la Sala de Málaga del TSJA, que declaró válido el preaviso que CC.OO. y UGT pusieron para las elecciones del año 2007, anulando la de 1ª instancia, favorable a CSIF y que recurrimos ante el TSJA los sindicatos APPRECE, CC.OO., UGT y USTEA.


Publicado el 10 de Marzo de 2011 

SENTENCIA DEL JUZGADO SOCIAL Nº 4 DE SEVILLA, DE 25 DE FEBRERO DE 2011, CONTRA LAS PRETENSIONES DE USO Y CSIF, QUE DEFENDIERON LA APLICACIÓN DEL III CONVENIO COLECTIVO DEL PERSONAL LABORAL DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO AL PROFESORADO DE RELIGIÓN DE INFANTIL Y PRIMARIA DE SEVIILLA, CUANDO SE TRATA DE PERSONAL LABORAL SIN CONVENIO


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