- Una ley estatal de 1992 garantiza a los alumnos musulmanes recibir
la materia en centros docentes públicos y privados concertados en todos
los niveles, como también recoge la ley andaluza de 2007 y el Estatuto
de Autonomía
- Un instituto deniega a varias alumnas la posibilidad de recibir la materia porque no existe un convenio entre la Consejería de Educación y la Comisión Islámica de España que la Junta no considera "la conveniencia"
- Andalucía cuenta con 22 docentes contratados del total de 55 que hay en España para una comunidad de potenciales alumnos de la asignatura de 46.118 menores andaluces, según la Unión de Comunidades Islámicas de España
- Un instituto deniega a varias alumnas la posibilidad de recibir la materia porque no existe un convenio entre la Consejería de Educación y la Comisión Islámica de España que la Junta no considera "la conveniencia"
- Andalucía cuenta con 22 docentes contratados del total de 55 que hay en España para una comunidad de potenciales alumnos de la asignatura de 46.118 menores andaluces, según la Unión de Comunidades Islámicas de España
Los padres de niños de
Primaria de Andalucía que quieran recibir religión islámica no tienen
problema, no así en los niveles de Secundaria y Bachillerato, para lo
cual la Junta argumenta que se requiere un convenio con la Comisión
Islámica de España. Pese a que una ley estatal de 1992, así como la ley
andaluza y el Estatuto de Autonomía, garantizan a los alumnos musulmanes
recibir enseñanza religiosa islámica en los centros docentes públicos y
privados concertados en los niveles de educación infantil, educación
primaria y educación secundaria, en Andalucía no existe tal posibilidad
para ESO y Bachillerato.
La Junta de
Andalucía "no ha considerado hasta el momento la conveniencia y
oportunidad de firmar un convenio con la Comisión Islámica de España"
para tal objetivo, según reconoce la administración andaluza en un
escrito remitido al Defesor del Pueblo Andaluz. A su juicio, se debe
formalizar ese acuerdo para ofertar la materia de religión islámica en
los centros docentes públicos para la enseñanza de Educación Secundaria,
aunque no se ha suscrito para impartirla sin problema en Primaria. En
Andalucía, por otra parte, y según afirma también la Junta en esa
respuesta escrita, hay suscritos convenios de colaboración para las
enseñanzas de la religión católica y evangélica, aplicable a los centros
educativos andaluces que imparten ESO y Bachillerato.
Por eso, y para dar cumpliento a aquella La ley 26/1992
por la que se aprobó el acuerdo de cooperación del Estado con la
Comisión Islámica de España, el Defensor del Pueblo Andaluz ha emitido una resolución
en la que insta a la Consejería de Educación que "se promuevan las
medidas que sean necesarias en orden a hacer posible la impartición de
la asignatura de religión islámica en los centros docentes andaluces,
sin perjuicio de la firma del acuerdo o convenio que se estime oportuno
con la Comisión Islámica de España".
La
resolución del Defensor llega después de que un padre expusiera que, a
pesar de haberlo solicitado para sus dos hijas, así como otros
progenitores también para otras dos alumnas del Instituto, les había
sido denegada la posibilidad de recibir clases de religión islámica por
la inexistencia del citado convenio. La Consejería de Educación no ha
respondido a eldiario.es Andalucía
acerca de esta cuestión, por lo que la versión oficial y los argumentos
de la Junta se limitan a lo expuesto en la reciente respuesta a la
institución del Defensor del Pueblo Andaluz.
Religión islámica solo en Primaria
Recuerda el Defensor que, sin necesidad de haberse suscrito convenio
alguno con la Comisión Islámica de España, se viene impartiendo religión
islámica en algunos centros docentes andaluces aunque solo en Educación
Primaria. El Defensor lamenta que la Junta utilice el argumento de que
no ofrecer la materia ni en la ESO ni en el Bachillerato obedece a la
inexistencia de un convenio específico entre la Comisión y la
Administración autonómica andaluza.
"Presentando la misma complejidad la organización de la impartición de
enseñanza religiosa evangélica, sí ha sido apreciada la conveniencia de
la firma de un convenio con la Federación de Entidades Religiosas
Evangélicas de España y la impartición de dicha religión en los niveles
de Educación Secundaria Obligatoria y en Bachillerato", explica la
resolución.
Según reconoció la Dirección
General de Planificación y Centros al Defensor, la propia Comisión
Islámica ha solicitado reiteradamente formalizar un convenio de
colaboración. La Junta argumenta que las razones que han aconsejado la
no suscripción del reiterado convenio habían sido la dificultad de
asignación de profesorado en los centros docentes que cuenten con un
número reducido de alumnado que solicita dicha enseñanza, la
reagrupación de alumnado de distintos niveles educativos en el mismo
centro, la dispersión geográfica de los centros con alumnado que
pretenden estudiar la materia de religión islámica, así como la
dificultad de encajar los horarios del profesorado compartido por varios
centros, en su caso, y el elevado coste que supondría la implantación
de esta enseñanza en la plantilla de profesorado a contratar por la
Consejería. Dicen que no obstante, los alumnos disponen de la materia
alternativa de Valores Éticos en ESO y Educación para la Ciudadanía y
Los Derechos Humanos en Bachillerato.
Un reciente estudio demográfico de la población musulmana
elaborado por la Unión de Comunidades Islámicas de España (UCIDE) y el
Observatorio Andalusí cifra en 290.000 la población musulmana española e
inmigrante y matriculados en segundo ciclo de Infantil, en Primaria,
ESO y Bachillerato. Según el informe, Andalucía cuenta con 22 docentes
de religión contratados del total de 55 que hay en España, para una
comunidad de potenciales alumnos de la asignatura de 46.118 alumnos
destinatarios (22.816 españoles y 23.302 inmigrantes).
Un derecho de los estudiantes
La ley 26/1992
por la que se aprobó el acuerdo de cooperación del Estado con la
Comisión Islámica de España "garantiza a los alumnos musulmanes, a sus
padres y a los órganos escolares de gobierno que lo soliciten" el
derecho de los estudiantes de infantil, primaria y secundaria "a recibir
enseñanza religiosa islámica en los centros docentes públicos y
privados concertados, siempre que, en cuanto a estos últimos, el
ejercicio de aquel derecho no entre en contradicción con el carácter
propio del centro".
No solo aquella ley
nacional garantiza esta cuestión. La Disposición Adicional Segunda de la
Ley para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE) establece que la
enseñanza de otras religiones se ajustará a lo dispuesto en los acuerdos
de cooperación celebrados por el Estado Español con, entre otras, la
Comisión Islámica de España.
Y en Andalucía, el actual Estatuto de Autonomía,
en su artículo 21.2, señala que "los poderes públicos de la Comunidad
Autónoma de Andalucía garantizan el derecho que asiste a los padres para
que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de
acuerdo con sus propias convicciones", añadiendo que "tendrán en cuenta
las creencias religiosas de la confesión católica y de las restantes
confesiones existentes en la sociedad andaluza". La Ley 17/2007, de 10 de diciembre de Educación de Andalucía, en su artículo 4.2 reproduce lo dispuesto en el Estatuto.
Por su implantación geográfica, el asentamiento de los conciudadanos
musulmanes es mayor en la mitad sureste del país destacando en número
las autonomías de Andalucía, Cataluña, Madrid y Valenciana, seguidas de
Murcia, y en porcentaje las de Ceuta y Melilla, según destaca el citado
estudio.
El Defensor Andaluz insiste en su
resolución en la no necesidad para la implantación de la enseñanza
religiosa islámica de otro convenio que no sea el que se contiene en la
Ley por la que se aprobó el Acuerdo de Cooperación del Estado Español
con la Comisión Islámica de España, así como que a cualquier religión
minoritaria se le ha de dar el mismo valor y tratamiento que a la
religión mayoritaria en nuestro país y en nuestra comunidad autónoma de
Andalucía.
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