Se está a la espera de la sentencia sobre la reducción de horas lectivas que también presentaron las tres diócesis extremeñas
El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso que antepusieron los tres obispos de las diócesis extremeñas contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) del pasado mes de septiembre. El tribunal extremeño desestimó entonces el recurso especial que presentaron los prelados para la protección de los derechos fundamentales contra el decreto de la Junta de Extremadura de 5 de julio de 2016 sobre el currículum para ESO y Bachillerato, relativo a la asignatura de religión.
Con este pronunciamiento del TS, se mantiene la sentencia del TSJEx y asegura que no procede presentar el recurso por "defecto de forma" en el modo de formulación de la demanda y a "falta de legitimación" del demandante. Cabe recordar que el pasado 14 de julio el Arzobispado de Badajoz, el Obispado de Coria-Cáceres y el Obispado de Plasencia interpusieron el citado recurso contencioso-administrativo ante el TSJEx, por considerar que el decreto en cuestión vulneraba derechos fundamentales recogidos en la Constitución, entre otras cuestiones.
Dos meses más tarde, en septiembre, el TSJEx resolvió que el decreto regional no viola el derecho a la libertad religiosa por reducir la carga horaria a la asignatura de religión, ya que se garantiza el estudio de la religión o su alternativa de valores éticos, y no existe, por tanto, infracción constitucional alguna, ni en el tratamiento de la asignatura en la ESO, ni en primero de Bachillerato donde se oferta. Los obispos recurrieron entonces ante el Tribunal Supremo esta sentencia y ahora considera que no procede la presentación del recurso en esa instancia.
Con ello se cierra esta vía judicial en la que las diócesis apelaban a la vulneración de derechos fundamentales, pero se está a la espera todavía de conocer la sentencia del recurso que presentó la Iglesia Católica y una asociación de docentes respecto a la reducción de los horarios de la asignatura, como también lo hizo la Asociación de Padres y Madres de la Escuela Pública Educación Integral (Apadex), a la que el Alto Tribunal extremeño le ha dado la razón esta misma semana.
En este sentido, la portavoz de la Junta de Extremadura, Isabel Gil Rosiña, ha recordado que con el pronunciamiento del Tribunal Supremo que se ha conocido este jueves queda claro que "la Junta no ha vulnerado un derecho fundamental de las familias" con la reordenación de los horarios lectivos de la asignatura de Religión, aunque aclara que se sigue a la espera de conocer las sentencias sobre la reducción de los horarios ante los recursos presentados por los obispos y los docentes.
DOS VÍAS DISTINTAS
"Son dos vías distintas, la de si se ha vulnerado o no un derecho fundamental ya está juzgada y ahí concluimos que la Junta no ha vulnerado ese derecho fundamental y la segunda vía es la que se inicia con tres demandas distintas", aclara Gil Rosiña, que añade que el Ejecutivo regional presentará un recurso de casación ante el Tribunal Supremo por la sentencia de la reordenación de los horarios de la asignatura que da la razón a la citada asociación de padres.
En este sentido, asegura que seguirá insistiendo en que esa ordenación se ha hecho con criterios que atienden a la legalidad vigente, que es la Ley de Educación nacional, y ejerciendo las competencias educativas que tiene la Comunidad Autónoma. "Reafirmarnos en que no hemos vulnerado ningún derecho fundamental ni la libertad de los padres de cómo educar a sus hijos", recalcó la portavoz a preguntas de los medios sobre este asunto en unas declaraciones antes de inaugurar en Cáceres las obras de reforma del tanatorio San Pedro de Alcántara.
"No hemos hecho este nuevo decreto contra la religión en nuestra región, sino que lo hacemos absolutamente convencidos de que esta nueva ordenación de las horas va a propiciar ciudadanos de mañana que opten por la religión que quieran y tengan en su educación integral unos valores democráticos y ciudadanos, que se recogen en asignaturas como filosofía, que en los últimos años ha ido perdiendo parte del contenido académico de nuestros niños y niñas", subrayó.
En este sentido, ha señalado que el Gobierno regional mantiene la postura de "ordenar las horas lectivas que han de recibir los alumnos atendiendo a una educación integral, que no solo respete que una familia reciba clase de religión, sino que garantice el desarrollo educativo de unos valores democráticos y ciudadanos que harán mejor a los extremeños del mañana", concluyó.
La portavoz insiste en que la nueva ordenación de las horas lectivas "no se ha hecho contra nadie" sino que se ha diseñado de una forma "más integral" y buscando un "equilibrio" de las asignaturas y "pensando en los alumnos de Extremadura para que están bien formados en valores democráticos y ciudadanos", concluyó.
Fuente: http://www.lavanguardia.com/vida/20170202/413945542928/el-tribunal-supremo-considera-que-la-junta-no-vulnera-derechos-fundamentales-respecto-a-la-asignatura-de-religion.html
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