Blog del Profesorado de Religión Católica

Novedades en Religión y Escuela

jueves, 26 de julio de 2018

Likes y mentiras: ¿qué ocultan las redes sociales?

#ClaseDeReli  #ReliAlDia 
Empieza este verano a darle a tus “likes” la importancia que tienen. No te montes películas. https://usolovedelatecnologia.com/ #Porunusolovedelatecnologia #Orange



Adolescentes y jóvenes estudian al milímetro las fotografías de los perfiles sociales con el fin de proyectar una imagen que, muchas veces, no se asemeja a la realidad.
El postureo manda. Un fondo atractivo, la mejor luz del atardecer y una pose que parece natural pero que está estudiada al milímetro. Todo ello con un objetivo claro: conseguir el mayor número de me gusta posible. La obsesión por lograr más y más likes en las redes sociales lleva a adolescentes y jóvenes a no disfrutar del momento y a intentar inmortalizar todo lo que viven (y lo que no viven) para poder contarlo de la forma que a ellos les interesa.
En verano se darán 372.000 millones de likes a fotos en redes sociales
La felicidad parece ser la tónica general en la gran mayoría de las fotos, pero, ¿qué se esconde detrás de ellas? ¿Hasta qué punto la obsesión por la dictadura del like lleva a los adolescentes a maquillar sus fotografías? “Nos tiramos mucho tiempo hasta que conseguimos hacer la foto perfecta”, reconoce la influencer Merilú Mendoza, quien comparte su día a día en redes sociales bajo el paraguas del mundo healthy y los consejos de belleza.
Y como ella, millones de jóvenes viven sumergidos en la vorágine digital, donde comparten al minuto sus vidas pero estudiando cada una de las publicaciones. De hecho, tal y como afirma la influencer, “las fotos no muestran lo que en realidad hay detrás”, sino que muchas veces son el reflejo de una vida impostada.

El boom estival

El objetivo final de este ritual, que va desde la simple selección de filtros hasta aplicar retoques con apps similares a Photoshop para reducir digitalmente centímetros de cuerpo, es conseguir el mayor número de likes posible. De hecho, según un estudio de Omnicore, se calcula que durante este verano se darán 372.000 millones de me gusta en redes sociales y su uso aumentará un 25%.

Ante esta situación, es muy importante concienciar a los jóvenes sobre la superficialidad de estos contenidos, ya que detrás de una fotografía aparentemente feliz puede que se esconda una historia triste o un mal momento de su protagonista. Pero eso nunca se llega a mostrar.
Es de vital importancia la concienciación sobre el uso responsable de las nuevas tecnologías y de las redes sociales, con el fin de evitar que éstas se conviertan en una obsesión para los más jóvenes. Con el objetivo de sensibilizar a niños, adolescentes y mayores sobre estos temas, Orange lanzó el pasado mes de octubre la campaña Por un uso Love de la tecnología, en la que, mes a mes, va desgranando distintos problemas relacionados con un mal uso o abuso del entorno y las herramientas digitales.
Una campaña que durante los meses estivales se convierte en una pieza clave, ya que según un informe de Adglow, el 72% de los usuarios sube fotos a las redes sociales mientras está de vacaciones. Y, seguramente, la gran mayoría de estas fotos tendrá tras de sí un estudio orientado a conseguir el mayor número de likes posible. Y en caso de no conseguirlo, puede desencadenar situaciones de frustración o sensación de rechazo social.
Así pues, durante todo el año es necesario inculcar a los más jóvenes que una fotografía no es más que un recuerdo y las redes sociales son un álbum que no debe convertirse en escaparate en el que mostrar una vida irreal.

Fuente: http://www.elmundo.es/promociones/native/2018/07/24or/

miércoles, 25 de julio de 2018

Docentes de Religión con tutorías educativas (#ClaseDeReli #ReliAlDia)

TUTORÍAS EDUCATIVAS EN LIBERTAD, por Antonio Pariente y Tino Escribano

Dejando al margen la polémica sobre si la clase de religión debe formar parte del currículo educativo en la escuela, y, respetando todas las opiniones contrarias como también desearíamos que se respetaran democráticamente las favorables, quisieramos manifestar en este artículo nuestra indignación ante ciertas críticas desfavorables, no porque sean desfavorables a la clase de religión sino porque son descalificadoras de personas, profesores de religión en este caso, que tienen los mismos títulos universitarios como los demás, son tan pedagogos, tan profesionales, tan demócratas, tan progresistas, tan plurales, tan defensores de la libertad, tan respetuosos de las leyes y, sobre todo, de cada alumno: niños y niñas sin distinción para favorecerles la consecución de los objetivos educativos que son obligatorios para toda la comunidad docente sea cual sea su afinidad ideológica.

Existe en los centros escolares el profesorado de religión porque la mayoría de ciudadanos tienen sus creencias religiosas y la constitución españolas, como todas las europeas, les garantizan sus derechos para que libremente decidan incluir el conocimiento de la cultura y los valores religiosos en su formación académica. Así ya en España está regulada desde los primeros años de la democracia para católicos, evangélicos, musulmanes y judíos.
El profesorado de estas religiones no es un funcionario, como lo debe ser para las otras asignaturas, dado que debe respetarse la aconfesionalidad del estado. Sin embargo debe ser obligatoriamente un profesional universitario de la enseñanza propuesto por cada entidad religiosa. Así se garantiza, por una parte: el derecho de los ciudadanos a la pluralidad religiosa, y por otra: que el estado no se define por una religión propia para regular la vida de los ciudadanos, pero favorece su desarrollo según la normas democráticas y los acuerdos con cada confesión religiosa para servir a los ciudadanos.
Por eso el profesorado de religión es un contratado laboral y no tiene plaza fija porque no es un funcionario del estado pero sí favorece y cumple las leyes que garantizan los derechos de los ciudadanos. Los estados democráticos no tienen ninguna religión oficial como propia, pero los ciudadanos sí son religiosos y tienen derechos constitucionales para que se desarrollen tanto privada como públicamente  Estas son reglas democráticas tan elementales como lo son todas las demás que defienden otros derechos.
Ante la polémica actual de que si el profesorado de religión en los centros escolares puedan o no ejercer como tutores, serán las leyes jurídicas laborales quien así lo promulguen. Actualmente este profesorado está considerado con la categoría de contratado laboral como cualquier profesional interino, con los mismos derechos y deberes que tiene este profesorado de otras asignaturas.  Por tanto, si surge el caso, el profesorado de religión puede realizar funciones de tutorías con las mismas responsabilidades, garantía y solvencia pedagógica que el resto del profesorado. Otra cosa es quitar  horas de carga docente de religión y completarlas con horas de tutoría. Eso sí que es discutible.
Sin embargo, hay quién se alarma, como recientemente publicó el periódico Extremadura el jueves 19 de julio, escrito por Raúl Fernández del sindicato PIDE, que ve en el profesorado de religión al causante de todos los males pedagógicos, y, como si el excluirlo del entorno escolar fuese el remedio a los retrasos sociales. Así lo expresa al preguntarse textualmente “¿qué ocurriría cuando un docente religioso  tenga que atender a tutorías a un niño que sufre bullyng por ser afeminado o a una niña trans, o a una adolescente embarazada…?”
Sigue el autor del artículo preguntándose: ¿Qué información dará sobre planificación familiar, anticonceptivos, qué mediación hará entre el tutor con la familia, cómo comprenderá a quien es diferente, cómo atenderá y comprenderá el sufrimiento del que sufre porque es diferente?
Según dicho escrito, la ayuda no podrá venir del profesorado de religión, más bien todo lo contrario, pues así lo manifiesta cuando escribe que “la Religión condena al ostracismo”… porque “el profesorado de religión está en contra de estas realidades diferentes y minoritarias”.
Y, ante tanto daño, termina diciendo: “¿quién velará para defender al alumnado más desfavorecido por su condición de género, de identidad o de orientación sexual?”.
No vamos a entrar en juicios de valor, pero sí queremos defender de estas tremendas acusaciones al colectivo de profesores de religión, sean tutores o no tutores. Primero: no se obliga a nadie a elegir religión ni a los que se apuntan a clase a practicarla. Las clases de las religiones (católica, evangélica, judía, musulmana) en la escuela están abiertas a creyentes y no creyentes pues se oferta como asignatura académica para que el alumnado recoja datos para interpretar la cultura de su entorno, para adquirir herramientas que ofrecen diferentes sentidos de la vida ante temas existenciales, para dar respuesta a grandes interrogantes que necesitan pluralidad de puntos de vista para ser entendidos; incluso se oferta para aprender a ser críticos cuando las personas utilizan las religiones para otros fines no humanizadores.
Estamos convencido de que el profesorado de religión está capacitado para ejercer la responsabilidad de tutor en igualdad de condiciones a cualquier otro profesional de la docencia. Excluirlo de esta función educativa por el hecho de impartir una materia religiosa o por no ser funcionario del estado, me parece discriminarlo como “apestado” y excluirlo por consideraciones totalitarias que están más en la mente de los que apartan y segregan a los demás ciudadanos,  por ignorancia jurídica o por los “típicos tópicos” de siempre hacia todo lo que supone la religión.
Desde la religión católica podemos asegurar que estamos formados para dar dignidad a todas las personas por encima de todo, sin mirar sexo, ni raza, ni situaciones vitales, ni condicionantes, ni si es creyente o no lo es, o si practica el culto o está en contra de todo, sin prejuicios, y totalmente gratis.
Hay datos de sobra, personas e identidades religiosas que  ante la diversidad de situaciones de varones, mujeres, drogadictos, enfermos, inmigrantes, refugiados, trans, abortistas, separados, ancianos, vagabundos, transeúntes, familias desestructuradas, paro, desarraigo… intentamos dar las ayudas y orientaciones que están a nuestro alcance, sin esconder nada, sin forzar a nada, sin condicionantes de nada… se trata de respetar a cada persona y ofrecerle la pluralidad de opciones para que libremente decida su vida como quiera, con la moral que quiera, con las ideas que quiera. Y si eso lo hacemos en el día a día hasta en las parroquias y centros de identidad religiosa, ¿cómo no vamos a mantener los mismos criterios de respeto y dignidad a niños y niñas que están forjando su vida para que sean ciudadanos más responsables y más libres en su decisiones de cada día?
En la clase de religión no se aprueba o se suspende por las vivencias de la fe sino por los conocimientos culturales. Su objetivo no es evaluar las actividades para ser creyentes o cómo viven con su código moral religioso. Todo eso trasciende la clase lo mismo que en la asignatura de música a nadie se le pide si va al conservatorio, o en educación física si ha ganado algún campeonato. Cada cual decidirá libremente la vivencia de la religión o de la música o el deporte profesional porque lo ha conocido donde sea, o porque le ayuda a ser feliz y a construir un mundo de personas que promueven y respetan la dignidad de cada persona.
Es verdad que en el campo religioso hay errores, como en todos los gremios, pero son más los aciertos y los logros sociales, incluida la defensa de los derechos de la infancia en el mundo subdesarrollado, provenientes del contexto religioso pero eso no es noticiable.
Volviendo al asunto de las tutorías, Señor Raúl Fernández del sindicato PIDE, estamos totalmente de acuerdo con usted como dice en su escrito en que “las tutorías son un pilar fundamental para la educación de la convivencia democrática en la escuela y en la sociedad”… y “no meros instrumentos al servicio de intereses espurios que nada tienen que ver con el desarrollo pleno de la personalidad de nuestro alumnado”.
No dudo de que usted sea un magnífico docente y tutor, pero permítame que le diga que el profesorado de religión, si llegara el caso, también está capacitado para desarrollarla con la misma profesionalidad que usted y en total libertad, para que el alumnado, conociendo todas las opciones, aprenda a  tomar las decisiones correspondientes para su bien y para el bien común.  Esto será posible si crecemos en pluralidad democrática, es decir sin adoctrinamientos de ningún tipo, y para eso, son necesarias las tutorías educativas en libertad, para toda la comunidad docente.
Antonio Pariente Gutiérrez y Tino Escribano Ruiz
Delegación Episcopal de Enseñanza de Coria-Cáceres
 
Fuente: https://digitalextremadura.com/tutorias-educativas-en-libertad/

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El Supremo obliga a ofertar Religión en Bachillerato (#ClaseDeReli #ReliAlDia)

Currículo de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato

Decreto 112/2018, de 17 de julio, por el que se modifica el Decreto 98/2016, de 5 de julio, por el que se establecen la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato para la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE de 23 de julio de 2018). Texto completo.

DECRETO 112/2018, DE 17 DE JULIO, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 98/2016, DE 5 DE JULIO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LA ORDENACIÓN Y EL CURRÍCULO DE LA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Y DEL BACHILLERATO PARA LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA.

En ejercicio de las competencias de desarrollo legislativo y ejecución atribuidas por el Estatuto de Autonomía de Extremadura en su artículo 10.4 Vínculo a legislación y de lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en la redacción dada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre Vínculo a legislación, y de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre Vínculo a legislación, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato, la Junta de Extremadura dictó el Decreto 98/2016, de 5 de julio Vínculo a legislación, por el que se establecen la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato para la Comunidad Autónoma de Extremadura, publicado en el DOE n.º 129, de 6 de julio.
Frente al mismo se interpusieron recursos contenciosos-administrativos ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura por parte del Arzobispado de Mérida-Badajoz, el Obispado de Coria-Cáceres y el Obispado de Plasencia, así como por la Asociación de Padres de Extremadura, Escuela Pública, Educación Integral (APADEX), y la Asociación de Docentes de Religión de Centros Públicos, dictándose las sentencias núm. 48/2017, 42/2017 y 36/2017, de dicho órgano jurisdiccional, favorables a las pretensiones de los demandantes.
La Consejería de Educación y Empleo dictó las Órdenes de 28 de junio de 2017 (DOE núm.
127, de 4 de julio), disponiendo la ejecución provisional de las sentencias referidas y acordando la suspensión de la eficacia del Decreto 98/2016, de 5 de julio Vínculo a legislación, en los párrafos afectados por las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.
Frente al fallo de estas sentencias la Junta de Extremadura interpuso recurso de casación, pronunciándose el Alto Tribunal mediante las sentencias n.º 458/2018, de 20 de marzo, la número 472/2018, de 21 de marzo, y la número 1189/2018, de 11 de julio, sobre oferta de la Religión en el sistema educativo y la determinación de su carga lectiva por parte de la Administración autonómica.
Así en el fundamento de derecho sexto de la Sentencia 458/2018, el Tribunal Supremo concluye que “tampoco advertimos infracción de la legalidad ni discriminación en el tratamiento que el anexo IX del Decreto 98/2016 dedica a la Religión en el primer curso de Bachillerato”.
La misma sentencia, en el fundamento de derecho segundo el Tribunal Supremo se pronuncia sobre la obligada presencia de la Religión entre las asignaturas específicas en el segundo curso del Bachillerato y concluye que “... tiene razón en este punto la sentencia de instancia y la Asociación recurrente, de manera que no puede prosperar en este extremo el recurso de casación y deberá acogerse en cambio en este único particular el recurso contencioso-administrativo”.
En relación con la cuestión litigiosa, el fallo de la sentencia n.º 458/2018 es el siguiente:
“1. Dar lugar al recurso de casación n.º 1432/2017, interpuesto por la Junta de Extremadura contra la sentencia n.º 42, dictada el 26 de enero de 2017, por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura y anularla.
2. Estimar en parte el recurso n.º 390/2016, interpuesto por la Asociación de Padres de la Escuela Pública de Extremadura contra el Decreto 98/2016, de 5 de julio Vínculo a legislación, por el que se establecen la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato para la Comunidad Autónoma de Extremadura y anular su artículo 43 y el anexo IX en tanto no incluyen la Religión entre las materias específicas que deben ofrecerse en el segundo curso de Bachillerato”.
En los mismos términos se pronuncian las sentencias n.º 472/2018, de 21 de marzo, y 1189/2018, de 11 de julio, compartiendo el mismo fallo.
En virtud de lo anterior, al objeto de llevar a puro y debido efecto la parte dispositiva del fallo de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en las sentencias citadas, tal y como se dispone en los artículos 103 Vínculo a legislación y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, de conformidad con los artículos 8 y 9 del Decreto 59/1991, de 23 de julio, por el que se regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, procede anular la distribución horaria y curricular de la asignatura de Religión que dispusieron, en ejecución provisional de las sentencias n.º 036/2017 y n.º 042/2017, las órdenes de 28 de junio de 2017, y asimismo, modificar los anexos VIII y IX del Decreto 98/2016, de 5 de julio Vínculo a legislación, por la que se establecen la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato para la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Por cuanto queda expuesto, de conformidad con los preceptos reseñados, de acuerdo con la Comisión Jurídica de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Educación y Empleo y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 17 de julio de 2018, DISPONGO:
Artículo único. Modificación del Decreto 98/2016, de 5 de julio Vínculo a legislación, por el que se establecen la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato para la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El Decreto 98/2016, de 5 de julio Vínculo a legislación, por el que se establecen la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato para la Comunidad Autónoma de Extremadura, se modifica en los siguientes términos:
Uno. Se modifica la letra c) del apartado 1 del artículo 43, referido a la organización del segundo curso de Bachillerato en la modalidad de Ciencias, que queda redactado en los siguientes términos:
“c) Además, hasta completar el horario lectivo semanal, en función de la carga horaria de cada materia y de la oferta que realicen los centros docentes, el alumnado deberá cursar dentro del bloque de asignaturas específicas o de libre configuración autonómica, una o dos materias a elegir de entre las siguientes:
- Actividad Física, Deporte y Ocio Activo.
- Análisis Musical II.
- Ciencias de la Tierra y del Medio Ambiente.
- Imagen y Sonido.
- Proyecto de Investigación.
- Psicología.
- Religión.
- Segunda Lengua Extranjera II.
- Tecnología Industrial II.
- Tecnologías de la Información y la Comunicación II.
- Una materia no cursada, troncal o específica (de 4 horas) de cualquiera de las modalidades que se imparten en el centro, que será considerada específica a todos los efectos.
- Una materia propia del centro, previa autorización, según lo establecido en el artículo 45.3 de este decreto”.
Dos. Se modifica la letra c) del apartado 2 del artículo 43, referido a la organización del segundo curso de Bachillerato en la modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales, que queda redactado en los siguientes términos:
“c) Además, hasta completar el horario lectivo semanal, en función de la carga horaria de cada materia y de la oferta que realicen los centros docentes, el alumnado deberá cursar dentro del bloque de asignaturas específicas o de libre configuración autonómica, una o dos materias a elegir de entre las siguientes:
- Actividad Física, Deporte y Ocio Activo.
- Análisis Musical II.
- Fundamentos de Administración y Gestión.
- Historia de la Música y de la Danza.
- Imagen y Sonido.
- Proyecto de Investigación.
- Psicología.
- Religión.
- Segunda Lengua Extranjera II.
- Tecnologías de la Información y la Comunicación II.
- Una materia no cursada, troncal o específica (de 4 horas) de cualquiera de las modalidades que se imparten en el centro, que será considerada específica a todos los efectos.
- Una materia propia del centro, previa autorización, según lo establecido en el artículo 45.3 de este decreto”.
Tres. Se modifica la letra c) del apartado 3 del artículo 43, referido a la organización del segundo curso de Bachillerato en la modalidad de Artes, que queda redactado en los siguientes términos:
“c) Además, hasta completar el horario lectivo semanal, en función de la carga horaria de cada materia y de la oferta que realicen los centros docentes, el alumnado deberá cursar dentro del bloque de asignaturas específicas o de libre configuración autonómica, dos o tres materias a elegir de entre las siguientes:
- Actividad Física, Deporte y Ocio Activo.
- Análisis Musical II.
- Dibujo Artístico II.
- Dibujo Técnico II.
- Historia de la Música y de la Danza.
- Imagen y Sonido.
- Proyecto de Investigación.
- Psicología.
- Religión.
- Segunda Lengua Extranjera II.
- Técnicas de Expresión Gráfico-Plástica.
- Tecnologías de la Información y la Comunicación II.
- Una materia troncal de opción no cursada (de 3 horas) de la modalidad, que será considerada específica a todos los efectos.
- Una materia propia del centro, previa autorización, según lo establecido en el artículo 45.3 de este decreto”.
Cuatro. Se modifica al apartado 2 del artículo 45, que queda redactado en los siguientes términos:
“2. Los centros docentes deberán ofrecer durante toda la etapa de Bachillerato todas las materias troncales de opción del bloque de asignaturas troncales de aquellas modalidades que tengan autorizadas, así como las asignaturas específicas Religión y Segunda Lengua Extranjera; además, deberán ofrecer, en todas las modalidades, en el primer curso: la asignatura específica Cultura Científica, así como la asignatura de libre configuración autonómica Ética y Ciudadanía; y en el segundo curso: las asignaturas de libre configuración autonómica Actividad Física, Deporte y Ocio Activo, y Proyecto de Investigación.
Al ser de oferta obligada, la inclusión de estas dos últimas materias en la oferta educativa de los centros docentes no requerirá autorización previa por parte de la Consejería competente en materia de educación, quien, por otra parte, sí establecerá las características de la materia Proyecto de Investigación y regulará las condiciones de su implantación y desarrollo”.
Cinco. Se modifica el anexo IX en lo que respecta a la distribución de materias y el horario semanal en el segundo curso de Bachillerato, que queda redactado en los siguientes términos:
Tabla omitida.
Disposición derogatoria única.
Quedan derogadas las Órdenes de la Consejería de Educación y Empleo, de 28 de junio de 2017, por las que se disponen la ejecución provisional de las sentencias núm. 036/2017 y 042/2017, de 26 de enero, de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en los procedimientos ordinarios 389/2016 y 390/2016.
Disposición final primera. Calendario de implantación.
Las modificaciones introducidas en el currículo en cuanto a la distribución de las materias y su horario semanal que se derivan de la entrada en vigor del presente decreto serán de aplicación en los centros educativos a partir del curso académico 2018-2019.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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La reducción horaria de Religión al Supremo #ClaseDeReli #ReliAlDia

El Supremo abre la puerta a dejar en una hora a la semana la Religión en Primaria

El Govern ha llevado ante el Tribunal Supremo la decisión del TSJB de anular, a petición del Obispado, el decreto por el que fijaba en una única hora semanal las dedicadas a la enseñanza de la religión católica durante toda la Educación Primaria.

El Tribunal Supremo abre la puerta a mantener una única hora de Religión durante toda la Educación Primaria. La Sala revisará una sentencia en la que el TSJB anuló la orden de la Conselleria que mantenía al mínimo el número de horas lectivas para la enseñanza del catolicismo. Lo hace apenas un mes después de avalar reducciones similares en autonomías como Asturias y Extremadura. En ambos casos permitió una única hora de Religión tanto en Primaria como en ESO. La tesis que mantiene el Supremo en esas dos resoluciones es que lo importante no es el número de horas que se da a la asignatura sino que se ofrezca de forma obligatoria y que se compute.
El debate en el Supremo estriba sobre qué interpretación hay que hacer de Concordato entre el Vaticano y el Estado Español de 1979. Ese acuerdo obliga a que la religión católica se oferte en todos los centros de educación, «en condiciones equiparables a las demás disciplinas fundamentales». En la última sentencia al respecto, del pasado mes de mayo, el Supremo dio la razón al Gobierno asturiano. Interpreta que no se puede atender únicamente al número de horas y que una única a la semana «no es una carga irrelevante o, al menos, no se ha desarrollado que en ese tiempo sea imposible desarrollar un programa didáctico coherente y completo de enseñanza de la Religión Católica». Valora por encima lo «cualitativo» y señala que mientras se mantenga como una opción evaluable y que los alumnos tengan que superarla se cumplen con el Concordato.
La Sala de lo Contencioso del TSJB falló el pasado mes de diciembre a favor del Obispado y declaró nula la orden de la Conselleria que fijaba el currículo de Educación Primaria. En 2016 el Govern fijó en una única hora a la semana la carga lectiva para la Religión durante toda la Primaria. Hasta ese momento se había establecido una hora y media. La sentencia del Tribunal Superior de Justicia, que contó con un voto particular en contra, señalaba que la reducción de horas había sido especialmente dura con la religión católica que quedaba en la mitad de horas que educación física. La resolución consideraba «irrazonable y discriminatoria» la decisión de recortar las horas y, por tanto, la dejaba sin efecto en su sentencia. Ahora, el Supremo admite a trámite el recurso del Govern y le pide únicamente que aclare si la cuestión que plantea es la misma que la que se resolvió a favor de Asturias. Así, la interpretación del alto tribunal sería la de avalar la reducción horaria y, por tanto, anular la sentencia del Tribunal Superior de Justicia.
Fuente: https://ultimahora.es/noticias/local/2018/07/24/1015139/supremo-abre-puerta-dejar-hora-semana-religion-primaria.html

El Bisbat apelará al «trato discriminatorio» en la reducción horaria de Religión


«El Bisbat de Mallorca apelará al trato discriminatorio que aplicó el Govern en la reducción horaria de la asignatura de Religión en Primaria», explicó Marc González, abogado de la Diócesis, ante la admisión a trámite, por parte del Tribunal Supremo, de un recurso del Ejecutivo autonómico.
Ultima Hora publicó este martes que el Supremo ha admitido a trámite el recurso del Govern contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) que anulaba la reducción de clases de Religión de una hora y media a una hora.
Según González, «la admisión a trámite estaba cantada después de resoluciones del Supremo en el mismo sentido. En nuestra opinión, el TSJB anuló la reducción en una sentencia muy bien argumentada. Lo curioso es que, para justificar la reducción, el Govern se aferra al tenor literal de la LOMCE, una ley que siempre ha dicho que debería derogarse».
El abogado señala que «el TSJB, en su sentencia, destacó que un tratamiento diferenciado a la Religión debe justificarse, y el Govern no lo hizo. Aplicó una reducción horaria sin ninguna necesidad ni obligación de ello. Simplemente, por una línea ideológica. Ante el Supremo, defenderemos que, con la Religión, el Govern ha practicado un trato discriminatorio, pues pasar de una hora y media a una hora supone una reducción de un tercio de la carga lectiva, lo que no se ha hecho con otras materias». Marc González recuerda que «esa reducción horaria tuvo consecuencias en la plantilla de Religión de la enseñanza pública, aplicando limitaciones de jornada para no tener que afrontar despidos». González expresa su confianza en la defensa de los argumentos del Bisbat ante el Supremo, «teniendo en cuenta que anteriores resoluciones sobre esta cuestión en otras comunidades no se refieren exactamente a los mismos casos».

Fuente: https://ultimahora.es/noticias/local/2018/07/25/1015333/bisbat-apelara-trato-discriminatorio-reduccion-horaria-religion.html

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martes, 24 de julio de 2018

Las Redes Sociales en la acción catequética, pastoral y evangelizadora

Estimado colaborador.
Hace algún tiempo le invitábamos a formar parte de una investigación de carácter nacional relativa al uso que se está haciendo de las Redes Sociales en la acción catequética, pastoral y evangelizadora.
Llevamos cierto retraso en ella por tener algunas dificultades en conseguir una muestra suficientemente significativa para nuestro estudio.
En todo caso, y como anticipo sí que podemos poner a su disposición un modesto estudio inicial que hicimos en Aragón a este respecto y que ponemos a su disposición para su conocimiento, valoración, uso y difusión, si lo considera.
Puede acceder al mismo a través de este enlace:

Un cordial saludo y nuestro agradecimiento.

Por si nos quisiera seguir ayudando volvemos a compartir el enlace del formulario que ya respondió por si pudiera compartirlo con otros sacerdotes o religiosos que con sus respuestas nos permitieran conseguir una muestra amplia para el estudio:



Manuel Fandos Igado
Área de Didáctica General, Práctica Docente y Organización de Centros. (Postgrados)

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Nuevo y trasnochado programa educativo del Gobierno


Educación: agenda oculta

Viñeta que hace referencia a la reforma educativa del Gobierno de Zapatero (2004) RICARDO
Voladura programada de la escuela concertada, eliminación de la asignatura de Religión Católica y creación de una nueva asignatura de Valores Cívicos. Tienen aquí el nuevo/trasnochado programa educativo del nuevo/trasnochado gobierno progresista. No son meras medidas cosméticas sino perenne ropaje ideológico al obstinado y patológico servicio de la violación de las libertades individuales.A la asignatura de Religión Católica no se le perdona que pueda constituir una alternativa al monopolio de los valores que la megalómana partitocracia pretende construir para alumbrar la utopía del perfecto ciudadano, obediente sólo a consignas parroquiales de partido.
A la escuela concertada no se le perdona que pueda poseer un ideario distinto al del Estado y que se financie con dinero público, obviando que este modelo de educación ahorra dinero al Estado, supone la opción educativa de un 25% de la población escolar y, para colmo, obtiene mejores resultados académicos que la onerosa oferta pública.
Programado el desahucio de los escollos anteriores y adocenadas las conciencias escolares tras décadas de facilismo académico y fomento de la esterilización intelectual, irrumpe la nueva asignatura de Valores Cívicos que, en la línea de Educación para la Ciudadanía de la ex ministra Cabrera y Valores Éticos del ex ministro Wert, pretende consolidar la cárcel verbal de la corrección política a través del monopolio semántico de conceptos clave para la construcción de juicios de valor y, por tanto, para la asimilación de nociones morales fundamentales que estructurarán una determinada visión del mundo.
La táctica de servidumbre mental a través de la escuela funciona en paralelo a la que desarrollan los medios de información (no de comunicación) con sus consumidores: sustituir la producción de información por la generación de opinión. Grandes titulares, más propios del mundo del cine y del espectáculo que de la prensa seria y solvente, orientan a una opinión pública a la que no se le ofrecen textos de calado intelectual sino breves octavillas promocionales de consumo rápido, sin estridencias introspectivas que puedan anular los programados automatismos plebiscitarios.
Su correlato en el aula es la sustitución de textos clásicos o técnicos de considerable dificultad por anodinos artículos de opinión, preferentemente periodísticos, dando pie a falsos debates y a simulacros de lección.
Este es el contexto de Valores Cívicos, donde los clichés de laboratorio sustituirán cualquier reflexión seria sobre nuestra democracia y sus falsos mecanismos de separación de poderes.
Fuente: http://www.elmundo.es/baleares/2018/07/23/5b559ece268e3ea12e8b4627.html

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Denuncia de la situación en Nicaragua y Camerún

Las Escuelas Pías convocan una semana de oración por la paz y la justicia en ambos países

Los escolapios denuncian la situación en Nicaragua y Camerún

Pedro Aguado: "La Iglesia está dando lo mejor de sí, no sin sufrimiento, para acompañar al pueblo al que sirve"
(Escuelas Pías).- Las escuelas Pías, a través de una carta, han convocado una semana de Oración por La Paz y la Justicia en Nicaragua y Camerún para los días 23-30 de julio.
El P. General, Pedro Aguado, reconoce en la convocatoria que en nuestro mundo hay muchas situaciones difíciles, marcadas por la violencia y la ausencia de justicia y libertad. "Todas ellas necesitan la oración de los seguidores del Príncipe de la Paz, de Aquél cuyo nacimiento fue saludado con el cántico de "Paz en la tierra a los hombres que Dios ama", y cuyo saludo en la Resurrección permanece para siempre en el seno de la comunidad cristiana: "Paz a vosotros", explica.
Sin embargo, en estos meses las situaciones de Nicaragua y Camerún son especialmente duras. En Camerún, los escolapios llevan más de dos años viviendo una situación muy difícil en la zona anglófona del país, que ha supuesto incluso el traslado del Juniorato. En Nicaragua resulta muy difícil llevar adelante cada día el ministerio educativo, por la situación que se vive, con tantos muertos y tanta tensión, que afecta a todos.

Las Escuelas Pías, en Camerún
En ambos países, "la Iglesia y los Escolapios están dado lo mejor de sí mismos -no sin sufrimiento- para acompañar al pueblo al que sirven", destaca Aguado. Por todo ello les convocamos a todos a una semana de oración por la PAZ y la JUSTICIA en Nicaragua y Camerún.
"Confiando en las palabras del Señor, que nos dice que "lo que pidáis al Padre en mi nombre, os lo concederá" (Jn 16, 23), les pedimos que, en su oración personal, en la oración comunitaria y en la celebración cotidiana de la Santa Misa tengan especialmente presentes a estos nuestros hermanos escolapios que viven y trabajan en condiciones de especial dificultad" explica el P. General.
400 años al servicio de la sociedad.
La Orden de los Padres Escolapios nace hace cuatro siglos bajo la inspiración de San José de Calasanz como respuesta a la necesidad de educación y formación de los niños pobres de Roma. Su obra, con la aprobación de la Iglesia se extendió por Europa en sus inicios.
A mediados del siglo XIX comienza su presencia en el continente americano y a mediados del XX en África y Asia. Hoy en día brinda educación a 125.000 estudiantes alrededor del mundo.




Los escolapios, en Nicaragua
 
 

lunes, 23 de julio de 2018

El blog del Profesorado de Religión en Facebook

José Antonio Fernández Martín
Blog sobre noticias, actualidad, materiales, recursos... sobre la enseñanza religiosa. Únete al grupo o a la página para estar al corriente de todas las novedades. Prácticamente, se publica a diario. Seguro que no te arrepientes... Y si no, siempre puedes compartirla con tus contactos o darle a "me gusta"...
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Que no se haga mi voluntad sino la tuya

Que no se haga mi voluntad sino la tuya. Lc 22, 42


Película: “La vida pública de Jesús” Jesús fue asumiendo a lo largo de su vida la misión que Dios Padre le había confiado. A esta misión se entregó hasta la muerte, cuando intuyó que iba a morir, en un momento de oración en el huerto de los Olivos, Jesús manifestó su entrega: “Que no se haga mi voluntad sino la tuya”. Así entendió Jesús su vocación y misión: hacer la voluntad del Padre y entregarse al anuncio y la predicación del amor que Dios siente hacia todas las personas, de todos los lugares y tiempos.

Fuente: religión y cine

sábado, 21 de julio de 2018

Religiones: el Hinduismo

El contenido bíblico, litúrgico, moral o valores cristianos elegido es: La plenitud del ser humano está en la relación con Dios de Bloque número 1.
URL o bibliografía: https://mediateca.educa.madrid.org/video/n4k3uk6pn7hlbs9d
Edad o nivel: 6° EP
Elementos curriculares: Contenidos / Criterios de evaluación / Estándares de aprendizaje
Contenidos
Criterios de evaluación
Estándares de aprendizaje
Bloque 1
La plenitud del ser humano está en la relación con Diós
3. Interpretar signos, en las distintas culturas, que evidencian que la plenitud humana se alcanza en la relación con Dios.
4. Reconocer que la relación con Dios hace a la persona más humana.
3.1. Descubre y explica por qué los enterramientos, pinturas, ritos y costumbres son signos de la relación del hombre con la Divinidad.
4.1. Investiga y recoge acontecimientos de la historia donde se aprecia que el hecho religioso ha sido el motor de cambios para potenciar los derechos humanos, la convivencia, el progreso y la paz.

ACTIVIDAD PROPUESTA Elaboración de un vídeo explicativo de una religión del mundo
1° Se explicará el tema de las religiones en el mundo. Como trabajo final se propondrá la realización de un vídeo.
2º Se visualizará en el proyector del aula el vídeo propuesto en el URL arriba indicado.
3º En grupos tendrán que elaborar un vídeo resumen de una religión similar al del ejemplo visualizado: judaísmo, islam, budismo, hinduismo o cristianismo.
4° Para ello tendrán que buscar en Internet información acerca de las religiones y elaborar un esquema o un mapa conceptual con:
-          Origen o fundador
-          Libros sagrados
-          Creencias
-          Lugares de reunión y culto
-          Ritos y enterramientos
-          Fiestas
-          Elementos diferenciadores de otras religiones
-          Curiosidades
5° Cada grupo elaborará el guión del video y lo grabará. Pueden utilizar imágenes reales o apoyarse en una plantilla de Power Point u otro programa.
6° Se proyectarán todos los vídeos en el aula y se elaborará un cartel entre todos en el que se incluirán las coincidencias entre las diferentes religiones.

JUSTIFICACIÓN 
Este tema se aborda en el 6° curso de educación primaria tal y como recoge el Currículum de Religión. Esta actividad, además de utilizar un método en el cual el alumno tiene un papel muy activo y resulta muy motivador por el uso de las TIC, permite descubrir y reforzar los contenidos que se han explicado a lo largo del tema. A través de la búsqueda de información en Internet y ayudados por el esquema que facilita el profesor, el cual sirve de guía, se va dando respuesta a ambos criterios y estándares de aprendizaje. La valoración de los mismos se llevará a cabo a través observación de la participación activa y responsable en el grupo, el resultado final del video (teniendo principalmente en cuenta la síntesis de ideas y la relevancia de la información de acuerdo con el esquema, sobre la ejecución técnica del vídeo), y las aportaciones realizadas en la elaboración del esquema final.
Autor: José Enrique Fernández Rozada

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