Blog del Profesorado de Religión Católica: Comunicación procesos de incapacidad temporal para profesores de Religión

miércoles, 12 de abril de 2023

Comunicación procesos de incapacidad temporal para profesores de Religión

Con fecha de 1 de abril de 2023 ha entrado en vigor el Real Decreto 1060/2022, de 27 de diciembre, (BOE del 5 de enero) por el que se modifica el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados procesos de incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días, en el que se establece que será el servicio público de salud el que remita al Instituto Nacional de la Seguridad Social, por vía telemática, los datos contenidos en los  partes médicos que extiendan los facultativos; no obstante; se recuerda que los trabajadores mantienen la obligación de comunicar la ausencia al centro escolar derivado de un procesos de incapacidad temporal, por lo que, a fin de que los profesores de religión conozcan qué deben hacer en estos casos, se adjunta un documento en el que se detalla cómo proceder, así como la información que deben enviar por correo electrónico a  laboral.it@educacion.gob.es , el primer día hábil a  la fecha de baja y/o alta médica.

 

Un saludo

Subdirección General de Personal

Ministerio de Educación y Formación Profesional

Correo-e laboral.it@educacion.gob.es

 

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