Blog del Profesorado de Religión Católica: Una lectura de la legislación vigente, para estar informados y saber informar

viernes, 29 de octubre de 2021

Una lectura de la legislación vigente, para estar informados y saber informar

El 28 de octubre, APPRECE se reunió con la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial (el ministerio).

El trabajo ha consistido en:

1.Enviar el comentario-resumen de APPRECE a todos nuestros contactos en España.
2.Enviarlo a todos los altos cargos del Ministerio.
3.Enviarlo a la Comisión Episcopal para la Educación y Cultura.
4.Enviarlo en Andalucía a la Viceconsejera de Educación.
5.Enviarlo en Andalucía a la Dirección General de RR.HH.
6.Enviarlo en Andalucía a los Portavoces de Educación del PP y de Cs en el Parlamento Andaluz.
7.Enviarlo en Andalucía a sindicatos.

Porque es URGENTISIMO un DISCURSO contrario a la afirmación que se está haciendo y que es contrario a la legislación:
- Que la Religión no tendrá asignatura espejo (alternativa) cuando la Disposición Adicional Segunda, incluye la ALTERNATIVA: Cultura de las Religiones.
- Que la Religión NO será evaluable, cuando el borrador del Real Decreto, de Primaria y de Secundaria, dice que será evaluada como todas las demás asignaturas y con los mismos efectos.
- Y que volvemos a la Debida Atención Educativa del "juego del parchís de Marchesis", cuando el borrador del Real Decreto de Primaria y Secundaria obliga a una programación y a la elaboración de un Currículo, que en la Reforma Educativa, tiene un nombre: OPTATIVA, ya que en esta reforma se distingue claramente entre asignaturas OPCIONALES y asignaturas OPTATIVAS, que pueden ofertar los Centros.

Además, en cumplimiento de los Acuerdos Iglesia-Estado, la elección de la OPCIÓN de la Religión Católica se tiene que hacer para cada ETAPA EDUCATIVA, aunque se pueda cambiar, al ser voluntaria y libre, al comienzo de curso.

Y, finalmente, si la OPCION de la Religión Confesional, tiene un Currículo competencial, necesariamente tiene que ser evaluado, calificado y formar parte de Expediente Académico, igual que el Currículo de Cultura de las Religiones y el Currículo de la OPTATIVA "debida atención educativa".

Con lo que, el último párrafo de la Disposición Adicional Primera sobre las enseñanzas de Religión de los borradores de los Reales Decretos de Primaria y Secundaria, se referirán solo a aquellos Expedientes Académicos, en los que algún alumno/a haya quedado exento de cursarla.

UNA LECTURA DE LA LEGISLACIÓN VIGENTE, EN LA QUE NADIE PUEDE APOYARSE PARA DEFENDER LO CONTRARIO. Y QUE ES UNA LLAMADA A TODOS, PARA ESTAR INFORMADOS Y SABER INFORMAR

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