Blog del Profesorado de Religión Católica: EL DÍA 23 DE MARZO DE 2011, A LAS 11.30, EN SEVILLA, ESTAMOS CITADOS ANTE LA COMISIÓN DE CONCILIACIÓN-MEDIACIÓN PARA CREAR LA MESA DE NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO

domingo, 6 de marzo de 2011

EL DÍA 23 DE MARZO DE 2011, A LAS 11.30, EN SEVILLA, ESTAMOS CITADOS ANTE LA COMISIÓN DE CONCILIACIÓN-MEDIACIÓN PARA CREAR LA MESA DE NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO

Publicado el 6 de Marzo de 2011 en Acción Sindical
Noticia de todas las diócesis.
EL DÍA 23 DE MARZO DE 2011 ESTAMOS CITADOS EN EL S.E.R.C.L.A. PARA CREAR LA COMISIÓN DE NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO DEL PROFESORADO DE RELIGIÓN DE ANDALUCÍA
1. D. Francisco Javier Millán de Cózar, Jefe de Servicio del SERCLA (Sistema Extrajudicial de Resolución de Conflictos Laborales de Andalucía) en nombre de la Presidencia de dicha órgano, en el conflicto colectivo promovido por Juan Carlos Hidalgo Ruiz, en calidad de Secretaio General de la Federación de Trabajadores de la Enseñanza de UGT-A, frente a Consejería de Hacienda y Administración Pública, Consejería de Educación, ANPE, APPRECE, APRESA, CGT, CSIF, CC.OO-A, SADI, USO y USTEA,
Con número de expediente: 41/2011/39
Cita ante la Comisión de Conciliación.Mediación, el día 23 de marzo de 2011, a las 11.30 horas, en Sevilla, Avda. de la República Argentina, 25, 1ª planta, en calidad de parte frente a la que se promueve el conflicto.
Asimismo, le hago saber que deberá acudir provisto del DNI y de la documentación acreditativa de la representación con la que actúe.
                      En Sevilla a 24 de febrero de 2011
2. Esta es la notificación que con acuse de recibo hemos recogido hoy, día 5 de marzo, en Correos, a la que se acompaña la solicitud del Secretario General de FETE-UGT, Juan Carlos Hidalgo Ruiz, en la que viene a INICIAR PROCEDIMIENTO DE CONCILIACIÓN.MEDIACIÓN, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 15 y siguientes del Reglamento del SERCLA.
3. El presente conflicto afecta a los/as profesores/as de religión que prestan sus servicios para la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, y que ascienden a un total de 800 trabajadores.
El ámbito del conflicto es el de la Comunidad Autónoma.
Debe considerarse como empleadora a la Consejería de Hacienda y Administración Pública, así como a la Consejería de Educación, y como centros de trabajo a las Delegaciones Provinciales de Educación en cada provincia andaluza.
4. Objeto del conflicto:
En calidad de organización sindical con la condición de más representativa, FETE-UGT Andalucía el 20 de enero de 2010, remitió escrito a la Consejería de Educación y a la Consejería de Hacienda y Administración Pública, con el que se solicitaba el inicio de un proceso negociador del convenio colectivo que regule las condiciones laborales de los profesores de religión que prestan sus servicios en los centros docentes dependientes de la Consejería de Educación, de conformidad con lo establecido en el art. 87 del Estatuto de los Trabajadores.
Hasta la fecha no se ha constituido la mesa de negociación.
De dicho escrito se remitió copia, a efecto de registro, a la Autoridad Laboral.
5. El art. 89 del Estatuto de los Trabajadores dispone que la parte que promueva la negociación deberá comunicarlo por escrito a la otra parte, no pudiéndose negar esta a la negociación salvo por causa legal o convencionalmente establecida, o cuando se trate de revisar un convenio vencido. En estos supuestos la negativa al inicio de la negociación deberá efectuarse por escrito de forma motivada. Hasta la fecha no se ha recibido contestación alguna por parte de la Administración, en su condición de empleadora.
Por todo lo expuesto,
SOLICITO AL PRESENTE ORGANISMO iniciar procedimiento de mediación-conciliación, convocando a las partes frente a las que se inicia el mismo, con el objeto de poder constituir la mesa de negociación de un convenio colectivo de los profesores de religión que prestan sus servicios para la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía.
6. APPRECE felicita nuevamente a FETE-UGT por esta iniciativa que tomó hace más de un año, a pesar de que el Estatuto de los Trabajadores da a la Empresa un plazo de 30 días para que responda a la solicitud que presentó FETE-UGT el dia 20 de enero de 2010.
7. FETE-UGT ha tenido más de un año para haber presentado en el SERCLA la solicitud de Conciliación-Mediación y que hizo el día 17 de febrero de 2011.
Esta tardanza "empaña" la iniciativa de FEPE-UGT, a la que, desde que tuvimos conocimiento de ella, APPRECE se adhirió totalmente, hasta tal punto que la Junta Directiva de APPRECE-A decidió esperar, renunciando a la solicitud que tenía previsto presentar en el SERCLA, como continuación del Conflicto Colectivo que interpuso primero ante el SERCLA por el incumplimiento por parte de la Consejería de Educación de los artículos 12 y 41 del Estatuto de los Trabajadores y luego ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y que, en estos momentos, ya está en el Tribunal Supremo, pendiente de Sentencia.
8. CC.OO.-Andalucía, un poco más tarde que FETE-UGT, presentó idéntica iniciativa. ¿Por qué la Consejería de Educación no ha respondido todavía a ninguna de las dos iniciativas de los dos sindicatos -FETE-UGT y CC.OO.- cuando el Estatuto de los Trabajadores le obliga a dar una respuesta por escrito y motivada, en el plazo de 30 días?...¿Lo sabremos el día 23 de marzo o la Consejería de Educación nos dará el plantón, como hizo con APPRECE y luego con CSIF, cuando se le ocurrió "repetir" la misma demanda que APPRECE y cuyo resultado era previsible de acabar en la desestimación por el TSJA, ya que había pendiente una igual en el Tribual Supremo, que es la de APPRECE?.
Si no se presentara la Consejería de Educación el día 23 de marzo al acto de concliación, ¿están dispuestos los sindicatos citados a dicho acto a acudir al TSJA?...¡Buena pregunta¡. La respuesta la vamos a saber el mismo día 23.
9. La solicitud de FETE-UGT al SERCLA, cuyo acto de concliación se va a celebrar el próximo dia 23 de marzo, agota la vía extrajudicial y el paso siguiente es ya la presentación de una demanda de Conflicto Colectivo ante el TSJA. En este sentido el paso que ha dado FETE-UGT tiene una gran importancia.
10. Frente a las posiciones clarificadoras de los sindicatos FTE-UGT, CC.OO., CGT, USTEA, APPRECE, que de acuerdo con la Ley Laboral defendemos un Convenio Colectivo propio para el Profesorado de Religión, nos encontramos con las políticas que, hasta ahora, han venido defendiendo otros sindicatos y que tanto daño han hecho al colectivo, aunque solo sea por el tiempo perdido, que son ya demasiados años.
11. SADI pasa del profesorado de religión, ANPE, hasta ahora ha estado con la mesa sectorial de los funcionarios y con el convenio único de conserjes, limpiadoras y administrativos, aunque en el juicio del pasado día 10, en el Social 4 de Sevilla, defendió un convenio colectivo propio para el profesorado de religión. USO se va a asomar por primera vez a debates del profesorado de religión de secundaria y los que se refieren a primaria, ya vimos que el pasado día 10 de febrero, a pesar de haber convocado elecciones en primaria para la elección de un Comité de Empresa del profesorado de Religión, en el Juzgado de lo Social nº 4 de Sevilla defendió el Convenio único, defensa a la que se unió CSIF, que es el sindicato que, hasta ahora, ha defendido elecciones conjuntas de todos los laborales y el convenio único para todos, y, en una esquizofrenia inexplicable, al mismo tiempo, la negociación en la mesa sectorial de funcionarios de un acuerdo laboral, que es lo propio de los funcionarios y no ha defendido un convenio colectivo, que es lo propio del personal laboral.
12. Este "cacao mental" sindical de algunos sindicatos, en particular, es el que ha hecho que perdamos otros cuatro años la posibilidad de negociar el I Convenio Colectivo del Profesorado de Religión de Andalucía, porque somos personal laboral docente, con derecho a elegir, mediante elecciones sindicales propias, nuestros órganos de representación y de negociación, que son los Comités de Empresa del Profesorado de Religión y que tienen derecho a negociar la regulación de sus condiciones  laborales en un Convenio Colectivo propio.
EL DÍA 23 DE MARZO DE 2011 EL COLECTIVO TIENE UNA OCASIÓN DE ORO.
El colectivo puede estar seguro de que APPRECE no lo va a defraudar.
Andalucía, 5 de marzo de 2011

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