Blog del Profesorado de Religión Católica: EL TRIBUNAL SUPREMO HA FALLADO EN CONTRA DEL RECONOCIMIENTO DE LOS AÑOS ANTERIORES AL 1.11999 PARA EL COBRO DE TRIENIOS

miércoles, 2 de febrero de 2011

EL TRIBUNAL SUPREMO HA FALLADO EN CONTRA DEL RECONOCIMIENTO DE LOS AÑOS ANTERIORES AL 1.11999 PARA EL COBRO DE TRIENIOS


1. Hoy, día 2 de febrero de 2011, nos han informado que el Tribunal Supremo ha fallado contra el derecho al cobro de trienios de los años anteriores al 1.1.1999.
2. Este es el dato escueto. Cuando nos envien la Sentencia del Tribunal Supremo, os informaremos inmediatamente y os explicaremos las razones por las que el Tribunal Supremo ha desestimado el Recurso de Casación puesto por Letrados que tuvieron un fallo desestimatorio en el Juzgado de lo Social (1ª instancia). Esta Sentencia fue recurrida en Suplicación ante el Tribunal Superior correspondiente (2ª instancia) y el Recurso también fue desestimado. Interpusieron un Recurso de Casación ante el Tribunal Supremo y este también ha desestimado la demanda, fallando en contra del reconocimiento de esos años a efectos del cobro de trienios.
3. ¿Por qué en APPRECE no hemos querido llevar a la Vía Judicial este tema, cuando hemos puesto más demandas que nadie?. Aquí está la explicación, en esta Sentencia del Tribunal Supremo, que nos la temíamos en cualquier momento, como así ha ocurrido.
4. Otros sindicatos, para ganar adeptos, se lanzaron demasiado alegremente a poner demandas por un tubo para el cobro de los trienios anteriores al 1.1.1999...Y hasta es posible que, excepcionalmente porque no había una Sentencia del Tribunal Supremo, algunas de las primeras demandas hasta se hayan hecho firmes y hayan cobrado unas cantidades...pero, más tarde o más temprano, el Tribunal Supremo podía poner el freno. Y ya ha llegado la hora y con esta Sentencia queda cerrada la puerta a la Via Judicial.
5. Algunos, como decimos, hasta es posible que hayan cobrado unas cantidades, pero ¿han visto reconocidos esos años anteriores al 1.1.1999 como servicios previos prestados a las Administraciones Públicas?...Este es un asunto que sigue pendiente.
6. APPRECE va a seguir haciendo uso del marco legal cuyo Plan presentamos al Ministerio de Educación el 22 de marzo del año 2010 y cuya efectividad todos hemos conocido, ya que el Ministerio, a los que han enviado la documentación correctamente:
a) Modelo de Solicitud que entregó APPRECE con una parte ya rellena con datos técnicos.
b) Certificación de los Directores de los centros en los que se trabajó en los años anteriores al 1.1.1999, hasta el 31 de diciembre de 1998,  con el Vº Bº de los Servicios de Inspección, han recibido ya o van a recibir en los próximos meses la CERTIFICACIÓN DEL MINISTERIO EN LA QUE SE LE RECONOCEN SUS SERVICIOS PRESTADOS HASTA EL DÍA 31.12.1998, A EFECTOS DE ANTIGÜEDAD y, con posterioridad, tendrá efectos en el cobro de los trienios, una vez que su expediente personal haya pasado por todas las Unidades Administrativas que intervienen en estos temas y el Ministerio dicte la Resolución Administrativa correspondiente en la que se le reconocen los trienios, como exige la Ley.
7. El problema del Vº Bº de los Servicios de Inspección a las certificaciones de los Directores en Andalucía es el único impedimento que están poniendo los Servicios de Inspección, a la espera de recibir órdenes de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía. En APPRECE estamos trabajando para resolver lo que se ha convertido en un impedimento, pero también por el uso y  la aplicación de la normativa administrativa, sin que tengamos necesidad de acudir a la via judicial.
Os seguiremos informando de esta "desagradable noticia" que en APPRECE pensábamos que iba a llegar más temprano que tarde. Y LLEGÓ. A algunos sindicatos esta Sentencia les va a sentar como un jarro de agua fria en enero...¿Cómo van a explicar lo que han hecho?...
Gracias a la prudencia de APPRECE y a que lo ÚNICO que nos preocupa en APPRECE es resolverle los problemas al Profesorado de Religión de la mejor manera posible, no hay en los Tribunales de Justicia ninguna demanda interpuesta por APPRECE sobre este tema de los trienios del Profesorado de Infantil y Primaria de Andalucía, porque, por principios, nos negamos a llevar este tema a la via judicial.
Quienes tomaron el camino de la Via Judicial ya saben lo que les espera, al final, en el Tribunal Supremo y los que todavía no hayan celebrado juicio en los Juzgados, con la Sentencia del Tribunal Supremo, ya deben  saber el fallo en la 1ª instancia: NO TIENEN DERECHO a esos TRIENIOS.
¿A quiénes exigimos AHORA responsabilidades por el daño que puedan causar al colectivo?...
Y al COLECTIVO una llamada de atención: NO TODO VALE ni TODOS VALEN. Unos euros no pueden cerrar los ojos a nadie, porque, al final, las torpezas se pagan. Ya sabemos a quienes la Justicia les va a denegar el DERECHO. ¿Y ahora qué?...
                           Andalucia, 2 de febrero de 2011
            

Más información en: http://www.apprece-a.es/
- APPRECE Andalucía

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