Blog del Profesorado de Religión Católica: Noticias 05-01-10

martes, 5 de enero de 2010

Noticias 05-01-10

La Junta de Andalucía facilita aún más a los sindicatos las subvenciones por gastos corrientes 
El penúltimo día del año el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía ofrecía una modificación en el marco normativo de las subvenciones sindicales "por gastos corrientes" por las cuales se reduce a la mitad el tiempo entre petición y concesión, se anula la necesidad de presentar el DNI y pasan a considerarse tales subvenciones de "interés social" por cuanto ya no será necesaria la comparación de las peticiones ni la prelación entre ellas según se ajusten a los objetivos fijados. Es decir, la Junta de Andalucía acomete una nueva etapa de "facilitación" de los ingresos sindicales por la vía de subvenciones. Por este concepto, de gastos corrientes, UGT y CC.OO de Andalucía reciben al año más de 300.000 euros.

En concreto en 2008, el reparto fue el siguiente:

Organización beneficiaria: CC.OO.
Importe solicitado: 285.507,20 €.
Importe total: 285.507,20 €.

Organización beneficiaria: UGT Andalucía.
Importe solicitado: 210.306,96 €.
Importe total: 210.306,96 €.
2008: 157.730,22 €.

Organización beneficiaria: CC.OO.
Importe solicitado: 49.795,90 €.
Importe total: 49.795,90 €.

Organización beneficiaria: UGT Andalucía.
Importe solicitado: 49.055,80 €.
Importe total: 49.055,80 €.

Tales subvenciones se refieren a los "gastos corrientes" de las organizaciones sindicales, no a sus actividades formativas y sociales. La anterior normativa de 2007 distinguía ya entre "Modalidad 1 (OSAF): Subvenciones a Organizaciones Sindicales para organización de acciones formativas y Modalidad 2 (OSGC): Subvenciones a Organizaciones Sindicales para la financiación de sus gastos corrientes."

Entre las actividades subvencionables están las siguientes:


a) Arrendamiento de sedes.
b) Reparaciones, mantenimiento y conservación de instalaciones sindicales y equipos de oficina.
c) Material de oficina y suministros.
d) Comunicaciones, publicidad y propaganda.
e) Transportes.
f) Reuniones y conferencias.
g) Gastos jurídicos.
h) Servicios prestados por personas ajenas a la Organización Sindical.
i) Gastos de manutención, estancia y desplazamiento originadospor la actividad sindical.

Dicho de otro modo, desde el papel higiénico y los arreglos de fontanería hasta las dietas de los sindicalistas y los gastos jurídicos en los que, por cierto, existe una curiosa contradicción por cuanto en la  normativa vigente hasta ahora se decía que no eran subvencionables y lo dice de este modo:

" Los gastos financieros, los gastos de asesoría jurídica o financiera, los gastos notariales y registrales y los gastos periciales para la realización del proyecto subvencionado y los de administración específicos son subvencionables si están directamente relacionados con la actividad subvencionada y son indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la misma. En ningún caso serán gastos subvencionables:

a) Los gastos de garantía bancaria.
b) Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
c) Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
d) Los gastos de procedimientos judiciales.


  Tales subvenciones son compatibles con con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. Eso sí, el importe de las subvenciones no podrá ser en ningún caso superior al coste mismo de la actividad subvencionada. Ya estaría bien que fuera de otro modo.

No exigen publicidad las subvenciones inferiores a 3.000 euros ni las concedidas por Ayuntamientos de menos de 50.000 habitantes, por lo que la oscuridad y falta de transparencia son crecientes.

Vía: http://www.porandalucialibre.es/actualidad/andalucia%3a_tema_del_dia/la_junta_de_andalucia_facilita_aun_mas_a_los_sindicatos_las_subvenciones_por_gastos_corrientes.html  


SENTENCIA DEL TSJ SOBRE EL BELEN‏
INTERESANTE E IMPORTANTE SENTENCIA

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha dictado una sentencia en la que establece que colocar un belén en un instituto de esa ciudad no vulneró ningún derecho, por lo que defiende su instalación.

Los hechos se remontan a diciembre de 2008, cuando un profesor del centro murciano interpuso un recurso contencioso administrativo contra la Consejería de Educación pidiendo la retirada de un belén expuesto en el vestíbulo del instituto. El demandante alegó que la colocación de dicho belén “vulnera el derecho a la igualdad y el derecho a la libertad religiosa”. Solicitó a la Consejería que lo retirara, “no imponiendo a los usuarios del servicio público educativo ninguna simbología religiosa en los espacios académicos y a no decantarse ni favorecer, ni hacer proselitismo de ninguna confesión religiosa”, y alegó, además, que el belén reducía el vestíbulo al ocasionar “un cuello de botella”, aumentando los riesgos y los daños que podrían generarse en caso de una emergencia o evacuación.

La Consejería de Educación se opuso al recurso alegando que la instalación del belén y la actividad para decorar el centro “son programadas por los órganos competentes del centro que cuentan con cobertura legal” y consideró que la ubicación de dicho belén no originaba peligro alguno, basándose en un informe del técnico de prevención de riesgos laborales.

El Tribunal Superior de Justicia de Murcia estima que la instalación del belén no viola los derechos fundamentales alegados por el demandante y observa que “no vivimos en un Estado laico, sino aconfesional. Por lo tanto, la neutralidad del Estado y de las administraciones no debe llegar al extremo de limitar o restringir las libertades o derechos de los ciudadanos, ya que podría darse en ese caso una discriminación negativa”.

Por su parte, el fiscal objeta: “Otra cosa sería que el Estado o la Administración hubieran permitido la realización de determinadas actividades o manifestaciones religiosas a una confesión y a su vez hubiera prohibido las mismas u otras análogas a otras”.

El tribunal considera garantizada “la libertad ideológica, religiosa y de culto” ya que el centro no prohíbe otras manifestaciones de índole religiosa distinta de la católica y, además, las actividades son voluntarias.”

Suponemos que cuando llegue la ley de libertad religiosa del gobierno socialista recogerán toda esta sentencia, y otras similares, en caso contrario se retratan ellos mismos: el odio a la Religión Católica es palpable, demostrable y se deseará legalizar.


Santiago Vela


Batalla contra el fracaso escolar

Beatriz Toribio
Una de las incógnitas de cara a 2010 será si los partido políticos se pondrán por fin de acuerdo en el Pacto para la Educación, que tenía que haberse hecho realidad el año pasado y con el que se pretende hacer frente al elevado fracaso escolar. El Gobierno ya ha presentado un primer texto a las Comunidades Autónomas en el que no aparecen las grandes polémicas que han centrado el debate sobre la Educación en los últimos años: la asignatura de Educación para la Ciudadanía ni la alternativa a la Religión. Por ahora, podría haber un principio de acuerdo con el PP. A finales de este mes el ministro Ángel Gabilondo y los consejeros volverán a verse las caras para avanzar en el proyecto. Impulsar la Formación Profesional y cerrar la cuestión económica podrían ser los puntos en los que habría mayores acercamientos. El resto se irá viendo poco a poco.
Vía: http://fotos.lainformacion.com/espana/batalla-contra-el-fracaso-escolar_pKbtvYcyJQLYZh6fkibkg6/


¿Felices navidades? ¡Felices vacaciones!

CADA vez hay más gente a la que le cuesta saludar con el tradicional ¡Felices navidades! Hay tendencia a replegarse, a esconder el sentido religioso de estas fiestas o dejarlo para la intimidad personal. Proliferan, por el contrario, los que rechazan cualquier símbolo religioso, incluso los más tradicionales, como el belén, porque no quieren "molestar a nadie". El laicismo implica la autonomía respecto de cualquier religión. En consecuencia, algunos proponen cambiar el nombre de estas fiestas y renombrar el calendario, sustituyendo las denominaciones cristianas por otras. Cobra fuerza la tendencia a una religión de sacristía, que no se hace presente en la vida pública. Las vacaciones de fin de año serían un buen sustituto, como el de fiestas de primavera para la semana santa, y así seguiríamos renombrando nuestras viejas celebraciones.

Desgraciadamente, buena parte de la izquierda española es bastante inculta en lo que concierne a lo religioso. Para muchos, ser progre significa atacar a la religión, y más concretamente al cristianismo, porque muchos respetan los signos del islam y del judaísmo, mientras que cargan contra los cristianos. Somos un país que ha comenzado su ida hacia la laicidad cuando otros están ya de vuelta. En la laicista Francia abundan estos días felicitaciones, invitaciones y eventos organizados por instituciones políticas y culturales oficiales, en las que están bien presentes los signos religiosos. Lo mismo ocurre en otros países secularizados europeos. Asumen las viejas tradiciones heredadas de sus mayores, sin que el simbolismo cristiano sea un obstáculo para los que ya no lo son.

A casi nadie se le ocurre, por el contrario, eliminar su patrimonio cultural e histórico. Mucho menos pensar que los que vienen de fuera se van a sentir molestos porque las tradiciones sean religiosas, como ocurre en sus países de origen. Ningún europeo se siente molesto por las fiestas musulmanas o judías en sus respectivos países, pero parece que lo que es válido para los demás no lo es para nosotros. Hay progres que nunca se preguntan si lo que espanta a inmigrantes y turistas no cristianos no es la religiosidad de la cultura que les acoge, sino la frivolidad con la que tratan lo religioso y la carencia de valores humanos que vislumbran en el pretendido modelo del laicismo excluyente.

Y es que la religión marca la cultura popular y los signos religiosos son también culturales, parte de nuestro patrimonio histórico, tradiciones, fiestas y valores compartidos. El código cultural es, inevitablemente, cristiano y no puede ser de otra forma en países marcados por una religión milenaria en Occidente. Se puede no creer en Dios y, sin embargo, asumir el código de sentido que una religión ha originado, como por ejemplo, la dignidad de la persona y los derechos humanos.

El mensaje de la Navidad es el del "En-Manuel", el Dios con nosotros, que marca a los cristianos. Y muchos que no lo son los respetan e incluso se identifican con sus aspiraciones a un mundo más justo y solidario, a la paz para los hombres de buena voluntad y a la esperanza de los pobres, cristalizada en un Dios humano, que propone la fraternidad humana como único camino para llegar a Él. Este es el mensaje milenario que ha marcado a Europa, el que hay que comunicar a todas las generaciones, también a los hijos de los que no creen y se interrogan sobre esos símbolos. Forman parte de la historia de cada familia, constituyen las señas de identidad de una gran parte de la población y han sido esenciales para la manera de entender a la persona y el sentido de la vida humana en Occidente.

Ignorar esto, esconderlo o rechazarlo no es "ser laico", sino anticristiano. Detrás del laicismo hay una gran variedad de posturas, desde los anticlericales que luchan contra privilegios y derechos abusivos de las iglesias a los que buscan una sociedad donde puedan convivir todas las religiones y credos. Una sociedad laica no es enemiga de las religiones, porque los valores humanos de la cultura están emparentados con ellas. La mejor sociedad es aquella en la que pueden convivir cristianos y los que no lo son, ateos y de otras religiones. Pero esta convivencia no se logra ignorando la historia, luchando contra milenarias tradiciones y molestándose cada vez que una persona creyente expresa su fe, individual o colectivamente.

No comprender esto es lo que diferencia a parte del laicismo español del de los otros países europeos de nuestro entorno.
Vía: http://www.diariodesevilla.es/article/opinion/597732/felices/navidades/felices/vacaciones.html

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